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36 NORMAS LEGALES Sábado 21 de mayo de 2022 El Peruano / Artículo 2.- La O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud realiza el monitoreo, seguimiento y evaluación de la implementación del documento aprobado en el Artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación del Plan Operativo Institucional Multianual - POI Multianual 2023-2025 del Pliego 011: Ministerio de Salud en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2069531-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban el “Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2023-2025 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)”, conforme a los Reportes del POI obtenidos del Aplicativo CEPLAN V.01 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 132-2022-TR Lima, 20 de mayo de 2022VISTOS: El Acta N° 002-2022-CPEMTPE de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Memorando N° 0331-2022-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0178-2022-MTPE/4/9.1 de la O fi cina de Planeamiento e Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0402-2022-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece, entre otros, que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, así como determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, orientado al desarrollo de la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país, y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho, formando parte integrante de dicho Sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);Que, a través del artículo 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 075-2021-TR, se aprueba la ampliación al 2025 de las metas del “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2023 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo” y se aprueba la ampliación al 2025 de las metas del “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2023 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”, respectivamente; Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la misma que tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la sección 6 de la precitada guía establece que la entidad debe elaborar y aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual con la fi nalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (3) años, respetando el periodo de vigencia del Plan Estratégico Institucional (PEI); Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00031-2022/CEPLAN/PCD, se prorroga el plazo de la sección 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, estableciendo el 20 de mayo de 2022 como plazo para la aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2023-2025; Que, a través del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 073-2018-TR, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. En el artículo 2 de la citada Resolución se establece, entre otras, la función de validar los documentos del Planeamiento Estratégico Institucional – PEI y del Plan Operativo Institucional – POI, para su aprobación por el Titular de la entidad; Que, mediante Acta N° 002-2022-CPEMTPE, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, acuerda validar la propuesta del “Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2023-2025 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)”; Que, a través del Memorando N° 0331-2022-MTPE/4/9, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 0178-2022-MTPE/4/9.1, de la O fi cina de Planeamiento e Inversiones, que contiene la propuesta del “Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2023- 2025 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)”, emitiendo opinión técnica favorable para su aprobación; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo N° 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de