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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2022 (26/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Jueves 26 de mayo de 2022 El Peruano / previamente remiten su Plan Estratégico Institucional (en adelante PEI) al Órgano de Planeamiento Estratégico Sectorial perteneciente al Sector al cual se encuentra adscrito o el que haga sus veces, correspondiendo a este órgano elaborar un primer informe de validación sobre la consistencia y coherencia del PEI del Pliego con las políticas y planes bajo competencia del Sector, luego de lo cual, dicho informe junto al PEI es remitido por el Pliego mediante correo electrónico al CEPLAN, para que veri fi que y valide la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emita un informe técnico que contenga la Evaluación de Diseño del PEI; indicándose además, que luego de contar con dicho informe, el/la Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000098-2019-IRTP-PE, de fecha 21 de noviembre de 2019, se reconforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del IRTP; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000044-2021-IRTP-PE, de fecha de fecha 23 de abril de 2021, se formalizó la aprobación del Plan Estratégico Institucional 2017-2024 ampliado del IRTP; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, mediante el O fi cio N° D0000012-2022-IRTP-OPP, a través del cual, hace suyo el contenido del Informe N° D000009- 2022-OPP-JRD, informa que, se ha elaborado el proyecto de PEI 2023-2026 del IRTP, siguiendo los lineamientos metodológicos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, con la participación de la Comisión y el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico del IRTP; y, atendiendo a la necesidad de contar con un PEI cuyo periodo de cobertura al Plan Operativo Interinstitucional Multianual 2023 - 2026, que corresponde a la entidad aprobar hasta el 20 de mayo de 2022, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 6.2 de la Guía, puesto que, el periodo del PEI vigente comprende los años 2017 al 2024; Que, mediante Acuerdo N° 009-03-2022-CD/IRTP, de fecha 29 de abril de 2022, el Consejo Directivo del IRTP aprueba el proyecto de PEI 2023-2026 del IRTP, elaborado por la Comisión de Planeamiento Estratégico, conforme con lo dispuesto en el literal a) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del IRTP, Que, a través del O fi cio N° 000099-2022-OGPP/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura adjunta el Informe N° 000025-2022-OPL/MC, mediante el cual, la O fi cina de Planeamiento de la citada O fi cina emite opinión técnica favorable sobre la consistencia y coherencia del proyecto de PEI 2023-2026 del IRTP con las políticas y planes bajo competencia del sector; Que, con O fi cio N° D000332-2022-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN adjunta el Informe Técnico N° 000129-2022-CEPLAN-DNCPPEI, mediante el cual, se valida y veri fi ca que, el proyecto de PEI 2023- 2026 del IRTP, ha sido elaborado en aplicación a las orientaciones que establece la Guía; recomendando, entre otros, continuar con los trámites correspondientes para su aprobación mediante acto resolutivo y disponer su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante Informe N° D000088-2022-IRTP-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica concluye que, conforme al marco normativo; y, en mérito al informe técnico emitido por la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura y a lo señalado por el CEPLAN como Organismo Técnico rector del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; resulta legalmente viable emitir al acto resolutivo que apruebe el PEI 2023-2026 del IRTP; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5.7 de la sección 5 de la Guía, concordante con el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del IRTP, corresponde a la Presidencia Ejecutiva, emitir el acto resolutivo de aprobación del PEI y disponer su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, en mérito de lo expuesto, resulta necesario emitir la Resolución que apruebe el PEI 2023 – 2026 del IRTP; Con el visto de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con lo establecido en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD que aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional” y sus modi fi catorias y el Reglamento de Organización y Funciones del IRTP aprobado mediante Decreto Supremo N° 056-2001-ED y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2023 – 2026 del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000044-2021-IRTP-PE, así como, toda disposición normativa que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución, a partir del 01 de enero de 2023. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Informática y Estadística publique la presente Resolución y el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2023 – 2026 del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSEPH ELIAS DAGER ALVA Presidente Ejecutivo 2070960-1 Aprueban el “Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2023 - 2025 del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° D000032-2022-IRTP-PE Lima, 20 de mayo de 2022VISTOS: el Informe N° D000044-2022-IRTP-OPP emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° D000092-2022-IRTP-OAJ emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, es organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura, cuya fi nalidad es colaborar con la política del Estado en la educación y en la formación moral y cultural de los peruanos, teniendo como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, que fue modi fi cada por Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017/CEPLAN/PCD, N° 00053-2018/CEPLAN/PCD, N° 00016-2019/CEPLAN/PCD, N° 00011-2020/CEPLAN/PCD y N° 00013-2020/CEPLAN/PCD, N° 006-2021-CEPLAN/PCD, N° 00022-2021- CEPLAN/PCD y N° 00031-2021-CEPLAN/PCD (en adelante la Guía); Que, la sección 6 de la Guía, establece que el Plan Operativo Institucional (POI) comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales de fi nidas en el Plan Estratégico Institucional (PEI), por un periodo no menor de tres (3) años respetando el periodo de vigencia del PEI;