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48 NORMAS LEGALES Jueves 23 de junio de 2022 El Peruano / Que, asimismo, el viaje del Vicerrector de Investigación se encuentra enmarcado dentro del Principio de Internacionalización establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 4º del Estatuto Universitario, y dentro de la función que tiene la Universidad de fomentar alianzas estratégicas con las Universidades Públicas y Privadas, dispuesto en el artículo 6º del referido Estatuto; así como, en su artículo 7º que dispone: “(…) La universidad para el cumplimiento de sus fi nes y funciones formará parte de redes interinstitucionales nacionales y extranjeras de derecho público o de derecho privado, a fi n de crear una amplia red de cooperación cientí fi co-técnica (…)” Que, considerando que el objeto del viaje de la citada autoridad es de interés institucional, el Consejo Universitario en su Sesión del 08 de junio de 2022, acordó autorizar el viaje del Dr. Henry Gustavo Polanco Cornejo, en su calidad de Vicerrector de Investigación, para participar en el programa de entrenamiento en casa matriz, en cumplimiento de las actividades de “Formación de Formadores”, en el marco del Contrato Nº 100-2020-UNSA “CONTRATACIÓN INTERNACIONAL Nº 006-2020-UNSA, para la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE MOBILIARIO Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN PARA EQUIPAMIENTO DE LOS LABORATORIOS DE FÍSICA Y QUÍMICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN, en Góttingen, Colonia y Kerpen - Alemania, desde el 24 de junio hasta el 02 de julio del presente año, considerando que según lo señalado por el Sr. Vicerrector de Investigación, la empresa “Lucas-Núlle GmbH”, cubrirá el monto correspondiente a los pasajes aéreos y seguro de viaje; asimismo, acordó encargar a la Subdirección de Logística, para que haga llegar el monto de los viáticos correspondientes y a la O fi cina Universitaria de Planeamiento la disponibilidad y certi fi cación presupuestal, con el POI, Centro de Costos y Actividad Operativa del Vicerrectorado de Investigación, conforme a la Directiva de Asignación de Viáticos y Pasajes por comisión de servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada con Resolución de Consejo Universitario Nº 0436-2018 y demás normativa aplicable. Que, atendiendo a lo señalado, la Subdirección de Logística, mediante O fi cio Nº 1274-2022- SDL-DIGA/ UNSA, remite el monto de viáticos respectivos, según el numeral 8.2 sobre Escala de Viáticos al Exterior de la Directiva de Asignación de Viáticos y Pasajes por Comisión de Servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada por Resolución de Consejo Universitario Nº 0436-2018; asimismo, la Ofi cina Universitaria de Planeamiento mediante su O fi cio Nº 603-2022-OUPL-UNSA, informa que se cuenta con el crédito presupuestal en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3. Bienes y Servicios, para el ejercicio presupuestal 2022, para atender los requerimientos efectuados; por lo que, expresa opinión favorable de acuerdo a la normatividad legal vigente en materia presupuestal. Por estas consideraciones, estando a lo acordado por el referido Consejo Universitario, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, al Consejo Universitario. SE RESUELVE:Primero: AUTORIZAR el viaje del DR. HENRY GUSTAVO POLANCO CORNEJO, en su calidad de Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que, participe en el programa de entrenamiento en casa matriz, en cumplimiento de las actividades de “Formación de Formadores”, en el marco del Contrato Nº 100-2020-UNSA “CONTRATACIÓN INTERNACIONAL Nº 006-2020-UNSA, para la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE MOBILIARIO Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN PARA EQUIPAMIENTO DE LOS LABORATORIOS DE FÍSICA Y QUÍMICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN, en Góttingen, Colonia y Kerpen - Alemania, desde el 24 de junio hasta el 02 de julio del presente año. Segundo: Autorizar a la O fi cina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor de la mencionada autoridad, la Certi fi cación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento, Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, Presupuesto del año Fiscal 2022, según siguiente detalle: - Viáticos : S/ 14,490.56 soles Del 24 de junio al 02 de julio del 2022 Tercero: Dentro de los ocho días del retorno, la citada autoridad presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto: Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese.HUGO JOSE ROJAS FLORES Rector RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO Secretaria General 2079984-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Shamboyacu, provincia de Picota, departamento de San Martín RESOLUCIÓN Nº 0906-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022010407 SHAMBOYACU - PICOTA – SAN MARTINLICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diez de junio de dos mil veintidós.VISTO: el O fi cio N° 172-2022-MDSH/A, presentado el 24 de mayo de 2022, por don Islander Guerrero Facundo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Shamboyacu, provincia de Picota, departamento de San Martin (en adelante, señor alcalde), por medio del cual comunicó la licencia concedida a su cargo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con el o fi cio del visto, el señor alcalde informó de la solicitud de licencia sin goce de haber concedida a su cargo, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó los siguientes documentos: a) Escrito de solicitud, del 19 de mayo de 2022, presentada por el señor alcalde. b) Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal N° 010-2022-MDSH, del 20 de mayo de 2022, con el cual se aprobó la licencia sin goce de haber a su favor, a partir del 6 de junio del mismo año y se acordó encargar al regidor Jhon Cristian Acuña Sinarahua el despacho de la alcaldía. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.