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146 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2022 El Peruano / 1.3 FRACCIONAMIENTO Por el pago único y al contado de todas las cuotas pendientes por cancelar, se condonará el 100% de intereses moratorios, a todos los contribuyentes y/o administrados del distrito de La Perla. 1.4 SANCIONES TRIBUTARIASLas multas tributarias tendrán una condonación del 100% de intereses moratorios, adicionalmente tendrán un descuento del Monto de la Multa Tributaria de manera escalonada, siempre y cuando no registren deudas tributarias pendientes de pago del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal a cancelar; de acuerdo al siguiente detalle: TRAMOS BENEFICIOS PERIODO Tramo 01 80% del Monto de la Multa Hasta el Ejercicio 2017 Tramo 02 70% del Monto de la Multa Ejercicio 2018 – 2021 Tramo 03 50% del Monto de la Multa Ejercicio 2022 1.5 SANCIONES ADMINISTRATIVAS Las multas administrativas tendrán una condonación del 100% de intereses moratorios, adicionalmente tendrán un descuento del Monto de la Multa Administrativa de manera escalonada; de acuerdo al siguiente detalle: TRAMOS BENEFICIOS PERIODO Tramo 01 90% del Monto de la Multa Hasta el Ejercicio 2017 Tramo 02 80% del Monto de la Multa Ejercicio 2018 – 2021 Tramo 03 50% del Monto de la Multa Ejercicio 2022 El pago de las multas administrativas no implica la subsanación de la infracción, así como la aplicación de la medida complementaria si fuera el caso, quedando a salvo el derecho de la Administración Municipal de aplicar una nueva sanción administrativa en caso de continuar o reincidir en la infracción. 2. DEL PAGO EN CUOTAS: En caso los contribuyentes y/o administrados deseen efectuar el pago en forma fraccionada, se otorgará un descuento del 100% de los intereses moratorios, debiendo ser la cuota inicial no menor al 30% del total de la deuda a fraccionar. Dichos contribuyentes no serán bene fi ciados con el descuento establecido en el artículo 3°, acápite 1), Inciso 1.2) de la presente ordenanza, sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales. El bene fi cio del fraccionamiento se rige bajo los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal N° 003–2013–MDLP. Artículo 4°.- DEL DESISTIMIENTO Los contribuyentes y/o administrados que deseen acogerse a esta Ordenanza Municipal que mantengan en trámite procedimientos contenciosos y no contenciosos sobre deudas tributarias y no tributarias, deberán presentar una solicitud del desistimiento de su pretensión vía Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de La Perla. Artículo 5°.- EXCLUSIÓN DEL BENEFICIO No podrán acogerse a los bene fi cios que otorga la presente ordenanza municipal, los contribuyentes que sobre sus deudas se allá trabado cualquier medida cautelar de embargo de parte del área de Ejecutoria Coactiva. Los montos que se hubieran retenido producto de la ejecución de medidas cautelares anteriores a la vigencia de la presente Ordenanza, se imputaran a los tributos pendientes de pago más antiguos en cobranza coactiva, no siendo bajo ninguna circunstancia de aplicación a los bene fi cios establecidos en la presente ordenanza. Artículo 6°.- PAGO EFECTUADO No serán objeto de devolución, ni compensación, ni condonación los pagos que se hubieran realizado con anterioridad al día de la entrada en vigencia de la presente ordenanza municipal. Artículo 7°.- SUSPENSIÓN PROCESO COBRANZA COACTIVA La regularización de la deuda tributaria y no tributaria bajo los alcances de la presente ordenanza municipal, dará lugar a la suspensión de los procedimientos de cobranza coactiva que se sigan al respecto, siempre y cuando se cumpla con lo estipulado en el artículo 3° de la presente ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera. - ENCARGAR a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y RENTAS, GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, SUBGERENCIA DE CONTROL Y RECAUDACIÓN TRIBUTARIA, SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA, EJECUTORIA COACTIVA y demás dependencias de la Administración Municipal, el estricto cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza Municipal. Segunda. - ENCARGAR a la SECRETARIA GENERAL la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano”; DISPONIENDO la vigencia de la presente ordenanza municipal desde la publicación de la misma hasta el 30 de Junio de 2022. Tercera. – ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN, tomar acciones y/o medidas técnicas necesarias para la implementación en el Sistema Integrado de Gestión Municipal; la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad, (www.munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde 2073209-1 MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Aprueban el Reglamento que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2022-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 24 de mayo de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO. VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de mayo de 2022, Informe N° 009-2022-SGDE/GDUE de fecha 25 de enero del 2022, Informe N° 088-2022-SGDE-GDUE/MDCLR de fecha 17 de enero del 2022 e Informe N° 102-2022-SGDE-GDUE/MDCLR de fecha 03 de mayo del 2022 emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Económico, Informe N° 015-2022-SGF/GAT/MDCLR de fecha 07 de febrero del 2022 e Informe N° 059-2022-MDCLR-GAT-SGF de fecha 05 de mayo del 2022 emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización, Informe N° 124-2022-GAJ/MDCLR de fecha 21 de Abril del 2022 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorando N° 291-2022-GM/MDCLR de fecha 05 de Mayo del 2022 de la Gerencia Municipal, sobre “ Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de