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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2022 (31/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 163

163 NORMAS LEGALES Jueves 31 de marzo de 2022 El Peruano / al JNE, al cual accedió con las credenciales que se le otorgó para tal fi n. 9. Por tanto, el padrón de electores a fi liados de la organización política inscrita Movimiento Regional Agua –del departamento de Huancavelica– se encuentra expedito para la aprobación respectiva y posterior puesta a disposición de la ONPE, para la prosecución de la organización de las elecciones internas de las ERM 2022. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. APROBAR EL USO , para las elecciones internas de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, del padrón de electores a fi liados de la organización política inscrita Movimiento Regional Agua –del departamento de Huancavelica–, elaborado por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el cual contiene un total de 901 registros hábiles. 2. PONER A DISPOSICIÓN de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales el padrón de electores a fi liados de la organización política inscrita Movimiento Regional Agua –del departamento de Huancavelica–, que se encuentra alojado en el servidor informático <ftp://servicesftps.jne.gob.pe>, al cual se accede con las credenciales otorgadas para tal efecto. 3. PONER la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, así como del órgano electoral central de la organización política inscrita Movimiento Regional Agua –del departamento de Huancavelica–, para los fi nes pertinentes. 4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVA Sánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado mediante la Resolución N° 0927-2021-JNE, del 29 de noviembre de 2021. 2 Mediante las Resoluciones Gerenciales N° 00004-2022-GOECOR/ONPE y N° 00005-2022-GOECOR/ONPE, ambas del 22 de febrero de 2022, la ONPE tuvo por comunicadas las decisiones de las organizaciones políticas Partido Democrático Perú Unido y Perú Moderno, de dejar sin efecto sus convocatorias al proceso de elecciones internas, para las ERM 2022. 2053807-1 MINISTERIO PUBLICO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 535-2022-MP-FN Lima, 29 de marzo de 2022VISTOS:El O fi cio Nº 578 -2022-MP-FN-GG de la Gerencia General y el Informe Nº 136 -2022-MP-FN-GG-OGPLAP emitido por la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 641-2022-MP-FN-GG-OGPLAP-OPRES emitido por la O fi cina de Presupuesto; la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1637-2021-MP-FN; el O fi cio Nº 642-2021-CG/GAD cursado por la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; los Memorandos N° 065 y 107-2022-MP-FN-GG-OGFIN emitido por la O fi cina General de Finanzas; y el O fi cio Nº 404-2022-MP-FN-OGASEJ emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:El artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto Institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, establece que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, la misma que se publica en el diario o fi cial El Peruano, requiriéndose además en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. A través de la Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG publicada en el diario o fi cial El Peruano el 05 de noviembre de 2021, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, por el período a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo. La O fi cina General de Finanzas mediante los Memorandos N° 065 y 107-2022-MP-FN-GG-OGFIN señala en relación a las transferencias fi nancieras a la Contraloría General de la República, para designar a la Sociedad de Auditoria que se requieran, a través de Concurso Público de Méritos, para la realización de la auditoría fi nanciera gubernamental del Ministerio Público de los periodos 2021 y 2022, según lo precisado en el Ofi cio N° 642-2021-CG-GAD, a fi n de las acciones pertinentes en el presente Ejercicio Fiscal. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1637-2021-MP-FN de fecha 26 de noviembre de 2021, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 022: Ministerio Público, hasta por la suma de S/. 117 811,00 (CIENTO DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al 100% de la retribución económica (incluido IGV) para la contratación de la Sociedad de Auditoria que realizará la auditoria del periodo 2021 del Ministerio Público, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Conforme al O fi cio Nº 642-2021-CG/GAD de fecha 15 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República comunica a la O fi cina General de Finanzas, que de acuerdo a la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional