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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2022 (21/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 21 de mayo de 2022 El Peruano / 368, 304.00 (Ciento Treinta y Dos Millones y Trescientos Sesenta y Ocho Mil y Trescientos Cuatro y 00/100 Soles), por toda Fuente de Financiamiento, sujeto a habilitaciones y anulaciones durante el año fi scal 2022; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, dispone que “[l]as entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego” ; Que, el mismo artículo, también señala que las “[t] ransferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web” ; Que, en virtud a lo dispuesto por la antes referida normativa, la Contraloría General de la República mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante O fi cio Nº 000701-2021-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita al IPD efectuar la transferencia fi nanciera a su favor para la contratación de la Sociedad de Auditoría correspondiente, por el 100% de la retribución económica que incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV) del periodo 2022, por el importe total de S/ 125,363.00 (Ciento Veinticinco Mil Trescientos Sesenta y Tres y 00/100 soles); Que, con Memorando Nº 000683-2022-OGA/IPD, la Ofi cina General de Administración solicitó la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 000522, por el importe de S/ 125,363.00 (Ciento Veinticinco Mil Trescientos Sesenta y Tres y 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, a fi n de atender la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el periodo auditado 2022; Que, la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación, mediante Memorando N° 000459-2022-OPP/IPD, hace suyo el Informe N° 000041-2022-UPTO/IPD emitido por la Unidad de Presupuesto a su cargo, a través del cual emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, al haberse aprobado la certi fi cación de crédito presupuestario N° 000522 por el monto solicitado y al encontrarse acorde a la normativa vigente; Que, mediante Informe N° 000270-2022-OAJ/IPD, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, según lo solicitado y sustentado por la O fi cina General de Administración, considerando que se encuentra acorde a lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, por lo que corresponde a la Presidencia del IPD, en su calidad de Titular del Pliego, emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con las facultades previstas en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias; Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, y; Con el visto de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General del Instituto Peruano del Deporte; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, Unidad Ejecutora 001: Instituto Peruano del Deporte, por la suma de S/ 125,363.00 (Ciento Veinticinco Mil Trescientos Sesenta y Tres y 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el 100% de la retribución económica que incluye el IGV del periodo 2022. Artículo 2.- Destino de los Recursos Precisar que los recursos de la transferencia fi nanciera a la que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Responsabilidad Encargar a la O fi cina General de Administración, como responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera, en el ámbito de su competencia. Artículo 4.- Notifi cación Notifi car la presente resolución a la O fi cina General de Administración y a la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación del Instituto Peruano del Deporte, para los fi nes correspondientes. Artículo 5.- Publicación Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd), y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAXIMO ENRIQUE PEREZ ZEVALLOS Presidente 2069102-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL, para el financiamiento de prestaciones de salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 106-2022/SIS Lima, 20 de mayo de 2022VISTOS: El O fi cio Nº 504-2022-SIS-FISSAL/J de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud; el Informe Nº 003-2022-SIS-FISSAL/DIF-AALL con Proveído Nº 163-2022-SIS-FISSAL/DIF de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo del FISSAL; el Informe Nº 032-2022-SIS-FISSAL/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL; el Informe Nº 055-2022-SIS-FISSAL/OAJ-JAVD con Proveído Nº 055-2022-SIS-FISSAL/OAJ de la O fi cina de