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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2022 (20/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de julio de 2022 El Peruano / COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Designan Asesor 2 de la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 108-2022-PROMPERU/PE Lima, 19 de julio del 2022VISTOS: El Informe N° 312-2022-PROMPERU/GG- ORH de la O fi cina de Recursos Humanos y el Informe N° 384-2022-PROMPERU/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, establece como una de las atribuciones del Presidente Ejecutivo, la de designar y remover a los funcionarios de con fi anza; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de PROMPERÚ, aprobado por Resolución Ministerial N° 107-2020-MINCETUR y reordenamientos, el cargo de Asesor 2 de Presidencia Ejecutiva PROMPERÚ es un cargo de con fi anza; Que, encontrándose vacante el cargo antes mencionado, es pertinente designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el literal h) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE y la Resolución Ministerial Nº 049-2021-MINCETUR; Con el visto bueno de la Gerencia General, la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha al señor Mario Eduardo Ocharan Casabona en el cargo de confi anza de Asesor 2 de la Presidencia Ejecutiva. Regístrese, comuníquese y publíquese. AMORA DIANA MARIA AUSCARIA CARBAJAL SCHUMACHER Presidente Ejecutivo 2088050-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a entidades públicas y otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 084-2022-CONCYTEC-P Lima, 18 de julio de 2022VISTOS: El O fi cio Nº 197-2022-PROCIENCIA-DE, el Informe Técnico - Legal Nº 011-2022-PROCIENCIA- UGG-UPP-UAL y Proveído Nº 078-2022-PROCIENCIA-DE del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, el I nforme Nº D000004-2022-CONCYTEC-OGPP-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgada mediante Proveído Nº D000046-2022-CONCYTEC-OGPP, respectivamente; y, el Informe Nº D0006-2022-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído Nº D000043-2022-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, y por medio de la Resolución de Presidencia Nº 058-2021-CONCYTEC-P, de fecha 9 de junio de 2021, se aprueba el Manual de Operaciones – MOP del Programa PROCIENCIA, el mismo que establece su estructura; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 088-2021- CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2021-CONCYTEC-P denominada “Directiva que regula el proceso de aprobación de Transferencias Financieras y Otorgamiento de Subvenciones en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC”, en adelante, la Directiva; Que, los numerales 6.1.1 y 6.1.2 de la Directiva establecen que la Unidad de Gestión de Concursos, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA son responsables, cada una en el ámbito de su competencia, de la información que se consigne en el ITL, así como veri fi car que los convenios, contratos y adendas a mérito de los cuales se van a realizar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, se encuentren debidamente suscritos. Asimismo, elaboran y suscriben el Informe Técnico Legal (ITL), en el que se sustenta la necesidad de aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, utilizando para ello el Formato del Anexo Nº 01 e incluyen la copia de los Certi fi cados de Crédito Presupuestario; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC evalúa la solicitud en materia presupuestal y procede a emitir opinión técnica y de ser favorable remite el expediente a la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, conforme al Numeral 6.2.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, procede a elaborar el proyecto de resolución de aprobación de transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país;