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61 NORMAS LEGALES Martes 1 de marzo de 2022 El Peruano / la señora tesorera–, también contrataría con la citada comuna en calidad de representante legal de otra empresa denominada Asesores y Consultores GMC E. I. R. L. 2.6. En ese sentido, mediante Resolución N° 0597-2020-JNE, del 11 de diciembre de 2020, en su considerando 39, se dispuso que para mejor resolver se deben de tener a la vista todos los elementos probatorios relacionados con el proceso de contratación de las empresas, así como de la señora tesorera, pues los cuestionamientos fundamentales de la solicitud de vacancia versan sobre los presuntos vínculos existentes entre la señora alcaldesa, la señora tesorera y la empresa Grupo Rugo E. I. R. L.; por lo que se ordenó incorporar al procedimiento de vacancia originales o copias certi fi cadas de los siguientes documentos: a. Antecedentes de la contratación de las empresas Grupo Rugo E. I. R. L. y Asesores y Consultores GMC E. I. R. L. (requerimiento del área correspondiente, aprobación del área de Presupuesto, Planeamiento, Recursos Humanos, Logística –o de la que haga sus veces– entre otras), que incluya el procedimiento realizado para materializar dicho acto. b. Además, dicho informe deberá incluir la modalidad de contratación, los bienes o servicios prestados, los periodos de contratación, los informes y las hojas de trámite con los que se tramitaron dichos requerimientos, entre otros. En mérito a ello, este informe deberá anexar la documentación pertinente a fi n de sustentar sus aseveraciones. c. Contratos celebrados entre las citadas personas jurídicas y la municipalidad, planillas, órdenes de servicios, informes para pagos, órdenes de pago, recibos por honorarios, pagos efectivos realizados, entre otros. d. Informe del área de Recursos Humanos, Logística, o del área que haga de sus veces, a través del cual señale el periodo de contratación de las empresas y la municipalidad, así como las conformidades de pago. e. Informe documentado en el que se detalle si la autoridad edil cuestionada solicitó o requirió la contratación de las empresas, así como la continuación de su contratación con la municipalidad, de ser el caso. f. Informe emitido por la Gerencia de Administración, o la unidad orgánica que haga sus veces, señalando, de ser el caso, si las empresas cumplían con los términos de referencia, propuesta y requisitos para ser proveedora de la municipalidad. g. Informe respecto a la relación laboral de la señora tesorera con la municipalidad, indicando los intervinientes en dicha contratación, la forma de contratación y si cumple con los per fi les establecidos para el cargo de tesorera, así como informe sobre sus funciones. h. Otros documentos que el concejo municipal considere oportuno a fi n de emitir pronunciamiento. 2.7. En mérito a ello, con el O fi cio N° 030-2021- A/MDCH, se remitió los actuados correspondientes al expediente administrativo de vacancia, en el que adjuntaron los siguientes documentos: a. Informe N° 010-2021-GA/MDCH, del 24 de febrero de 2021, suscrito por doña Alicia Jasmine Meléndez Meléndez, gerente de administrativa de la municipalidad, en el que se da cuenta de los documentos solicitados en la Resolución N° 0597-2020-JNE; precisando, respecto a los antecedentes de la contratación de las citadas empresas, que no se cuenta con el acervo documentario, y sobre la contratación de la señora tesorera, no se ha indicado la forma, los intervinientes, así como tampoco el perfi l requerido ni las funciones ejecutadas. b. Informe N° 004-2020-GA/MDCH, del 20 de enero de 2020, suscrito por doña Alicia Jasmine Meléndez Meléndez, gerente administrativa de la municipalidad, dirigido a la señora alcaldesa, a través del cual informa sobre el presupuesto institucional de la citada comuna, así como el cumplimiento de su ejecución. c. Nota Informativa N° 001-2019-A/MDCG, del 3 de enero de 2019, suscrita por la señora alcaldesa y dirigida a doña Alicia Jasmine Meléndez Meléndez, jefa de Plani fi cación y Presupuesto de la municipalidad, a través de la cual la autoriza para efectuar los trámites administrativos con las áreas que sean necesarias para implementar lo recomendado en el Informe N° 002-2019-JPP/MDCH, del 3 de enero de 2019. d. Informe N° 002-2019-JPP/MDCH, suscrito por doña Alicia Jasmine Meléndez Meléndez, jefa de Plani fi cación y Presupuesto de la municipalidad, dirigido a la señora alcaldesa, a través del cual informa sobre la necesidad de contratar personal para la conformación del equipo técnico municipal responsable de ejecutar actividades administrativas exigidas para la ejecución de la gestión municipal del año fi scal 2019, entre ellas: “persona natural o jurídica para desempeñar las actividades de asesoría legal externa municipal; persona natural o jurídica para desempeñar las actividades de asesoría en gestión de infraestructura y gestión de inversión municipal externa; persona natural o jurídica para desempeñar las actividades de asesoría en gestión ambiental municipal externa; persona natural a título de locación de servicios de un profesional técnico en Contabilidad para el área de Tesorería; persona natural a título de locación de servicios de un profesional técnico en Contabilidad para el área de Abastecimiento; personal de con fi anza para los cargos de Gerencia Municipal, Administración Municipal, Secretaría General, entre otros”. e. Nota Informativa N° 003-2019-A/MDCG, del 4 de marzo de 2019, suscrita por la señora alcaldesa y dirigida a doña Alicia Jasmine Meléndez Meléndez, jefa de Plani fi cación y Presupuesto de la municipalidad, a través de la cual otorga facultades administrativas para coordinar con las áreas respectivas y ejecutar acciones necesarias para el cumplimiento de lo recomendado en el Informe N° 007-2019-JPP/MDCH, bajo responsabilidad y tomando el criterio técnico y profesional propio del área. f. Informe N° 007-2019-JPP/MDCH, del 5 de febrero de 2019, suscrito por doña Alicia Jasmine Meléndez Meléndez, jefa de Plani fi cación y Presupuesto de la municipalidad, dirigido a la señora alcaldesa, a través del cual da cuenta sobre ejecución de metas del PI 2019, así como propuestas de proyectos de inversión. g. Comprobante de pago N° 000009, del 25 de enero de 2019, a favor de Asesores y Consultores GMC E. I. R. L., por concepto de servicios de asesoría contable, fi nanciera y presupuestal correspondiente al mes de enero de 2019, por el monto de S/2000.00, y constancia de pago N° 0001-000190, del 28 de enero de 2019. h. Comprobante de pago N° 000020, del 6 de enero de 2019, a favor de Asesores y Consultores GMC E. I. R. L., por concepto de servicios de asesoramiento y asistencia técnica en el proceso de transferencia e instalación de concejo municipal 2019, por el monto de S/7600.00, y constancia de pago N° 0001-000191, del 7 de febrero de 2019. i. Comprobante de pago N° 000022, del 7 de febrero de 2019, a favor de Asesores y Consultores GMC E. I. R. L., por concepto de servicios de elaboración del presupuesto institucional de apertura (PIA) para el 2019, por el monto de S/2000.00, y constancia de pago N° 0001-000192, del 8 de febrero de 2019. j. Comprobante de pago N° 000044, del 7 de marzo de 2019, a favor de Asesores y Consultores GMC E. I. R. L., por concepto de servicios prestados en la elaboración y presentación del marco legal presupuestal anual del ejercicio fi scal 2018, por el monto de S/2000.00, y constancia de pago N° 0001-000194, del 8 de marzo de 2019. k. Comprobante de pago N° 000045, del 5 de marzo de 2019, a favor de Asesores y Consultores GMC E. I. R. L., por concepto de servicios de asesoría contable, fi nanciera y presupuestal correspondiente al mes de febrero de 2019, por el monto de S/2000.00, y constancia de pago N° 0001-000196, del 6 de marzo de 2019. l. Comprobante de pago N° 000090, del 29 de marzo de 2019, a favor de Asesores y Consultores GMC E. I. R. L., por concepto de servicios de asesoría contable, fi nanciera y presupuestal correspondiente al mes de marzo de 2019, por el monto de S/2000.00, y constancia de pago N° 0001-000198, del 1 de abril de 2019. m. Comprobante de pago N° 000134, del 15 de abril de 2019, a favor de Asesores y Consultores GMC E. I. R. L., por concepto de servicios de asesoría contable,