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151 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2022 El Peruano / la Municipalidad Provincial del Cusco y los miembros del Concejo Municipal, deberán emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 2073602-1 Autorizan viaje de Sub Gerente de Saneamiento Ambiental para participar en evento a realizarse en Alemania ACUERDO MUNICIPAL Nº 021-2022-MPC Cusco, cuatro de mayo de dos mil veintidós.EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha cuatro de mayo de dos mil veintidós; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi catorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, mediante comunicación S/N de fecha 08 de abril de 2022, el Presidente de la entidad Centro de Competencias del Agua, señor Raúl Loayza Muro, invita al señor Miguel Ángel Atausupa Quin Sub Gerente de Saneamiento Ambiental de la Municipalidad Provincial del Cusco a participar en un Foro de Innovación, que tendrá lugar en la IFAT, la Feria Líder Mundial Gestión de Agua, Aguas Residuales, residuos y Materias Primas, el mencionado evento se realizara en la Ciudad de Múnich, Alemania, del 30 de mayo al 03 de junio de 2022; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 04 de mayo de 2022, se dio cuenta en la sección Despacho de la invitación al señor Miguel Ángel Atausupa Quin Sub Gerente de Saneamiento Ambiental de la Municipalidad Provincial del Cusco al Foro de Innovación, que tendrá lugar en la IFAT, en la Ciudad de Múnich, Alemania; asimismo, se debatió y autorizo el viaje del señor indicado funcionario entre los días 30 de mayo al 03 junio de 2022; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos especí fi cos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por UNANIMIDAD; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje del señor Sub Gerente de Saneamiento Ambiental de la Municipalidad Provincial del Cusco, Miguel Ángel Atausupa Quin entre el 30 de mayo al 03 de junio de 2022, a la Ciudad de Múnich, Alemania, a participar en el Foro de Innovación, y en la Feria Líder Mundial Gestión de Agua, Aguas Residuales, residuos y Materias Primas IFAT, a invitación del Presidente de la Institución Centro de Competencias del Agua; otorgándole licencia del 28 de mayo al 05 de junio de 2022. Artículo Segundo.- PRECISAR, que el presente acuerdo no irrogará gasto alguno a la Municipalidad Provincial del Cusco. Artículo Tercero.- DISPONER, a la Gerencia Municipal, y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan, para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER, que el funcionario, deberá emitir un informe inmediatamente después de la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 2073603-1 PROYECTOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Proyecto de resolución que establecería metas de gestión, correspondientes al cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2019-2024 y otros para EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 044-2022-SUNASS-CD EXP.: 025-2020-SUNASS-DRT-RTLima, 31 de mayo de 2022VISTO: E l Memorándum Nº 134-2022-SUNASS-DRT emitido por la Dirección de Regulación Tarifaria ( DRT) que presenta el informe Nº 074-2022-SUNASS-DRT-ESP que sustenta la propuesta inicial de revisión tarifaria elaborada en el marco de lo dispuesto por el “P rocedimiento de revisión tarifaria como consecuencia de la aplicación de las medidas dispuestas en el título III del Decreto de Urgencia N.º 036-2020” (Procedimiento de Revisión Tarifaria ), a l que se acogió E PS AGUAS DE LIMA NORTE S.A. (en adelante A GUAS DE LIMA NORTE ) mediante O fi cio Nº 139-2020-EPS- AGUAS DE LIMA NORTE -GG 1. CONSIDERANDO: Que, en el marco del estado de emergencia nacional