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30 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2022 El Peruano / de la Comisión Binacional Fronteriza “COMBIFRON” Bolivia - Perú, toda vez que fortalecerá las funciones que desarrolla MIGRACIONES en materia de control migratorio, de acuerdo al objetivo estratégico institucional OEI.02: “Consolidar el control migratorio de las personas nacionales y extranjeras”, coadyuvando así a la seguridad nacional, orden público y orden interno; Que, mediante Informes Nº 000926 y 000938-2022-OAJ-MIGRACIONES, la O fi cina de Asesoría Jurídica de MIGRACIONES estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Christian Stein Cárdenas, Director de la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria de MIGRACIONES, del 20 al 26 de noviembre de 2022, a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia, para que participe en la X Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza “COMBIFRON” Bolivia - Perú, ya que cuenta con los fundamentos requeridos y se encuentra conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 31365, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2022-PCM; Que, la participación del mencionado personal en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de MIGRACIONES, resultando por ello de interés sectorial la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta), son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000005026 respecto a los viáticos, y la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000005375 respecto de los pasajes aéreos; Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2021, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, de acuerdo al artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, para el caso de los servidores públicos de los Ministerios y de los Órganos Públicos Descentralizados correspondientes, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; del mismo modo, se establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)” ; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Christian Stein Cárdenas, Director de la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del 20 al 26 de noviembre de 2022, a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia; Con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1130, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Christian Stein Cárdenas, Director de la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del 20 al 26 de noviembre de 2022, a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle: Moneda Importe Días Personas Total Viáticos US$ 370,00 61 2 220,00 Pasajes S/ 2 396,35 1 2 396,35 Artículo 3.- Disponer que el servidor cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2125688-1 Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1613-2022-IN Lima, 16 de noviembre de 2022VISTOS, los O fi cios Nº 1678 y 1700-2022-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 002175-2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,