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179 NORMAS LEGALES Jueves 31 de marzo de 2022 El Peruano / estableciendo su vigencia a partir del día siguiente de la publicación de dicha norma en el diario o fi cial El Peruano y hasta el 31 de diciembre de 2021; Que, asimismo, mediante la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 550-MSI, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de dicha Ordenanza, así como aprobar y determinar la prórroga de su vigencia; en concordancia con el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades que indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, en concordancia con dicha normativa, por Decreto de Alcaldía N° 029-2021-ALC/MSI, publicado el 31 de diciembre de 2021, se prorrogó, hasta el último día hábil del mes de marzo de 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 550-MSI; Que, en este contexto, estando a la continuación de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional y del Estado de Emergencia Nacional declaradas a consecuencia del brote del COVID-19 y acorde con sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, con los documentos del visto, la Gerencia de Rentas propone la prórroga, hasta el último día hábil del mes de junio de 2022, de la vigencia de la Ordenanza N° 550-MSI; a fi n de contribuir en la reducción de las consecuencias económicas que les podrían generar a los contribuyentes del distrito las medidas extraordinarias adoptadas por el Gobierno por la existencia del COVID-19; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Fiscalización Administrativa y la Subgerencia de Operaciones de Fiscalización; Que, por tales consideraciones, de conformidad con la facultad de establecer normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades, y de dictar disposiciones para la prórroga del plazo de los bene fi cios contenidos en la Ordenanza N° 550-MSI, establecida en la Sexta Disposición Complementaria Final de la misma norma municipal; corresponde aprobar la segunda prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 550-MSI; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Rentas, Gerencia de Fiscalización Administrativa, Subgerencia de Operaciones de Fiscalización, y Gerencia de Asesoría Jurídica, a través de los documentos del visto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias, y la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 550-MSI; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el último día hábil del mes de junio de 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 550-MSI, Ordenanza que aprueba el bene fi cio extraordinario en el marco de la emergencia sanitaria para el pago de deudas por multas administrativas en el distrito de San Isidro; prorrogada por Decreto de Alcaldía N° 029-2021-ALC/MSI. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, sus Subgerencias, la Gerencia de Fiscalización Administrativa y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde 2053485-1MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 417-MDSJL, que establece el “Incentivo tributario por pronto pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2022, en el distrito de San Juan de Lurigancho”, y dictan otras disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2022-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 24 de marzo del 2022.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO:El Memorando Nº 227-2022-GM/MDSJL, de fecha 23 de marzo del 2022, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Legal Nº 043-2022-GAJ/MDSJL, de fecha 21 de marzo del 2022, expedido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 0016-2022-GAT/ MDSJL, de fecha 14 de marzo del 2022, elaborado por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 062-2022-SGRyOT-GAT/MDSJL, de fecha 10 de marzo del 2022, emitido por la Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria, mediante el cual se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 417-MDSJL, que otorga el “Incentivo tributario por el pronto pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2022, en el distrito de San Juan de Lurigancho”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 417-MDSJL, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 03 de febrero del 2022, se aprobó el incentivo tributario por el pronto pago de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2022, en el distrito de San Juan de Lurigancho; como también los vencimientos tributarios del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales; asimismo, en la Séptima Disposición Transitoria y Final de la indicada Ordenanza se faculta al Alcalde para que dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la ordenanza, así como para aprobar y determinar la prórroga de su vigencia; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2022-A/ MDSJL, de fecha 22 de febrero del 2022, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 417-MDSJL, ordenanza que aprobó el “Incentivo tributario por el pronto pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2022, en el distrito de San Juan de Lurigancho” hasta el 31 de marzo del 2022; Que, a través del Informe Nº 062-2022-SGRyOT-GAT/ MDSJL, de fecha 10 de marzo del 2022, la Sub Gerencia de Registro y Orientación Tributaria, propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 417-MDSJL, que establece el “Incentivo tributario por el pronto pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2022, en el distrito de San Juan de Lurigancho”, como también el plazo para la presentación de la Declaración Jurada establecido en el inciso a) del artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la fecha de vencimiento para el pago al contado o primera cuota del Impuesto Predial y la primera cuota bimestral de Arbitrios Municipales del ejercicio 2022, por los motivos allí expresados que se resumen en establecer políticas y mecanismos que fl exibilicen el cumplimiento de las mismas, situación que es corroborada en el informe de la Gerencia de