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20 NORMAS LEGALES Jueves 26 de mayo de 2022 El Peruano / ENERGIA Y MINAS Aceptan renuncia de Secretario General del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 172-2022-MINEM/DM Lima, 25 de mayo de 2022VISTO: La Carta S/N de fecha 23 de mayo de 2022, presentada por el señor Loly Wider Herrera Lavado; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 045-2022-MINEM/DM, se designó al señor Loly Wider Herrera Lavado como Secretario General del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de confianza; Que, el señor Loly Wider Herrera Lavado ha formulado renuncia al citado puesto, por lo que corresponde aceptarla; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir del 26 de mayo de 2022, la renuncia formulada por el señor Loly Wider Herrera Lavado al puesto de Secretario General del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2070986-1 Designan Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 173-2022-MINEM/DM Lima, 25 de mayo de 2022 VISTOS: El Informe N° 203-2022/MINEM-OGA- ORH de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe N° 453-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de con fi anza de Secretario(a) General del Ministerio de Energía y Minas, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransaenz como Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2070986-2 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Amplían vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de actualizar la Política Nacional contra el Lavado de Activos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0171-2022-JUS Lima, 25 de mayo de 2022VISTOS; el Informe N° 00001-2022-GTM-UIF, de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de elaborar la propuesta de actualización de la Política Nacional contra el Lavado de Activos, a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; el Informe N° 0185-2022-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 451-2022-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece en su artículo 4, que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que conforme a la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene entre sus funciones rectoras, la de formular, ejecutar y supervisar las políticas nacionales que le son propias por su ámbito de competencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0132-2021-MINJUS, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 16 de julio de 2021, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, con el objeto de elaborar la propuesta de actualización de la Política Nacional contra el Lavado de Activos; Que, el artículo 6 de la mencionada resolución ministerial dispone que la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), quien asume la responsabilidad de coordinar las acciones conducentes a la elaboración de la propuesta; Que, asimismo, el artículo 7 de la citada resolución ministerial, establece que dicho Grupo de Trabajo tiene una vigencia de ciento veinte (120) días hábiles contados a partir de su instalación, la misma que puede prorrogarse; Que, en el marco de la metodología establecida en la Guía de Políticas Nacionales, actualmente la elaboración de la propuesta de actualización de la Política Nacional contra el Lavado de Activos se encuentra en la fase de diseño, encontrándose pendiente el inicio de la fase de formulación; Que, asimismo la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, señala que resulta necesario prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, con el objeto de culminar la formulación de la