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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2022 (31/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 175

175 NORMAS LEGALES Jueves 31 de marzo de 2022 El Peruano / 2. Prorrogar hasta el 30 de abril de 2022 la fecha de Vencimiento del Pago al Contado del Impuesto Predial 2022, así como de la Primera Cuota del Impuesto Predial 2022 para su Pago Fraccionado; y de la Primera y Segunda cuota de los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2022. Asimismo, la fi nalidad de la prorroga es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción; Que, por el Informe N°150-2022-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la prórroga de la Ordenanza N°388/MLV de acuerdo a lo sustentado por la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal a través del Proveído N° 896-2022-GM/MLV Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20°, numeral 6 y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; SE DECRETA:Artículo 1°.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2022 el Incentivo por Pronto Pago del ítem 2 del artículo quinto de la Ordenanza N°388/MLV, descuento del 15% y 10% sobre los arbitrios municipales según el cuadro que se detalla en los considerandos. Artículo 2°.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2022 la fecha de vencimiento el pago al contado del impuesto predial 2022, así como de la primera cuota del impuesto predial 2022 para su fraccionamiento; y de la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales del ejercicio fi scal 2022, según lo establecido en el artículo 4° de la Ordenanza N° 388/MLV. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y demás áreas correspondientes garantizar el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 4°.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 2053144-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Autorizan celebración de Matrimonio Civil Comunitario con motivo de celebrarse el 86° Aniversario de Creación Política del distrito de Lince ORDENANZA Nº 467-2022-MDL Lince, 29 de marzo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y;VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza sobre Matrimonio Civil Comunitario 2022, en el Distrito de Lince, propuesto mediante el Informe N° 00005-2022-MDL/SG/RC, de fecha 22 de marzo de 2022, del área de Registro Civil de la Secretaría General; el Informe Técnico Nº 00002-2022-MDL-SG, de fecha 22 de marzo de 2022, de la Secretaria General; y el Informe Nº 125-2022-MDL-GAJ, de fecha 24 de marzo de 2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Perú establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, y promueven el Matrimonio, reconociéndolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, el Código Civil señala en el artículo 234º que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones del citado Código, a fi n de hacer vida común; Que, el numeral 16 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que es atribución del Alcalde, celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil; Que, es política de la actual Gestión Municipal, promover el matrimonio como institución social y jurídica, entre aquellas parejas que se encuentran en condición de contraer matrimonio civil para contribuir a la consolidación de la familia como célula básica de la sociedad, cautelando su legalidad y seguridad jurídica; Que, con motivo de Conmemorarse un Aniversario más de la Creación Política del Distrito de Lince, se propone la realización de la celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2022, para el día 18 de mayo de 2022; Que, mediante el Informe N° 00005-2022-MDL/SG/RC, de fecha 22 de marzo de 2022, el área de Registro Civil de la Secretaría General, precisa que para la realización de la celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2022, debe de tenerse en cuenta que el Concejo Municipal, mediante Ordenanza, es el que exonera a los usuarios del derecho de pago del Matrimonio Civil (incluye Apertura del Pliego Matrimonial), establecido en el TUPA vigente, que en este caso es de S/ 169.90 (Ciento Sesenta y Nueve con 90/100 soles) y deberá fi jar una tarifa social, que podría ser S/ 50.00 (Cincuenta con 00/100 soles), teniendo en cuenta que esta actividad está dirigida a personas de escasos recursos y se vieron afectados por la Pandemia del Covid-19, que venimos atravesando; Que, con el Informe Técnico Nº 00002-2022-MDL- SG, de fecha 22 de marzo de 2022, la Secretaria General, remite el proyecto de Ordenanza que Aprueba la Celebración de Matrimonio Civil Comunitario por el 86º Aniversario del Distrito de Lince; Que, a través del Informe Nº 125-2022-MDL-GAJ, de fecha 24 de marzo de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto al proyecto de Ordenanza que Aprueba la Celebración de Matrimonio Civil Comunitario por el 86º Aniversario del Distrito de Lince; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9°numeral 8) y artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal con el VOTO UNÁNIME, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO POR EL 86º ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE LINCE Artículo 1.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Civil Comunitario con motivo de celebrarse el 86° ANIVERSARIO DE CREACIÓN POLÍTICA DEL DISTRITO DE LINCE, el mismo que se llevará a cabo el día miércoles 18 de mayo de 2022.