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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2022 El Peruano / PRODUCE Aprueban transferencias financieras de recursos del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE y de la Ley N° 31365 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00389-2022-PRODUCE Lima, 16 de noviembre de 2022 VISTO: El O fi cio Nº 469-2022-PRODUCE/ PROINNÓVATE.DE y el Informe Nº 134-2022-PRODUCE/PROINNÓVATE.UPP del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE; el Memorando Nº 00001300-2022-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando Nº 00001011-2022-PRODUCE/OGPPM y el Informe Nº 00000340-2022-PRODUCE/OP de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 00001301-2022- -PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2016-EF publicado en el diario o fi cial El Peruano el 18 de agosto de 2016, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; Que, con fecha 22 de agosto del 2016, se suscribe el Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en el cual se establecen los términos para la ejecución del préstamo para el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; Que, el artículo 69 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que con la fi nalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación, se autoriza, durante el Año Fiscal 2022, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación (PROINNOVATE), entre otros, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; señalando además, que las transferencias fi nancieras antes mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, siendo que dicha resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF-50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y modi fi catoria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF-50.01 y Resolución Directoral Nº 007-2022-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, se registra en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital; Que, mediante el O fi cio Nº 469-2022-PRODUCE/ PROINNÓVATE.DE y el Informe Nº 134-2022-PRODUCE/PROINNÓVATE.UPP, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE comunica y sustenta la necesidad de autorizar transferencia fi nanciera a favor de la Universidad Nacional Agraria La Molina, con cargo al presupuesto institucional 2022 de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma total de S/ 1 725 853,15 (UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 15/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, destinados a co fi nanciar el desembolso de un (1) proyecto de Centro de Extensión y Transferencia Tecnológica - Segunda Fase - CETF2, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, respecto del cual, el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE suscribió el Contrato de Adjudicación de Recursos No Reembolsables, con la mencionada entidad pública vinculada al Sector de Educación; Que, mediante el Memorando Nº 0001300-2022-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria comunica que no encuentra objeción a la citada solicitud de transferencia fi nanciera presentada por el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE; Que, mediante el Memorando Nº 00001011-2022-PRODUCE/OGPPM y el Informe Nº 00000340-2022-PRODUCE/OP, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica que ha veri fi cado que el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE cuenta con los recursos en su Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM), en la Actividad 5000444. “Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad”, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, para fi nanciar las transferencias fi nancieras a favor de la Universidad Nacional Agraria La Molina por la suma de S/ 1 725 853,15 (UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 15/100 SOLES), destinados a co fi nanciar el desembolso de un (1) proyecto de Centro de Extensión y transferencia Tecnológica - Segunda Fase - CETF2, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y lo señalado en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 022-2021-EF/50.01; Que, en ese contexto, a través de los mencionados documentos, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE cuenta con el Contrato de Adjudicación de Recursos No Reembolsables, debidamente suscrito con la Universidad Nacional Agraria La Molina, vinculada al Sector de Educación; asimismo, se precisa que, de la evaluación realizada al proyecto, se tiene que la mencionada entidad pública está cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en el contrato en mención; Que, mediante el Informe Nº 00001301-2022-PRODUCE/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba Transferencias Financieras con cargo a los recursos del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, hasta por la suma total de S/ 1 725 853,15 (UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 15/100 SOLES), conforme al Anexo Único, propuesta por el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;