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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (05/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 5 de noviembre de 2022 El Peruano / el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales, hasta por el monto de S/ 691 502 062,00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS DOS MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otras fi nalidades, lo establecido en el literal f) del citado numeral, referido al pago de las pensiones bajo el régimen del Decreto Ley Nº 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990, a favor de los profesores comprendidos dentro de la Carrera Pública Magisterial, en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; Que, asimismo, los numerales 47.2 y 47.4 del artículo 47 de la Ley Nº 31365, establecen que dichas modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último y de conformidad con las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia, debiendo publicarse hasta el 26 de noviembre de 2022; para lo cual, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los gobiernos regionales de lo dispuesto en el artículo 6 de la citada Ley; Que, mediante los O fi cios Nº 484-2022-MINEDU/DM y Nº 00084-2022-MINEDU/SPE, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar el pago de las pensiones bajo el régimen del Decreto Ley Nº 20530 a favor de cuarenta y tres (43) profesores comprendidos dentro de la Carrera Pública Magisterial, regulado por la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, que cesaron en el año 2022, conforme a lo previsto en el literal f) del numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 01330-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando Nº 0508-2022-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, adjunta el Informe Nº 1529-2022-EF/53.05, por medio del cual señala que a partir de la información contenida en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y a la información remitida por el Ministerio de Educación, se ha veri fi cado que los cuarenta y tres (43) bene fi ciarios son ex-profesores que pertenecieron al régimen laboral de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y tienen como régimen previsional el Decreto Ley Nº 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990; por lo que, la proyección del costo para el pago de las pensiones en el año 2022 de los profesores cesados, correspondiente a los gobiernos regionales, ascendería a la suma de S/ 989 916,00 (NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES); Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 989 916,00 (NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 47.1, 47.2 y 47.4 del artículo 47 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 989 916,00 (NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar el pago de pensiones bajo el régimen del Decreto Ley Nº 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990, a favor de cuarenta y tres (43) profesores comprendidos dentro de la Carrera Pública Magisterial, regulado por la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, que cesaron en el año 2022, conforme a lo previsto en el literal f) del numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y Técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 989 916,00 ========= TOTAL EGRESOS 989 916,00 ========= A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 989,916.00 ========= TOTAL EGRESOS 989,916.00 ========= 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas por pliego, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos regionales para fi nanciar el pago de las pensiones bajo el régimen del Decreto Ley Nº 20530 a favor de cuarenta y tres (43) profesores comprendidos dentro de la Carrera Pública Magisterial, en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, que cesaron en el año 2022”, que forma parte integrante del presente decreto supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente decreto supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección