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13 NORMAS LEGALES Viernes 29 de julio de 2022 El Peruano / EDUCACION Aprueban las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y las Unidades de Gestión Educativa Local – 2022 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 095-2022-MINEDU Lima, 27 de julio de 2022VISTOS, el Expediente N° 0136783-2022, el Informe N° 00169-2022-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIFOCA de la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades de la Dirección General de Gestión Descentralizada, el Informe N° 01190-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00850-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y técnico-normativas, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el artículo 63 de la Ley General de Educación establece que la gestión del sistema educativo nacional es descentralizada, simpli fi cada, participativa y fl exible; siendo el Estado, a través del Ministerio de Educación, el responsable de preservar la unidad de este sistema; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la precitada Ley, las instancias de gestión educativa descentralizada son: la Institución Educativa, la Unidad de Gestión Educativa Local, la Dirección Regional de Educación y el Ministerio de Educación; Que, el artículo 141 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 009-2016-MINEDU, señala, entre otros aspectos, que la Unidad de Gestión Educativa Local es la instancia de ejecución del Gobierno Regional, dependiente de la Dirección Regional de Educación, responsable de brindar asistencia técnica y estrategias formativas, así como supervisar, y evaluar la gestión de las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica y Centros de Educación Técnico- Productiva de su jurisdicción, en lo que corresponda, para la adecuada prestación del servicio educativo; Que, asimismo, el artículo 146 del precitado Reglamento, establece que la Dirección Regional de Educación es el órgano del Gobierno Regional que, en concordancia con la política educativa nacional, implementa y supervisa el desarrollo de la política educativa regional en el ámbito de su jurisdicción; en el marco de las disposiciones normativas y técnicas sobre la materia establecidos por el Ministerio de Educación; adicionalmente, evalúa los resultados de la gestión educativa para la mejora continua de sus procesos y servicios de acuerdo a las características de su territorio, considerando los estándares de calidad en el servicio educativo establecidos por el Ministerio de Educación en ejercicio de su rectoría; Que, a través de la Resolución de Secretaría General N° 938-2015-MINEDU, se aprueban los “Lineamientos para la Gestión Educativa Descentralizada”, cuyo literal f) del numeral 6.2.1.1 establece que el Ministerio de Educación ejerce funciones normativas, de gestión y de supervisión, en el marco de sus competencias, lo cual implica la responsabilidad, entre otras, de consolidar información sobre la implementación de la política educativa y gestionar conocimientos sobre buenas prácticas de gestión, en coordinación con los gobiernos subnacionales y sus instancias de gestión educativa descentralizada; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 185-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el fomento, fortalecimiento y promoción de las buenas prácticas de gestión educativa”, cuyo numeral 5.1.1 establece que, el MINEDU implementa, anualmente, el Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, con el objeto de identi fi car, reconocer y premiar las buenas prácticas de gestión educativa lideradas y desarrolladas por dichas instancias, en articulación con los gobiernos locales de corresponder, cuyos resultados están vinculados a las mejoras en los procesos de la gestión del servicio educativo; Que, en el marco de las disposiciones antes señaladas, mediante el O fi cio N° 00222-2022-MINEDU/ VMGI-DIGEGED, la Dirección General de Gestión Descentralizada remite al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, el Informe N° 00169-2022-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIFOCA, elaborado por la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y las Unidades de Gestión Educativa Local – 2022, con el objetivo de promover, conocer, premiar y difundir las buenas prácticas que desarrollan y lideren dichas instancias a nivel nacional y cuyos resultados contribuyen a la mejora de los procesos de gestión educativa; Que, mediante Informe Nº 01190-2022-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y las Unidades de Gestión Educativa Local – 2022, dado que la propuesta se encuentra alineada con los documentos de plani fi cación estratégica e institucional del Sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal su aprobación e implementación se fi nanciarán con cargo a los recursos presupuestarios programados en el presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales; Que, asimismo, con Informe Nº 00850-2022-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente, considera que la aprobación de la resolución viceministerial resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, la Ley N° 28044, Ley General de Educación; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y las Unidades de Gestión Educativa Local – 2022, las mismas que como anexo, forman parte de la presente Resolución.