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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2022 (31/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 176

176 NORMAS LEGALES Jueves 31 de marzo de 2022 El Peruano / Artículo 2.- ESTABLECER por derecho administrativo de celebración del Matrimonio Civil Comunitario un único pago ascendente a la suma de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Soles). Artículo 3.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil Comunitario, deberán acreditarse de acuerdo con lo establecido en el artículo 248º del Código Civil. Artículo 4.- DISPENSAR de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los contrayentes que hayan cumplido con la presentación de la documentación requerida, y que se encuentren aptos para contraer matrimonio, en mérito a lo dispuesto en el artículo 252º del Código Civil. Artículo 5.- FACULTAR al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 6.- ENCARGAR a Secretaría General, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase;VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde 2053545-1 Establecen fecha de celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2022 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2022-MDL Lince, 30 de marzo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTO: El Informe Técnico Nº 00003-2022-MDL-SG, de fecha 30 de marzo de 2022, de la Secretaría General y el Informe N° 136-2022-MDL-GAJ, de fecha 30 de marzo de 2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 74° y 194° reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 467-2022-MDL, de fecha 29 de marzo de 2022, se autoriza la celebración del Matrimonio Civil Comunitario con motivo de celebrarse el 86° Aniversario de Creación Política del Distrito de Lince, el mismo que se llevará a cabo el día 18 de mayo de 2022, estableciéndose un único pago de S/ 50.00 (Cincuenta con 00/100 Soles) a las parejas que deseen contraer Matrimonio Civil Comunitario 2022, exonerando los demás derechos contemplados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, y dispensando de la publicación de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes; Que, es objetivo de nuestra Gestión Municipal, propiciar las bases sólidas para la formación de la familia, contribuir a su consolidación, fortalecimiento, protección y formalización como célula básica de la sociedad en concordancia con nuestro Ordenamiento Jurídico; también es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vínculos parentales y de protección a la familia, en armonía con lo consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política que establece como obligación del Estado proteger a la familia y promover el matrimonio por ser institutos naturales y fundamentales de la sociedad;Que, el Artículo Quinto de la precitada Ordenanza Nº 467-2022-MDL, dispone que, mediante Decreto de Alcaldía, se dictarán las disposiciones complementarias que sean necesarias para su adecuada aplicación; Que, mediante el Informe Técnico Nº 00003-2022-MDL-SG, de fecha 30 de marzo de 2022, la Secretaría General, remite la propuesta de Decreto de Alcaldía, sobre celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2022; Que, a través del Informe N° 136-2022-MDL-GAJ, de fecha 30 de marzo de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable a la propuesta de Decreto de Alcaldía, sobre celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2022; En uso de las facultades conferidas por los artículos 20º numeral 6) y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1.- ESTABLECER como fecha de celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2022, el día 18 de mayo de 2022, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto. Artículo 2.- ESTABLECER como requisitos indispensables para participar en el Matrimonio Civil Comunitario 2022, los documentos que a continuación se detallan: 1. Formato de Solicitud 2. Copia certi fi cada de la Partida de Nacimiento legible de cada uno de los contrayentes ó dispensa judicial. 3. Exhibición de documentos de identidad originales de los contrayentes, así como de los testigos (presenciales y no familiares). 4. Declaración jurada de los testigos de conocer a los contrayentes. 5. Certi fi cado médico de ambos contrayentes (vigencia tres meses luego de su expedición). 6. Declaración Jurada de domicilio de cada contrayente. 7. Recibo de pago del derecho por S/ 50.00 Soles. Para el caso de divorciados, viudos, menores de edad y extranjeros, la información será proporcionada en el área de Registro Civil de la Secretaría General de nuestra entidad. Artículo 3.- PRECISAR que las inscripciones del Matrimonio Civil Comunitario 2022, se realizarán a partir del 01 de abril al 13 de mayo de 2022. Artículo 4.- ENCARGAR a Secretaria General, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de acuerdo a sus competencias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde 2053546-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Prorrogan fechas de vencimiento para el pago anual total o fraccionado de la primera y segunda cuota del Impuesto Predial, así como la primera, segunda, tercera, cuarta y quinta cuota mensual de los arbitrios municipales del presente ejercicio fiscal; y dictan otras disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA N° 01-2022-MDR Rímac, 25 de marzo de 2022.