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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (03/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 139

139 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2022 El Peruano / estar recepcionada, salvo los proyectos de habilitación urbana aprobados con construcción simultánea”. Que, el inciso a) del artículo 6° del Reglamento, obliga a las Municipalidades a “Abstenerse de exigir a los administrados el cumplimiento de requisitos, la realización de trámites, el suministro de información o la realización de pagos, no previstos en la Ley y el Reglamento, con excepción de las Zonas de Reglamentación Especial”, el mismo que es concordante con el artículo 2° del mismo cuerpo legal. Por lo tanto, la municipalidad distrital de San Juan de Mira fl ores, no podrá requerir a los administrados mayores requisitos que los señalados en la Ley y el Reglamento. Que, el artículo 83° del Reglamento, precisa entre los requisitos para solicitar la regularización de edi fi caciones ejecutadas sin la correspondiente licencia, “Copia del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia. El valor de la multa es equivalente hasta el 10 % del valor de la obra a regularizar tomando el promedio de los valores unitarios o fi ciales de edi fi cación a la fecha de su ejecución y de la fecha de solicitud de la regularización”. Por lo que, el presente proyecto, se encuentra acorde con el Reglamento al establecer el bene fi cio de la reducción del pago de la multa por edi fi car sin licencia. Que, de acuerdo al literal z) del artículo 87º y ee) del artículo 92º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de San Juan de Mira fl ores (Ordenanza 417/MDSJM), son funciones de la Subgerencia de Obras Privadas Catastro y Gestión del Territorio, y de la Gerencia de Desarrollo Urbano “Elaborar y promover proyectos de ordenanzas, decretos de alcaldía, directivas y demás dispositivos normativos en el ámbito de su competencia”. Que, mediante Informe N° 389-2021-SGOPCGT- GDU/MDSJM, la Subgerencia de Obras Privadas Catastro y Gestión del Territorio, remite la propuesta de Ordenanza de Regularización y facilitación de licencia de Edi fi cación en el Distrito de San Juan de Mira fl ores. Que, mediante Informe N° 084-2021-SGPEyCT-GPP/ MDSJM, la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica , señala que el “Proyecto de Ordenanza de facilitación y regularización de Licencias de Edi fi cación en el distrito de San Juan de Mira fl ores”, se encuentra acorde con el objetivo institucional Nº 05, “Promover el crecimiento urbano ordenado en el distrito de San Juan de Mira fl ores, y de la acción estratégica N° 05.03, Asesoramiento técnico permanente en saneamiento físico legal de predios focalizados en el distrito, objetivo y acción Estratégica Institucional aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 336-2020/MDSJM (…)”. Asimismo, emite Opinión Técnica Favorable y recomienda su presentación ante el Consejo Municipal para su aprobación, Que, mediante Informe N° 104-2022-GAJ/MDSJM la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto a la Ordenanza de Regularización y Facilitación de Licencias de Edi fi cación en el distrito de San Juan de Mira fl ores, el cual tiene como objetivo fomentar la revalorización de los predios, permitiendo a los administrados vía regularización el saneamiento físico legal de las edi fi caciones ejecutadas sin autorización municipal a través de un proceso que permitirá a la municipalidad actualizar y sincerar el ordenamiento urbano del distrito. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA DE REGULARIZACION Y FACILITACION DE LICENCIAS DE EDIFICACION EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES BASE LEGAL:- Constitución Política del Perú 1993. - Ley 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones - Ley 30494 Ley que modi fi ca la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones- TUO de la Ley 29090, D.S. 006-2017-VIVIENDA Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y su Reglamento D.S. 029-2019-VIVIENDA. - Decreto Legislativo 1426 Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones. - Resolución Ministerial 305-2017-VIVIENDA - Aprueban Formatos y Formularios - Reglamento Nacional de Edi fi caciones, Titulo III - Ord. 1015-MML, 1076-MML, 1044-MML y 1159-MML. - Ordenanza 000068-20008-MDSJM, la cual aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, de fecha 07 de mayo del 2008. - Decreto de Alcaldía 001-2018/MDSJM, que aprueba actualizar los porcentajes de la UIT respecto de los derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, de fecha 02 de febrero del 2018. - Ordenanza 393-MSJM, que aprueba Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, de fecha 06 de setiembre del 2018. - Ordenanza 417-2019/MDSJM, Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y establece la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores. - Ordenanza 427-MDSJM, la cual aprueba los Procedimientos, Servicios Administrativos prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, de fecha 31 de marzo del 2021. - Ordenanza 000045-2007-MDSJM de fecha 5 de setiembre del 2007, la cual Aprueba el Régimen de Estacionamientos para Edi fi caciones en el distrito de San Juan de Mira fl ores. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- OBJETO DE LA ORDENANZA La presente Ordenanza de Regularización y Facilitación de Licencia de Edi fi cación tiene por objeto: - Establecer un procedimiento extraordinario, especial y simpli fi cado para la formalización de las Edi fi caciones, ejecutadas sin la respectiva Licencia. - Fomentar la revalorización de los predios del distrito de San Juan de Mira fl ores, incentivando la formalización de las edi fi caciones, permitiendo a los administrados vía regularización el saneamiento físico legal de las edifi caciones ejecutadas sin autorización municipal a través de un proceso que permitirá a la municipalidad actualizar y sincerar el ordenamiento urbano del distrito. - Flexibilización en la aplicación de las normas técnicas y legales que permitan el otorgamiento de la Regularización y Facilitación de Licencia de Edi fi cación. - Incentivar la formalización y cumplimiento de las normas en las urbanísticas y de edi fi caciones. - Lograr el Crecimiento Urbano Ordenado del distrito. Artículo 2.- AMBITO DE LA APLICACIÓN La presente norma será de aplicación a todo el distrito de San Juan de Miraflores (Área de Tratamiento Normativo I,II y IV), exceptuando los predios que se encuentren Zona de Recreación Publica (ZRP), Zona de Alto Riego, así como los bienes inmuebles declarados patrimonio cultural integrantes de la Zona Monumental y los predios localizados en áreas reservadas para la vía pública, los predios ubicados en la prolongación de vía existente que forma parte de la trama vial, además las áreas de recreación pública, jardines de aislamiento, servidumbre de paso. En el caso, de bienes inmuebles que se encuentren dentro de la Zona Monumental deberá realizar su trámite previo ante el Ministerio de Cultura conforme a Ley de la materia. No será aplicable para edificaciones que se encuentren judicializados o que hayan obtenido alguna autorización por medio de la Ley del Silencio Administrativo.