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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2022 (19/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 19 de mayo de 2022 El Peruano / concepto debe ser fi nanciado con cargo al presupuesto del año fi scal respectivo; Que, con O fi cio Nº 1163/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina solicita al Ministerio de Defensa autorizar el pago a favor del Alférez de Fragata José Carlo NAVARRO BASTO, por el concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, del 1 de enero de 2022 al 16 de julio del 2023, debido a que continúa realizando estudios en el extranjero y ostenta el grado de Alférez de Fragata; Que, de acuerdo con el documento Nº 002-2022 del Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú, se detalla el presupuesto asignado para la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, el mismo que, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Disponibilidad Presupuestaria N° 002- 2022, emitida por el Jefe de la O fi cina de Planes Programas y Presupuesto de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra y la Certi fi cación de Crédito Presupuestario NOTA N° 0000000165, se detalla el presupuesto asignado para el pago de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, el mismo que se efectuará con cargo el presupuesto del sector público para el año fi scal 2022, de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero que percibe el personal militar y civil del Sector Defensa nombrado en Misión de Estudios, Comisión del Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado será calculado en base a la determinación establecida para la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero que percibe el personal militar nombrado en misión diplomática, y que se señala en el Anexo 3 del citado decreto supremo; Que, el segundo párrafo del citado numeral establece que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, con el Informe Legal Nº 00679-2022-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice a la Marina de Guerra a efectuar, con cargo al presupuesto institucional del año fi scal 2022, los pagos por el concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2022, a favor del Alférez de Fragata José Carlo NAVARRO BASTO; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1. Autorizar a la Marina de Guerra del Perú a efectuar los pagos, con cargo al presupuesto institucional del año fi scal 2022, a favor del Alférez de Fragata José Carlo NAVARRO BASTO, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2022; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: € 4,210.42 x 12 Meses (enero-diciembre) x 1 persona € 50,525.04 TOTAL A PAGAR € 50,525.04 Artículo 2.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 3.- Los pagos por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, correspondiente al período del 1 de enero al 16 de julio de 2023, a favor del Alférez de Fragata José Carlo NAVARRO BASTO, serán fi nanciados con cargo al presupuesto institucional del año fi scal respectivo, correspondiente a la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú. Regístrese, comuníquese y archívese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2067933-1 Autorizan viaje de personal militar FAP a los Estados Unidos de América, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0390-2022-DE Lima, 18 de mayo de 2022 VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 000357-2022-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01070-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00697-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, con O fi cio Nº 0331/MAAG/AFSEC-ENT, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace de conocimiento a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú la disponibilidad de varios cursos de capacitación a llevarse a cabo durante el año 2022, en diferentes escuelas militares de los Estados Unidos de América, entre los cuales se encuentra el considerado el Curso de Jefe de Máquina de Helicópteros, a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas(IAAFA), ubicada en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, el 20 de mayo al 11 de agosto y del 16 de setiembre al 8 de diciembre de 2022; Que, a través del Informe Legal Nº 003-2022-LOAJ, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la