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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2022 (16/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de marzo de 2022 El Peruano / Artículo 6º.- POLÍTICAS DE PREVENCIÓN PRIORIZADAS FRENTE LA PROBLEMÁTICA DEL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS. El Gobierno Regional de Amazonas: 6.1. Promoverá la erradicación del acoso sexual en espacios públicos, lo cual implica ejercer acciones de supervisión y fi scalización de instituciones y/o establecimientos para veri fi car que las disposiciones contenidas en la presente ordenanza se cumplan, 6.2. Promoverá políticas públicas dirigidas a la prevención y atención del acoso sexual en espacios públicos en la región de Amazonas. 6.3. Coordinará y motivará la actualización del Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Amazonas para incorporar acciones de prevención y atención de casos de acoso sexual en espacios públicos en la región. 6.4. Diseñará y estructurará un sistema estadístico de información acerca de la problemática del acoso sexual en espacios públicos en la Región Amazonas. 6.5. Gestionará los recursos económicos necesarios para poder implementar adecuadamente la presente ordenanza considerándose en sus respectivos planes operativos y presupuestos institucionales y/o a través de la elaboración de un PIP. 6.6. Promoverá coordinaciones con Gobiernos Provinciales y Gobiernos distritales e instituciones involucradas en acciones de prevención y atención en especial la aprobación de Ordenanzas Locales para que sancionen administrativamente actos de acoso sexual en espacios públicos que puedan perpetrarse en establecimientos que realizan actividades económicas y/o comerciales, obras en proceso de edi fi cación y/o y medios de transporte público. Asimismo, la Gerencia Regional de Desarrollo Social coordinar el monitoreo de estas Ordenanzas aprobadas por gobiernos provinciales y distritales, solicitando información anualmente sobre su nivel de implementación. 6.7. Promoverá a través de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones un trabajo articulado y coordinado con la Superintendencia de Transporte entre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), y la Policía Nacional del Perú para la realización de campañas de prevención contra el acoso sexual en espacios públicos. Artículo 7º.- POLÍTICAS DE ATENCIÓN PRIORIZADAS FRENTE A LA PROBLEMÁTICA DEL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS El Gobierno Regional de Amazonas: 7.1. Realizará acciones conjuntas y coordinadas con todos los miembros integrantes de LA INSTANCIA DE CONCERTACIÓN REGIONAL PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR” aprobada por Ordenanza Regional Nº408 GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS/CR de fecha 12 de marzo de 2018, para fortalecer la prevención y atención de casos de acoso sexual en espacios públicos, en coordinación con los gobiernos locales, autoridades públicas y privadas, así como también la participación de la población civil. 7.2. Promoverá la atención integral de las víctimas de acoso sexual en espacios públicos en instancias gratuitas del Estado como Centro Emergencia Mujer y en los Centros de Salud y/o centros de atención especialmente con programas de terapias psicológicas. 7.3. Coordinará a través de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones con la PNP el cumplimiento de las acciones de vigilancia frente a casos de acoso sexual en espacios públicos, así mismo la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones coordinará con los medios de comunicación masiva en el ámbito Regional para la difusión y prevención del acoso sexual callejero en el marco de la Ley Nº 30314. 7.4. Recomendar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a cargo de la implementación de la presente Ordenanza, la promoción de convenios con instituciones estatales, internacionales y ONG’s que propicien la defensa de los Derechos Humanos para el fortalecimiento de capacidades de los servicios de prevención, protección y atención frente a casos de acoso sexual en espacios públicos. Artículo 8º.- INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA SEMANA CONTRA EL ACOSO SEXUAL La presente Ordenanza institucionaliza el acto cívico denominado Semana de “ NO AL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN AMAZONAS” a celebrarse la tercera semana de abril de cada año, con fecha central el 16 de abril; teniendo como propósito visibilizar la problemática del acoso sexual en espacios públicos e incidir de manera directa en la prevención y erradicación. Artículo 9º.- ORGANIZACIÓN, CELEBRACIÓN Y DIFUSIÓN DEL ACTO CÍVICO Corresponde a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Instancia Regional de Concertación para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar-Ley Nº 30364, la organización, celebración y difusión de la Semana de “NO AL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS EN LA REGIÓN DE AMAZONAS”. Artículo 10º.- PROHIBICIONES En la circunscripción territorial de la Región Amazonas, se prohíbe: 1. Realizar todo tipo de comentarios, insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza sexual en contra de una u otras personas, en especial contra mujeres, niñas y adolescentes; en los espacios públicos. 2. Realizar actos de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación, exhibicionismo y/o mostrar los genitales en contra de una u otras personas, en especial contra mujeres, niñas y adolescentes; en los espacios públicos. 3. Permitir o tolerar el titular, conductor, propietario y/o similar de establecimientos, obras en proceso de edifi cación y empresas de transporte público; todo tipo de comentarios, insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza sexual en contra de una u otras personas, en especial contra mujeres, niñas, y adolescentes por parte de personal a su cargo. 4. Permitir o tolerar el titular, conductor, propietario y/o similar de establecimientos, obras en proceso de edifi cación y empresas de transporte público; la realización de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación, exhibicionismo y/o mostrar los genitales en contra de una u otras personas en especial contra mujeres, niñas y adolescentes por parte de personal a su cargo. CAPÍTULO II CAPACITACIÓN AL PERSONAL Artículo 11º.- CAPACITACIÓN A FUNCIONARIOS/ AS, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y MIEMBROS DE LA POLICÍA REGIONAL Y DE SERENAZGO El Gobierno Regional a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Infraestructura y entre otras Gerencias con competencia realizará y garantizará capacitaciones sobre las normas y políticas contra el acoso sexual en espacios públicos a sus funcionarios/as, personal administrativo y miembros de la policía regional y de serenazgo. Artículo 12º.- RESPONSABILIDAD DE LA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL Y SU ARTICULACIÓN CON OTRAS GERENCIAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS La Gerencia Regional de Desarrollo Social es responsable de la implementación, seguimiento y evaluación de las o acciones de prevención, prohibición y sanción del acoso sexual en espacios públicos, labor que podrá desarrollar en coordinación con la