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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2022 (17/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 17 de marzo de 2022 El Peruano / y el Informe Legal N° 125-2022-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas, en el portal de internet de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx. Estos informes son parte integrante de la presente Resolución. JAIME MENDOZA GACON Presidente del Consejo Directivo Anexo Modi fi caciones del Procedimiento Técnico del COES N° 22 “Reserva Rotante para Regulación Secundaria de Frecuencia” (PR-22), aprobado con Resolución N° 003-2020-OS/CD 1. Modi fi car el numeral 5.1.8 del PR-22 conforme a lo siguiente: “5.1.8 Determinar las liquidaciones económicas asociadas al servicio de RSF (Anexo IV) y publicar la información complementaria utilizada en su elaboración.” 2. Modi fi car el numeral 2.1 del Anexo IV del PR-22 conforme a lo siguiente: “2.1 COSTO DE OPORTUNIDAD: El costo de oportunidad será calculado por el COES para las unidades de generación proveedores del servicio de RS en cada periodo diario de programación del PDO. Para cada periodo diario de programación, el costo de oportunidad se calculará como la diferencia del bene fi cio neto obtenido de las asignaciones del Programa Diario de Operación sin y con Reserva para RS, de la siguiente forma: ࢛ࡻ࡯ǡ࢚ൌ ࢓ž࢕࢓࢏࢞൬൤࢙ࡻࡰࡼ ǡ࢛ǡ࢚െሺࢉࡻࡰࡼ ǡ࢛ǡ࢚െ࢚ࢼൈ࢛࡮࡭ࡾ ǡ࢚ൈ૛૝ ࢊ࢔൅࢚ࢻൈ࢛ࡿ࡭ࡾ ǡ࢚ൈ૛૝ ࢊ࢔ሻ൨ǡ૙൰ൈሺ࢛ࡼ࡯ࢍࡹ࡯ ǡ࢚െ࢛ࢂ࡯ǡ࢚ሻ ࢏ࡿǡ࢛ࡻ࡯ǡ࢚൏૙ ǡ࢛ࡻ࡯࢙ࢋࢉ࢔࢕࢚࢔ࢋ ǡ࢚ൌ૙  ࢛ࡻ࡯ǡࢊൌ෍࢛ࡻ࡯ ǡࢀ࢚ ࢚ Donde: t : Periodo de programación. nd : Número de periodos de programación en el día d. u : Unidad de Regulación Secundaria. COu,t : Derecho de cobro por Costo de Oportunidad de la URS u en el periodo t. COu,d : Derecho de cobro por Costo de Oportunidad de la URS u en el día d. PDOs,u,t : Producción de energía de la URS u, prevista en el Programa Diario de Operación, calculada sin tener en cuenta la provisión de RS en el sistema. PDOc,u,t : Producción de energía de la URS u, prevista en el Programa Diario de Operación, calculada teniendo en cuenta la provisión de RS en el sistema. CMgCPu,t : Costo Marginal de Corto Plazo de la barra de bornes de generación, correspondiente a la URS u en el periodo t. CVu,t : Costo variable de la URS u en el periodo t. RASu,t , RABu,t : Reserva Asignada a subir y bajar respectivamente de la URS u en el periodo t. αt, βt : Factores de utilización de reserva a subir y a bajar, para cada periodo de programación t. Se calcularán con las expresiones que se muestran a continuación, utilizando la información proveniente del AGC del COES. En caso el AGC se encuentre indisponible, el COES podrá utilizar la mejor información disponible. ߙ௧ൌσσ σ ൫ݔܽܯ൫ݐ݊݅݋݌ݐ݁ܵ ௚ǡ௦௘௚െݐ݊݅݋݌݁ݏܽܤ ௚ǡ௦௘௚ǡͲ൯ൈܲܨ ௚ǡ௦௘௚൯ீೆ ௚௎௨ௌ ௦௘௚ୀଵ σܵܣܴ௨ǡ௧௎ ௨ൈܵ ߚ௧ൌσσ σ ൫ݔܽܯሺݐ݊݅݋݌݁ݏܽܤ ௚ǡ௦௘௚െݐ݊݅݋݌ݐ݁ܵ ௚ǡ௦௘௚ǡͲሻൈܲܨ ௚ǡ௦௘௚൯ீೆ ௚௎௨ௌ ௦௘௚ୀଵ σܤܣܴ௨ǡ௧௎ ௨ ൈܵ Donde: U : Número total de URS habilitadas. GU : Número total de grupos de generación que conforman una URS. g : Unidad de generación de la URS.Basepoint g,seg : Potencia de referencia de generación del AGC para la unidad g en el segundo (seg). Setpointg,seg : Señal de potencia consigna del AGC para la unidad g en el segundo (seg). FPg,seg : Factor de presencia de RSF, es 1 cuando la unidad “g” brinda RSF producto de una asignación dada por el COES para cubrir la RSF del sistema, caso contrario tendrá el valor de 0. seg : Unidad de tiempo (segundos). S : Total de segundos en el periodo de programación t.” 2048815-1