TEXTO PAGINA: 46
46 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de junio de 2022 El Peruano / VISTOS: el Informe n° 000044-2022-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe n° 000049-2022-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe n° 004574-2022-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: El artículo 37 de la Ley n° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante LOE), establece que la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (en adelante ONPE) tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, ejerciendo sus atribuciones y funciones con sujeción a lo dispuesto en el artículo 182 de la Constitución Política del Perú y en el literal c) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Mediante Decreto Supremo n° 001-2022-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 4 de enero de 2022, se convocó a Elecciones Regionales 2022 para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao; y a Elecciones Municipales 2022 para elegir a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República, a realizarse, ambas, el 2 de octubre de 2022; El artículo 165 de la LOE dispone “[…] El diseño y el procedimiento para la ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de las organizaciones políticas y candidatos, de ser el caso, dentro de los dos (2) días calendario después del vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos. La ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público, el cual debe realizarse luego de vencido el plazo para el retiro de fórmula o lista de candidatos previsto en la presente ley” ; Con Resolución n° 0932-2021-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el cronograma electoral en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, en el que precisó que el día 14 de junio de 2022 es la fecha límite para la presentación de la lista de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales; Teniendo en cuenta lo establecido en el literal c) del artículo 70 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural n° 902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General las “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2022” y las “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de la fórmulas de Candidatos en la Cédula de Sufragio para la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional 2022”. Cabe precisar que el orden de ubicación de los bloques de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio correspondiente a las Elecciones Regionales y Municipales 2022 es el resultado del sorteo llevado a cabo el día 31 de mayo de 2022, cuyo procedimiento fue aprobado mediante la Resolución Jefatural n.º 002014-2022-JN/ONPE; De acuerdo con lo expuesto, la Gerencia General, mediante el documento de vistos, presenta a la Jefatura Nacional la propuesta del instructivo antes referido, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los literales g) y h) del artículo 5 de la Ley n° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; así como en el literal m) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural n° 063-2014-J/ONPE y adecuado por Resolución Jefatural n°902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; Con los visados de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Gestión Electoral; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el documento denominado “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2022”, el cual consta de siete (7) artículos y que como Anexo N° 1 forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el documento denominado “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de la fórmulas de Candidatos en la Cédula de Sufragio para la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional 2022”, el cual consta de cinco (5) artículos y que como Anexo n° 2 forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y de los personeros de las Organizaciones Políticas participantes, el contenido de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional, www.onpe. gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe ANEXO Nº 1 INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE UBICACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS EN LA CÉDULA DE SUFRAGIO DE LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 Artículo 1º.- Etapas del sorteo El sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, se realizará simultáneamente para: a) Sorteo de partidos políticos. b) Sorteo de movimientos regionales. En el caso que no se haya inscrito ningún Movimiento Regional no se realizará el sorteo respectivo y se emitirá el acta de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7° de estas instrucciones. Artículo 2º.- Sedes y responsables del sorteo Los sorteos mencionados en el artículo anterior se realizarán en las siguientes sedes: a) El sorteo de partidos políticos se llevará a cabo en la sede central de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE. Este evento será organizado por la Gerencia de Gestión Electoral, en coordinación con la Gerencia de Información y Educación Electoral. b) El sorteo de ubicación de los movimientos regionales se realizará en las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, ubicadas en las capitales de departamento, en la Sede de la ODPE de la Provincia Constitucional del Callao y en la Sede de la ODPE Huaura. Este acto público estará a cargo del Jefe de la ODPE o a quien se designe en su representación. Artículo 3º.- Actividades preparatorias Previamente al sorteo, la Gerencia de Información y Educación Electoral de la ONPE y las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, según corresponda, con fi rmarán la presencia de un Notario Público, del representante del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) o del Jurado Electoral Especial (JEE), del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) e invitarán a los representantes de la Defensoría del Pueblo, Observadores, Instituciones de Veeduría y Personeros de las Organizaciones Políticas participantes, de acuerdo a la información remitida por la Gerencia de Gestión Electoral. Artículo 4°.- Organizaciones políticas consideradas en el sorteo Serán consideradas en el sorteo de ubicación todas las organizaciones políticas con inscripción vigente y