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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2022 (20/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de julio de 2022 El Peruano / presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, deben ser devueltos al Tesoro Público una vez culminada la ejecución objeto del convenio, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2088058-3 Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Unidad Ejecutora 149. Programa de Inversión “Creación de Redes Integradas de Salud” - PCRIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 530-2022/MINSA Lima, 19 de julio del 2022VISTO, el Expediente Nº 22-046473-001, que contiene el Ofi cio Nº 241-2022-MINSA/PCRIS-CG, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, establece que la citada Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3 y 5 del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de entregar la información solicitada, así como identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet; Que, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 070-2013- PCM, establece que es obligación de la máxima autoridad de la entidad designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, el segundo párrafo del artículo 4 del citado Reglamento, establece que la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el literal a) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, y sus modi fi catorias, establece que, es función de la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción, administrar y mantener actualizado el Portal de Transparencia en el Ministerio de Salud; así como supervisar a los órganos desconcentrados del Ministerio de Salud en el marco de sus competencias; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 1177-2021/MlNSA, se dispone formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 149. Programa de Inversión “Creación de Redes Integradas de Salud” en el Pliego 011-Ministerio de Salud; Que, a través del O fi cio Nº 532-2022-OTRANS-SG/ MINSA, la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción solicita al Coordinador General de la Unidad Ejecutora 149. Programa de Inversión “Creación de Redes Integradas de Salud” - PCRIS, gestionar el acto resolutivo que lo acredite como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la citada unidad ejecutora;Que, en atención a lo expuesto, así como lo indicado en el documento de visto, resulta pertinente designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Unidad Ejecutora 149. Programa de Inversión “Creación de Redes Integradas de Salud”– PCRIS; Con el visado del Director Ejecutivo de la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Designar al Coordinador/a General de la Unidad Ejecutora 149. Programa de Inversión “Creación de Redes Integradas de Salud” - PCRIS, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la citada unidad ejecutora. Artículo 2 .- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de transparencia del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2088058-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa FIBERMAX TELECOM S.A.C. Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 605-2022-MTC/01.03 Lima, 14 de julio de 2022VISTO, el escrito de registro Nº T- 157520-2022, mediante el cual la empresa FIBERMAX TELECOM S.A.C. solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el Servicio Público de Telefonía Fija, en la modalidad de abonados, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modi fi cado por la Ley Nº 28737, publicada el 18 de mayo de 2006, de fi ne la concesión como “al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios