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45 NORMAS LEGALES Martes 1 de marzo de 2022 El Peruano / VISTOS: El Informe N° 000072-2022-SUSALUD-OGPER, de la Ofi cina General de Gestión de las Personas y el Informe N° 0000143-2022-SUSALUD-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1158 y modi fi catoria, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), constituyéndose como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Resolución Ministerial N° 730-2014/ MINSA, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), y mediante Resoluciones de Superintendencia N° 021-2015-SUSALUD/S y N° 147-2017-SUSALUD/S se dispuso el reordenamiento del CAP Provisional de SUSALUD; documento de gestión que tiene previsto el cargo de con fi anza de Intendente de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Superintendencia Nacional de Salud, con el Nº de Orden 351, el Código N° 134182 y clasi fi cación Empleado de Con fi anza (EC); Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 158-2017-SUSALUD/S, se designó a la M.C. Soledad Danila Rivera Zevallos en el cargo de con fi anza de Intendente de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de SUSALUD; siendo que, mediante carta S/N, la citada funcionaria presentó su renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, a través del informe de vistos, la O fi cina General de Gestión de las Personas comunicó la aceptación de la renuncia efectuada por la M.C. Soledad Danila Rivera Zevallos, al cargo de Intendente de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y efectuó la evaluación de compatibilidad del perfi l del puesto vacante con el per fi l profesional del M.C José Darwin Cuadros Maco, siendo este compatible con el per fi l establecido en el Clasi fi cador de Cargos vigente de la Superintendencia Nacional de Salud para ocupar dicho cargo; por lo que procede su designación como Intendente de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Superintendencia Nacional de Salud; Con los vistos del Gerente General, del Director General de la O fi cina General de Gestión de las Personas y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud y su modi fi catoria, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia de la M.C. SOLEDAD DANILA RIVERA ZEVALLOS, al cargo de confi anza de Intendente de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Superintendencia Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al M.C JOSÉ DARWIN CUADROS MACO en el cargo de con fi anza de Intendente de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Superintendencia Nacional de Salud.Artículo 3.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los interesados para su conocimiento y a la O fi cina General de Gestión de las Personas para los fi nes correspondientes. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en la página web institucional (www.gob.pe/susalud). Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2043386-3 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban el Reglamento denominado “Concurso Público de Méritos para Selección de Personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728” (Versión N° 001) CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000046-2022-CE-PJ Lima, 21 de febrero del 2022VISTOS:El O fi cio N° 000046-2022-GA-PJ cursado por la Jefa del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial; así como el O fi cio N° 001084-2021-GG- PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, relacionados al proyecto de Reglamento para el “Concurso Público de Méritos para Selección de Personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728”. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Memorando N° 002370-2021-GRHB-GG-PJ la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial remite el Informe Técnico N° 000321-2021-SPPB-GRHB-GG, elaborado por la Subgerencia de Procesos de Personal y Bienestar, respecto al proyecto de Reglamento denominado “Concurso Público de Méritos para Selección de Personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728”. Segundo. Que, asimismo, la Gerencia de Plani fi cación con Memorando N° 001273-2021-GP-GG- PJ remite el Informe N° 000257-2021-SR-GP-GG-PJ, de la Subgerencia de Racionalización, con el cual se otorga opinión técnica favorable al proyecto propuesto. Tercero. Que, por su parte, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial en su Informe N° 001351-2021-OAL-GG-PJ concluye, entre otros, que efectuado el análisis legal al informe de sustentación y al informe técnico de la Subgerencia de Racionalización, considera que se cumple con los presupuestos establecidos de conformidad con el numeral 6.4 de la Directiva N° 019-2020-CE-PJ; por lo que otorga opinión legal favorable para la prosecución de su trámite. Cuarto. Que, el referido reglamento tiene como objetivo establecer el marco normativo para regular el desarrollo de concursos públicos de méritos para selección de personal, bajo los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, para el ingreso de personal al Poder Judicial.