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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2022 (02/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022 El Peruano / DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE 4 10,08845 20 10,104655 10,08946 21 10,105676 10,09047 22 10,106687 10,09148 23 10,107698 10,09250 24 10,108719 10,09351 25 10,10972 10 10,09452 26 10,11074 11 10,09553 27 10,11175 12 10,09655 28 10,11276 13 10,09756 29 10,11378 14 10,09857 30 10,1147915 10,09959 31 10,11581 16 10,10060 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley No. 26598). JAVIER OLIVERA VEGA Gerente General (e) 2043840-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban la transferencia financiera de retribución económica para el servicio de auditoría 2020 y 2021 a la Universidad Nacional de Cañete RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 011-2022-UNDC San Vicente de Cañete, 26 de enero del 2022VISTOS: O fi cio Nº 000128-2022-CG/GAD, Informe Nº 023 -2022-JUP/OPP/UNDC, Informe Nº 026-2022-UNDC/OPP/P, Informe Nº 012-2022-UNDC/CO/P/DGA y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 18º de la Constitución Política del Estado Peruano y artículo 8º de la Ley Nº 30220- Ley Universitaria, la Universidad Nacional de Cañete es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Se rige por su estatuto, instrumento que ha sido elaborado bajo el respeto irrestricto de la Constitución, Ley Universitaria y demás normas concordantes; Que, mediante O fi cio Nº 000128-2022-CG/GAD de fecha 13.01.2022, el Gerente de Administración de la Contrataría General de la República, solicita información que el titular o representante legal de la entidad debe presentar para designar una Sociedad de Auditoria mediante Concurso Público de Méritos; Que, mediante Informe Nº 023 -2022-JUP/OPP/UNDC de fecha 21.01.2022, el Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, solicita aprobar la asignación presupuestal de acuerdo a lo expuesto en los párrafos precedentes de la fundamentación por el importe de S/ 76,186.00 Soles, para realizar la transferencia fi nanciera retribución económica por los periodos 2021 y 2022 y pago del 6% por concepto de designación por el importe total de S/ 76,186.00 Soles, para el servicio de auditoria 2020 y 2021 a la Universidad Nacional de Cañete, a requerimiento de la Dirección General de Administración; Que, mediante Informe Nº 026-2022-UNDC/OPP/P de fecha 21.01.2022, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, informa la aprobación de asignación presupuestal para la transferencia fi nanciera de la retribución económica por los periodos 2021 y 2022 y pago del 6% por concepto de designación a la Contraloría General de la Republica, por el monto de S/ 76,186 y 00/100 soles; Que, mediante Informe Nº 012–2022–UNDC/ CO/P/DGA de fecha 25.01.2022, el Director General de Administración, solicita la aprobación de la transferencia fi nanciera en retribución económica por los periodos 2021 y 2022 y pago del 6% por concepto de designación por el importe total de S/ 76,186.00 Soles, por el servicio de auditoría fi nanciera a la Universidad Nacional de Cañete, a favor de la Contraloría General de la República; Estando la Resolución Presidencial Nº 033- 2020-UNDC, que aprobó la DIRECTIVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL TRABAJO REMOTO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE, COMO MEDIDA DE PREVENCIÓN ANTE EL CORONAVIRUS (COVID-19) y las consideraciones expuestas en la presente resolución; y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución, Ley Universitaria Nº 30220, Resolución Viceministerial Nº 140-2018-MINEDU, Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, Estatuto de la UNDC y demás normas concordantes; El Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. RESUELVE:Artículo Primero: APROBAR la transferencia fi nanciera de retribución económica por los periodos 2021 y 2022 y pago del 6% por concepto de designación por el importe total de S/ 76,186.00 Soles, para el servicio de auditoria 2020 y 2021 a la Universidad Nacional de Cañete, a requerimiento de la Dirección General de Administración. Artículo Segundo: REMITIR la presente para conocimiento a las instancias correspondientes en el marco de lo que establece el Decreto Legislativo Nº 1440 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese, comuníquese, cúmplase. CARLOS EDUARDO VILLANUEVA AGUILAR Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete ABAD OSNAYO VILLATA Secretario General de la Universidad Nacional de Cañete 2043920-1 Aclaran la Resolución Presidencial Nº 011- 2022-UNDC que aprobó la transferencia financiera de retribución económica para el servicio de auditoría 2020 y 2021 a la Universidad Nacional de Cañete RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 023-2022-UNDC San Vicente de Cañete, 16 de febrero del 2022VISTOS: Resolución Presidencial Nº 011-2022-UNDC, Informe Nº 006 -2022/ (E) OPP/UNDC, Informe Nº 022 – 2022 – UNDC/CO/P/DGA y;