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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2022 (16/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de marzo de 2022 El Peruano / local (macro y meso) requiere la conformación de una Comisión Técnica y de manera opcional, para el caso de microzoni fi cación”; asimismo en el 22º, señala: “Los estudios de Zoni fi cación Ecológica y Económica-ZEE, serán aprobados por la autoridad competente en el nivel correspondiente, según lo planteado en la etapa inicial: nacional, regional y local. b) Regional, la ZEE, es aprobada por Ordenanza del Gobierno Regional respectivo”. Que, con Resolución Ministerial Nº 026-2010-MINAM, se aprueban los Lineamientos de Política, para el Ordenamiento Territorial, la misma que señala que el ordenamiento territorial es un proceso político y técnico administrativo de toma de decisiones concertadas, con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, la regulación y promoción de la localización y desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial, sobre la base de la identi fi cación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos; en su Capítulo IV, Instrumentos para el Ordenamiento Territorial, en cuanto a la Zoni fi cación Ecológica Económica, señala: “Es un proceso dinámico y fl exible, para la identi fi cación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones, con criterio físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales”. Una vez aprobada la ZEE, por el nivel de gobierno competente, se convierte en un instrumento técnico orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales. Que, mediante el Decreto del Consejo Directivo Nº 010-2006-CONAM-CD, se aprueba la Directiva: “Metodología para la Zoni fi cación Ecológica y Económica”, la misma que en su numeral 2.3.3., señala: la Etapa de aprobación. Las propuestas de Zoni fi cación Ecológica y Económica-ZEE, concertada y consensuada, serán aprobadas por la autoridad competente en el nivel correspondiente: a) Nacional, es aprobada por Decreto Supremo de la Presidencia de Consejo de Ministros. b) Regional, la ZEE es aprobada por Ordenanza del Gobierno Regional respectivo. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 056- 2015-MINAM, se aprueba el documento denominado “Contenido mínimo de las disposiciones internas que regulan las Comisiones Técnicas de la Zoni fi cación Ecológica y Económica, en el ámbito regional y local”, norma que hace precisiones, sobre lo establecido, en el Reglamento de ZEE, acerca de la constitución y conformación de las Comisiones Técnicas y permite su articulación, con las normas de carácter nacional. Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 453 – GOB.REG/HVCA/CR del 22 de enero del 2021, se deroga la Ordenanza Regional Nº 158 – GOB.REG/HVCA/CR, el cual se modi fi ca, la conformación de la Comisión Técnica Regional de la Zoni fi cación Ecológica y Económica de la Región de Huancavelica, integrada por los diferentes representantes de las entidades públicas y privadas del departamento de Huancavelica, la mencionada comisión, conforme a su ordenanza tiene las siguientes funciones: a) “Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de Zoni fi cación Ecológica y Económica, a nivel regional y local, así como, los aspectos relacionados a la macro zoni fi cación nacional, b) Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación”. Que, dicho instrumento de gestión elaborado por la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión ambiental del Gobierno Regional de Huancavelica, concluye que, el “Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE del Departamento de Huancavelica”, permitirá conciliar los intereses nacionales de la conservación del patrimonio natural con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; orientar la formulación, aprobación y aplicación de Políticas Nacionales, Sectoriales, Regionales y Locales sobre el uso sostenible de los Recursos Naturales y del territorio; promover el sustento técnico para la formulación de los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial; fi nalmente se fortalecerá las capacidades de las autoridades para conducir la gestión de los espacios y los Recursos naturales de su jurisdicción; teniendo como fi nalidad orientar la toma de decisiones sobre los mejores uso del territorio, considerando las necesidades de la población que lo habita y en armonía con el ambiente; por lo que, Declara Procedente mediante Ordenanza Regional el “Reglamento para la Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE del Departamento de Huancavelica”. Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas, en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; y, con el voto MAYORITARIO de sus miembros; ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento para la Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica Económica (ZEE) del departamento de Huancavelica, el mismo que consta de Siete (07) Títulos, Treinta y Ocho (38) Artículos, Una (01) Disposiciones Complementarias Finales y Una (01) Disposiciones Finales Transitorias, en el marco de la Zoni fi cación Ecológica Económica - ZEE del Departamento de Huancavelica. Artículo Segundo.- DISPONER, al Gobierno Regional de Huancavelica y a las Gerencias Regionales de Huancavelica, así como, a los actores involucrados en el proceso de aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica del departamento de Huancavelica, tomen a las acciones necesarias, para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial, El Peruano y en el Portal electrónico del Gobierno Regional Huancavelica. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación, en el Diario O fi cial, El Peruano. Comuníquese, al señor Gobernador Regional, para su promulgación. En Huancavelica, a los 23 días del mes de diciembre, del dos mil veintiuno. TEOBALDO QUISPE GUILLEN Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando, se publique y cumpla.Dado, en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los 23 días del mes de diciembre del año, dos mil veintiuno. MACISTE ALEJANDRO DÍAZ ABAD Gobernador Regional 2047725-1 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Aprueban el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2022 del Gobierno Regional de Lima ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2021-CR/GRL VISTO:El Acuerdo de Consejo Regional Nº 209-2021-CR/ GRL de fecha 16 de noviembre de 2021, que resuelve en ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Ordenanza Regional que aprueba el “Plan de Acción de Seguridad Ciudadana 2022”, del Gobierno Regional de Lima.