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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2022 (19/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 19 de mayo de 2022 El Peruano / Técnico de Segunda FAP Robin Leopoldo CASTILLO CALLIRGOS Titular DNI: 10558656 NSA: S-60858698Técnico de Primera FAP Rubén Edgar VERGARA LUJERIO SuplenteDNI: 43305368 NSA: S-60811395 Segundo curso: Del 16 de setiembre al 8 de diciembre de 2022Salida del país el 15 de setiembre y retorno el 9 de diciembre de 2022 Subo fi cial de Tercera FAP Yomaly del Pilar ALDAVE PÉREZ Titular DNI: 48075839 NSA: S-18071614Técnico de Primera FAP Rubén Edgar VERGARA LUJERIO TitularDNI: 43305368 NSA: S-60811395Subo fi cial de Tercera FAP Lisbeth ESPINOZA LLAMOZA Suplente DNI: 72359571 NSA: S-61180116 Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo al siguiente concepto: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: Primer curso US$ 5,091.13 / 31 x 12 días x 1 persona x 20% US$ 394.15US$ 5,091.13 x 2 meses x 1 persona x 20% US$ 2,036.45US$ 5,091.13 / 31 x 11 días x 1 persona x 20% US$ 361.31 Total a pagar US$ 2,791.91Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: Segundo curso US$ 5,091.13 / 30 x 15 días x 2 personas x 20% US$ 1,018.20US$ 5,091.13 x 2 meses x 2 personas x 20% US$ 4,072.90US$ 5,091.13 / 31 x 8 días x 2 personas x 20% US$ 525.54 Total a pagar US$ 5,616.64 Total general a pagar US$ 8,408.55 Artículo 4.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y vuelta, tarifa única de uso de aeropuertos, alojamiento y alimentación, a excepción de transporte local para los participantes, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual es reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 7.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 8.- El personal designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 9.- - El citado personal militar está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2068589-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Jefe de la Unidad de Administración del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 00053-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI Lima, 18 de mayo de 2022VISTO:El Memorando Nro. 01270-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/ PSI-UADM, el Informe Nro. 00238-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UADM-RRHH de la Unidad de Administración y el Informe Legal N° 0212-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28675 se establece que la Unidad Ejecutora 006: Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, sustituye para todos los efectos a la Unidad Ejecutora 006: Unidad de Coordinación del Proyecto Subsectorial de Irrigación UCPSI y la Unidad Ejecutora 006 PSI se encarga de desarrollar las actividades del Programa de Riego Tecni fi cado, así como aquellas que venía ejecutando la Unidad Ejecutora UCPSI en el marco de los compromisos asumidos con organismos internacionales, concertados y en proceso, además de las actividades que se le encargue al Sector en materia de riego; Que, mediante Decreto Supremo Nº 098-2021-PCM, se aprueba la cali fi cación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo que dependen de cada ministerio, en cuyo anexo se cali fi ca al PSI, como Programa del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0084-2020-MINAGRI se aprueba los Lineamientos de Gestión de la Unidad Ejecutora Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI; Que, el literal i) del numeral 2.1 de los Lineamientos de Gestión de la Unidad Ejecutora Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0084-2020-MINAGRI, dispone que es función de la Dirección Ejecutiva designar al personal de con fi anza de la Entidad; Que, mediante el Memorando N° 1270-2022-MIDAGRI- DVDAFIR/PSI-UADM que contiene el Informe N° 00195-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UADM-RRHH elaborado por la Coordinación de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, se informa que se ha realizado la veri fi cación de la hoja de vida del señor Gerardo Alfonso Malca Vargas, concluyendo que cumple con los requisitos mínimos establecidos en la Resolución Directoral Nro. 0167-2019-MINAGRI-PSI; Que, asimismo la Unidad de Administración informa que, “La plaza del Jefe de la Unidad de Administración, se encuentra vacante y con registro activo en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y