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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (05/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Sábado 5 de noviembre de 2022 El Peruano / y/o semipresencialidad del servicio educativo en los Centros de Educación Técnico-Productiva e Institutos y Escuelas de Educación Superior, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”, cuyo objetivo es establecer orientaciones para contribuir a la implementación del retorno progresivo a la presencialidad y/o semipresencialidad de la prestación del servicio educativo en los Centros de Educación Técnico-Productiva, e Institutos y Escuelas de Educación Superior públicos y privados, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19; Que, la Centésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza, de manera excepcional, al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional del Año Fiscal 2022, a efectuar la contratación de planes de datos (recarga de servicio de internet), a través de la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, a favor de estudiantes y docentes de instituciones públicas de educación técnico-productiva y superior pedagógica, tecnológica y artística, con la fi nalidad de promover el uso de entornos virtuales de aprendizaje para facilitar el acceso al servicio educativo y de garantizar la continuidad de este, en el marco de las acciones preventivas ante el riesgo de propagación del COVID-19. Además, dispone que el Ministerio de Educación, a través de una resolución de su Titular, aprueba los criterios para la focalización de los estudiantes y docentes bene fi ciarios, entre otras disposiciones necesarias para su implementación; Que, por Resolución Ministerial N° 223-2022-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para la focalización de estudiantes y docentes de instituciones de educación técnico-productiva y superior pedagógica, tecnológica y artística públicas como bene fi ciarios/as del servicio de internet, así como para su asignación y reasignación”; cuyo numeral 6.3 dispone que para la asignación del servicio de internet en el primer mes, el/la directora/a de la institución educativa registra en la herramienta web la información declarada por los/las bene fi ciarios/as seleccionados del servicio de internet, en un plazo no mayor a ocho (8) días calendario, contado a partir del día siguiente de publicado el citado documento normativo, a fi n de otorgar el servicio de internet a sus bene fi ciarios; Que, bajo dicho marco normativo, las instituciones educativas cumplieron parcialmente la etapa de registro de bene fi ciarios, reportando información únicamente del 24.60% de total de cuotas asignadas para los y las bene fi ciarios/as del servicio de internet, quedando vacante 75.40%. En ese sentido, se advierte que la respuesta ante el servicio de internet no tuvo la acogida esperada por parte de las instituciones educativas, sin que estas hayan reportado alguna contingencia en el servicio educativo originada por la ausencia de dicho servicio de internet, por tanto; no resulta necesario continuar con la implementación de la estrategia del servicio de internet; Que, en virtud de lo señalado, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística de forma conjunta con la Dirección General de Desarrollo Docente, remitieron al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00010-2022-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, complementado con el O fi cio N° 00951-2022-MINEDU/ VMGP-DIGESUTPA y el Informe N° 00012-2022-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, a través de los cuales se sustenta la necesidad de derogar la Resolución Ministerial N° 223-2022-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para la focalización de estudiantes y docentes de instituciones de educación técnico productiva y superior pedagógica, tecnológica y artística públicas como bene fi ciarios/as del servicio de internet, así como para su asignación y reasignación”; Que, a través del Informe N° 01094-2022-MINEDU/SG- OGAJ, rati fi cado con el O fi cio N° 00563-2022-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable a la propuesta, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 223-2022-MINEDU que aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para la focalización de estudiantes y docentes de instituciones de educación técnico-productiva y superior pedagógica, tecnológica y artística públicas, como bene fi ciarios/as del servicio de internet, así como para su asignación y reasignación”. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2122074-1 Designan Jefa de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 457-2022-MINEDU Lima, 4 de noviembre de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe(a) de la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora JOHANA NATALI BARRERA RAMIREZ en el cargo de Jefa de la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2122076-1 Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 144-2022-MINEDU Lima, 4 de noviembre de 2022