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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (13/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Domingo 13 de noviembre de 2022 El Peruano / idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; y, señala en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31419, cuando corresponda, las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Per fi les de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento en cuestión; Que, mediante Informe N° 169-2022-OEP-OGA/ INS, la O fi cina Ejecutiva de Personal de la O fi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, propone y sustenta la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Instituto Nacional de Salud, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, y a lo dispuesto en la Ley N° 31419 y su Reglamento; asimismo, mediante Informe N° -2022-OEO-OGAT/INS, la O fi cina Ejecutiva de Organización de la O fi cina General de Asesoría Técnica, emite opinión favorable en el marco de su competencia; Que, mediante Proveído N° 423-2022-OGAT/INS e Informe N° 047-2022-OEO-OGAT/INS, la O fi cina General de Asesoría Técnica, según informe de la O fi cina Ejecutiva de Organización, emite la Opinión Favorable del alineamiento de los cargos consignados en la propuesta de actualización/modi fi cación del Manual de Clasi fi cación de Cargos del INS con la estructura orgánica establecida en el ROF vigente del INS aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2003-SA. Que, a través del Informe N° 020-2022-IZP-OGAJ/ INS con Proveído N° 147-2022-DG-OGAJ/INS, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que aprueba la Actualización y modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Instituto Nacional de Salud; Que, de acuerdo al numeral 6.1.7 de la Directiva, la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, eleva la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; de obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC; asimismo, conforme al numeral 5.1 de la Directiva, el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH); Que, en ese sentido, corresponde al Jefe Institucional aprobar la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Instituto Nacional de Salud, conforme a lo propuesto por la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; Con el visado de la O fi cinas Ejecutivas de Personal, de Organización y de las O fi cinas Generales de Administración, de Asesoría Técnica, de Asesoría Jurídica y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; De conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 001-2003-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud; y la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación del Personal Provisional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N°000150-2021-SERVIR-PE y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA;SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR , el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Instituto Nacional de Salud, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 260-2010-J-OPE/INS, de fecha 18 de octubre del 2010, que aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Instituto Nacional de Salud y sus modi fi catorias, aprobadas con las Resoluciones Jefaturales Nº 014-2011-J-OPE/INS, Nº 008-2012-J-OPE/INS, Nº 120-2013-J-OPE/INS, Nº 179-2015-J-OPE/INS, Nº 320-2015-J-OPE/INS, Nº 138-2016-J-OPE/INS, Nº 077-2017-J-OPE/INS, Nº 270-2017-J-OPE/INS, Nº 188-2018-J-OPE/INS, Nº 199-2020-J-OPE/INS, Nº 251-2020-J-OPE/INS y Nº 112-2021-J-OPE/INS y Nº 204-2021-J-OPE/INS. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como la publicación de la Resolución y su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de salud (www.ins.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR JAVIER SUAREZ MORENO Jefe 2124422-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Desestiman solicitud de la empresa Electro Oriente S.A. y resuelven no modificar el Plan de Inversiones 2021 - 2025 correspondiente a las Áreas de Demanda 2 y 4, a partir del pedido de dicha empresa RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 200-2022-OS/CD Lima, 11 de noviembre de 2022CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución N° 126-2020-OS/CD publicada el 28 de agosto de 2020, se aprobó el Plan de Inversiones en Transmisión para el periodo mayo 2021 – abril 2025, el cual fue posteriormente reemplazado con Resolución N° 191-2020-OS/CD, publicada el 5 de noviembre de 2020, por Área de demanda y por cada titular que la conforma, al amparo de lo previsto en el artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM (“RLCE”); Que, dentro del Plan de Inversiones aprobado, se consideró, entre otros aspectos, la proyección de la demanda para el periodo 2021-2025, la de fi nición del Sistema Eléctrico a Remunerar, la determinación de la inversión asociada, el titular responsable y el plazo para su ejecución; Que, en el numeral VII) del literal d) del artículo 139 del RLCE, se señala que: “en la eventualidad de ocurrir cambios signi fi cativos en la demanda proyectada de electricidad, o modi fi caciones en la con fi guración de las redes de transmisión aprobadas por el Ministerio, o en las condiciones técnicas o constructivas, o por otras razones debidamente justi fi cadas, respecto a lo previsto en el Plan de Inversiones vigente, el respectivo titular podrá solicitar