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72 NORMAS LEGALESMiércoles 16 de noviembre de 2022 El Peruano / forma, el numeral 3 de la parte resolutiva determinó que: […] 3.2. Si el alcalde solicita licencia, el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume inmediatamente las funciones del titular, mientras dure la licencia. 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 4 (en adelante, Reglamento) 1.6. El artículo 16 contempla lo siguiente: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación […] [resaltado agregado]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. El 6 de junio de 2022, el señor alcalde y el señor regidor solicitaron ante el Concejo Distrital de Pampa Hermosa su licencia sin goce de haber, la que debe efectivizarse desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022 debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. En la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 012-2022-CM/MDPH del 24 de junio de 2022, se aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor alcalde y el señor regidor, la que debe efectivizarse en el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. Dicha decisión se formalizó a través del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 068-2022-CM/MDPH y Nº 069-2022- CM/MDPH del 27 del mismo mes y año. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.4.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.1.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del concejo mencionado, y en atención a lo establecido en la LOM (ver SN 1.2.) y en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.5.), resulta procedente convocar a doña Ayda Luz Hinostroza Gavino, identi fi cada con DNI Nº 20973287, regidora del ya citado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampa Grande. Asimismo, se convoca a doña Yonaniset Alvaro Ames, identi fi cada con DNI Nº 78969865, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Sierra y Selva contigo Junín, para que asuman temporalmente el cargo de regidor del referido concejo. A su vez, se convoca a don Ildefonso Paitampoma Ramos, identi fi cado con DNI Nº 45441610, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Perú Libre 5, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del referido concejo, conforme la consulta de Expedientes del JNE. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Lucma, provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad, del 25 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Rolando Laureano Figueroa, alcalde distrital de Pampa Hermosa, provincia de Satipo, departamento de Junín, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Edwin Aldrián Noya Cano, regidor del Concejo Distrital de Pampa Hermosa, provincia de Satipo, departamento de Junín, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 3. CONVOCAR a doña Ayda Luz Hinostroza Gavino, identi fi cada con DNI Nº 20973287, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde Distrital de Pampa Hermosa, provincia de Satipo, departamento de Junín, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. CONVOCAR a doña Yonaniset Alvaro Ames, identi fi cada con DNI Nº 78969865, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pampa Hermosa, provincia de Satipo, departamento de Junín, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 5. CONVOCAR a don Ildefonso Paitampoma Ramos, identi fi cado con DNI Nº 45441610, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pampa Hermosa, provincia de Satipo, departamento de Junín, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 6. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929- 2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 5 Dicha organización política ocupó el segundo lugar, según el orden de cómputo de sufragio en las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2125027-1