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35 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022 El Peruano / Disponen el cierre de turno de diversos Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de Proceso Inmediato de Lima, el funcionamiento de órganos jurisdiccionales en la sede judicial central del Código Procesal Penal y dictan otras disposiciones Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000077-2022-P-CSJLI-PJ Lima, 1 de marzo del 2022VISTAS:La Resolución Administrativa N° 000042-2020-CE- PJ de fecha 22 de enero de 2020 y la Resolución Administrativa N° 000035-2022-CE-PJ de fecha 14 de febrero de 2022, y; CONSIDERANDO:Mediante Resolución Administrativa N° 042-2020-CE- PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creó los órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima, para la implementación del Código Procesal Penal, entre ellos, el 1° y 2° Juzgado Penal Colegiado con competencia para todos los procesos penales a excepción de Corrupción de Funcionarios, Crimen Organizado, Proceso Inmediato, en todo el Distrito Judicial; y en adición de funciones conocerá los delitos Tributarios, Aduaneros, de Propiedad Intelectual y Ambientales. A través del Informe N° 124-2021-CEP-UPD-GAD- CSJLI de fecha 23 de diciembre de 2021, la Coordinación de Estudios y Proyectos de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior de Justicia realizó un análisis situacional del 1° y 2° Juzgado Penal Colegiado, evidenciando que registraban ingresos ín fi mos, por lo que se propuso su disgregación en 6 Juzgados Penales Unipersonales a fi n de dotarles carga procesal. Por Resolución Administrativa N° 035-2022-CE- PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso las siguientes medidas, a partir del 01 de marzo del 2022: - Convertir el 1° Juzgado Penal Colegiado Permanente de Lima en el 20°, 21° y 22° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de Proceso Inmediato de Lima. - Convertir el 2° Juzgado Penal Colegiado Permanente de Lima en el 23°, 24° y 25° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de Proceso Inmediato de Lima. - Crear el 1° Juzgado Penal Colegiado Conformado de Lima, que estará integrado por el 20°, 21° y 22° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de Proceso Inmediato de Lima, con la misma competencia territorial y funcional que el 1° Juzgado Penal Colegiado Permanente del mismo distrito antes de su conversión. - Crear el 2° Juzgado Penal Colegiado Conformado de Lima, que estará integrado por el 23°, 24° y 25° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de Proceso Inmediato de Lima, con la misma competencia territorial y funcional que el 2° Juzgado Penal Colegiado Permanente del mismo distrito antes de su conversión. - Redistribuir toda la carga procesal del 1° y 2° Juzgados Penales Colegiados Permanentes de Lima a los Juzgados Penales Colegiados Conformados. - Disponer, por el plazo máximo de tres meses, el cierre de turno ordinario para el trámite de los procesos penales del 5°, 6°, 7° y 8° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de Proceso Inmediato de Lima; de alcanzar el equilibrio de carga procesal con sus pares antes del plazo máximo de cierre, el turno se deberá aperturar para los órganos jurisdiccionales, según corresponda.En tal sentido, estando a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y atendiendo que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa del distrito judicial a su cargo y, dirige la política interna de su Corte Superior de Justicia a fi n de garantizar un e fi ciente servicio de impartición de justicia, corresponde a este Despacho adoptar las medidas pertinentes a fi n de cumplir con lo ordenado en las resoluciones administrativas de vistas. Por estos fundamentos y en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N.° 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo de 2018; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER el cierre de turno, a partir del 01 de marzo de 2022, del 5°, 6°, 7° y 8° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de Proceso Inmediato de Lima; por el plazo máximo de tres meses. Artículo Segundo.- DISPONER el funcionamiento del 20, 21°, 22°, 23°, 24° y 25° Juzgado Penal Unipersonal de Proceso Inmediato de Lima, en la sede judicial central del Código Procesal Penal, a partir del 01 de marzo de 2022, cuya competencia será igual que el 5°, 6°, 7° y 8° Juzgado Penal Unipersonal de Proceso Inmediato de Lima. Asimismo, dichos órganos jurisdiccionales conformarán el 1° y 2° Juzgados Penales Colegiado Conformado que conocerán todos los procesos penales a excepción de Corrupción de Funcionarios, Crimen Organizado, Proceso Inmediato, en todo el Distrito Judicial; y en adición de funciones conocerá los delitos Tributarios, Aduaneros, de Propiedad Intelectual y Ambientales, los cuales estarán integrados de la siguiente manera: CONFORMACIÓN INTEGRANTES 1° Juzgado Penal Colegiado Conformado20°, 21° y 22° Juzgado Penal Unipersonal 2° Juzgado Penal Colegiado Conformado23°, 24° y 25° Juzgado Penal Unipersonal Artículo Tercero.- DESIGNAR a los siguientes doctores/as en los Juzgados Penales Unipersonales de Proceso Inmediato de Lima: Al Magistrado Robinson Ezequiel Lozada Rivera como Juez del 20° Juzgado Penal Unipersonal de Proceso Inmediato de Lima A la Magistrada María Elena Contreras Gonzales como Jueza del 21° Juzgado Penal Unipersonal de Proceso Inmediato de Lima A la abogada Flor Graciela Mío López como Jueza Supernumeraria del 22° Juzgado Penal Unipersonal de Proceso Inmediato de Lima Al abogado Mario Ernesto Guerra Bonifacio, Juez Supernumerario de los Juzgados Penales como Juez Supernumerario del 23° Juzgado Penal Unipersonal de Proceso Inmediato de Lima, quien alternara el referido juzgado mientras dure la promoción de la magistrada Rosa Adriana Zulueta Asenjo. A la Abogada Graciela Nieves Ayestas Quicaño como Jueza Supernumeraria del 24° Juzgado Penal Unipersonal de Proceso Inmediato de Lima A la abogada Rosa Ysabel Meza Cruzado como Jueza Supernumeraria del 25° Juzgado Penal Unipersonal de Proceso Inmediato de Lima Artículo Cuarto.- DISPONER la redistribución de toda la carga procesal (trámite, reserva, en impugnación y ejecución) del 1° y 2° Juzgados Penales Colegiados Permanentes de Lima hacia el 1° y 2° Juzgados Penales Colegiados Conformados. Artículo Quinto.- DISPONER que la Mesa de Partes correspondiente realice las acciones necesarias