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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2022 (16/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de marzo de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023 del distrito de Lurigancho, a desarrollarse en el año 2022 ORDENANZA Nº 319-MDL Lurigancho, 3 de marzo de 2022.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 02-2022/CAJEyR emitido por la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas del Concejo Municipal, el Memorándum Nº 184-2022/GM-MDL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº130-2022-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 014-2022-MDL/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023, a desarrollarse en el año 2022, y; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y que los artículos 9º, 53º, 97º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, prescriben que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos; Que, los artículos 18º y 20º de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y lo cales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante la Ley Nº 28056 Marco del Presupuesto Participativo y su modi fi catoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, mediante Resolución Directoral Nº007-2010- EG/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el marco de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, mediante Informe Nº014-2022-MDL-GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite el Proyecto de Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023, de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, adjuntando el Cronograma de actividades y el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, mediante Informe Nº 130-2022-MDL/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, expresa que el proyecto de Ordenanza del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023 de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, está orientado al cumplimiento de las Leyes que la rigen y especialmente del Instructivo Nº001-2010-EF/76.01, aprobado con Resolución Dictatorial Nº 007-2010-EF/76.01, que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales; opinando que es legalmente factible su aprobación por el Concejo Municipal; Que, mediante Memorándum Nº184-2022/GM- MDL de la Gerencia Municipal, remite el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023 del distrito de Lurigancho, a desarrollarse en el año 2022, para ser agendado en una próxima sesión de concejo; Que, mediante Dictamen Nº 02-2022/CAJEyR emitido por la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas del Concejo Municipal, opina que declarar en forma favorable elevar al Concejo Municipal el proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023 del distrito de Lurigancho – Chosica, a desarrollarse en el año 2022; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Consejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2023 DEL DISTRITO DE LURIGANCHO, A DESARROLLARSE EN EL AÑO 2022 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Lurigancho para el año 2022, el mismo que consta de veintiocho (28) artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias y Finales, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTESE al Señor Alcalde Distrital para que mediante Decreto de Alcaldía pueda aprobar las normas complementarias para la correcta aplicación de la presente norma. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica su publicación en la pagina web de la municipalidad y en el Portal de Transparencia Estándar – PTE. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Participación Ciudadana y demás unidades orgánicas pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde