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92 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de marzo de 2022 El Peruano / “APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2022”, DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Artículo Primero: APROBAR, el “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2022”, del Gobierno Regional de Lima, validado por unanimidad por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) y declarado apto para su implementación por la Dirección General de Seguridad Ciudadana, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional Artículo Segundo: DECLARAR, de Interés Regional la implementación y ejecución del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2022, validado por unanimidad por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) y declarado apto para su implementación por la Dirección General de Seguridad Ciudadana (DGSC); jurisdicción del Gobierno Regional de Lima. Artículo Tercero: DISPONER, que la Gerencia General Regional, a través de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), adopte los procedimientos y operaciones para la implementación y ejecución del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Lima, para el año 2022, debiendo informar trimestralmente sobre las acciones realizadas para el logro de este fi n. Artículo Cuarto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional de trámite de lectura, pase a comisiones y aprobación de Acta. Artículo Quinto: PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Huacho, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. POR TANTO:Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. JESÚS ANTONIO QUISPE GALVAN Presidente del Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los 17 días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno. RICARDO CHAVARRIA ORIA Gobernador Regional de Lima 2047968-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Modifican el TUPA de la Municipalidad Distrital de Ancón ORDENANZA Nº 468-2022-MDA Ancón, 8 de febrero de 2022VISTO:Memorándum Nº 035-2022-GM/MDA, de la Gerencia Municipal, Informe Nº 012-2022-GAF/MDA de la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe Nº 028-2022-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº392-2021-2021-GPPPI/MDA, remitido de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, y;CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Título II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, señal que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 44.5 del Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; establece que una vez aprobado el TUPA toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía en el caso de Gobiernos Locales; Que, mediante Ordenanza Nº 405-2019-MDA se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ancón, el cual compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación de la Municipalidad; la cual fue modi fi cada mediante Ordenanza Nº 412-2019-MDA, Decreto de Alcaldía Nº 006-2020-A-MDA, Ordenanza Nº 439-2020-MDA, Ordenanza Nº 444-2021-MDA y Decreto de Alcaldía Nº 001-2021-A-MDA; Que, mediante Ordenanza Nº 422-2019-MDA se aprueba los procedimientos de saneamiento individual, regularización de transferencia y subasta de los bienes inmuebles de dominio privado de propiedad de la Municipalidad Distrital de Ancón; Que, mediante Informe Nº392.-2021-GPPPI/ MDA de fecha 17 de noviembre de 2021, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones presenta el proyecto de Ordenanza que modi fi ca el TUPA vigente, respecto a la inclusión del procedimiento “Regularización de Transferencia de Dominio de Bienes Inmuebles de Dominio Privado Municipal” aprobado mediante Ordenanza Nº 422-2019-MDA; Que, mediante Informe Nº 028-2022-GAJ/MDA de fecha 25 de enero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto al proyecto de Ordenanza propuesto por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente. ORDENANZA QUE MODIFICA EL TUPA VIGENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero.- MODIFICAR el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Ancón procediendo a incluir el procedimiento “Regularización de Transferencia de Dominio de Bienes Inmuebles de Dominio Privado Municipal”, según se detalla en Anexo adjunto, el cual forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación y difusión de la presente ordenanza de acuerdo a ley, y a las demás unidades orgánicas de la municipalidad su cumplimiento en el marco de su competencia funcional. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2048017-1