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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (20/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Domingo 20 de noviembre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) es la principal fuente de fi nanciación multilateral para proyectos de desarrollo en América Latina y el Caribe. Su objetivo es reducir la pobreza, luchar contra las desigualdades sociales y promover el desarrollo económico sostenible en la región. Asimismo, ofrece soluciones fi nancieras fl exibles a sus países miembros para fi nanciar el desarrollo económico y social a través de préstamos y donaciones a entidades públicas y privadas en América Latina y el Caribe; Que, la Red de Integridad de América Latina y el Caribe (ALC) OCDE-BID ofrece una plataforma única que reúne a los principales actores de los sistemas de integridad pública de los países de la región, con el fi n de intercambiar experiencias, evidencia y lecciones aprendidas en la implementación de políticas públicas de integridad; Que, la Sexta Reunión de la Red de Integridad Pública de América Latina y el Caribe (ALC) OCDE-BID, “Innovación e Integridad para un Mejor Control de la Gestión Pública” se enfocará en la construcción de capacidades institucionales efectivas para combatir la corrupción, mejorar la e fi ciencia de los controles, y la transparencia en el uso de los recursos públicos. Asimismo, en esta edición, se contará con la participación de funcionarios públicos de alto nivel - Auditores Generales, Contralores de las Entidades Fiscalizadoras Superiores y Titulares de las Agencias de Integridad, así como importantes expertos de la sociedad civil, academia y sector privado, para compartir las mejores prácticas y lecciones aprendidas en la implementación de políticas de transparencia e integridad; Que, mediante carta de invitación del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se invitó al Contralor General de la República del Perú a participar en la Sexta Reunión de la Red de Integridad Pública de América Latina y el Caribe (ALC) OCDE-BID “Innovación e Integridad para un Mejor Control de la Gestión Pública”, a realizarse los días 1 y 2 de diciembre de 2022, en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras; Que, con fecha 6 de agosto de 2019, se suscribió el “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Contraloría General de la República del Perú y el Tribunal Superior de Cuentas de la República de Honduras”, convenio marco que tiene por objeto establecer el marco general para facilitar y desarrollar la cooperación interinstitucional entre ambas EFS, en materia de interés común dentro del contexto de sus roles, funciones y disposiciones legales que les sean aplicables, a través de la colaboración, asesoría y asistencia técnica con miras al logro de sus fi nes; Que, la Contraloría General de la República del Perú viene llevando a cabo la asistencia técnica al Tribunal Superior de Cuentas de la República de Honduras en la actualización de su Plan Estratégico Institucional para el período 2023-2028 y la elaboración de una propuesta de rediseño de su estructura organizativa, ello en atención a la solicitud realizada por dicho Organismo Superior de Control; en virtud de lo cual, se han programado reuniones de trabajo entre representantes de ambas entidades, a llevarse a cabo los días 29 y 30 de noviembre de 2022, en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras; Que, a través de la Hoja Informativa Nº 000074-2022- CG/CREI, la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales señala que la participación de la Contraloría General de la República, representado por el Contralor General de la República, en la Sexta Reunión de la Red de Integridad Pública de América Latina y el Caribe (ALC) OCDE-BID “Innovación e Integridad para un Mejor Control de la Gestión Pública”, permitirá debatir y compartir experiencias sobre la participación de la sociedad civil en la labor de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, así como en materia de soluciones innovadoras para fortalecer las políticas de integridad y transparencia pública y explorar los desafíos de implementar reformas para mejorar la e fi ciencia de los controles de la gestión que se desarrollen en las diversas sesiones, habiéndose considerado su participación como panelista en la sesión: Nuevos Principios de Integridad y Transparencia en Infraestructura; siendo que, además, la participación en el referido evento permitirá también conocer los avances respecto a lo debatido en la Cumbre de las Américas y el Congreso Internacional INCOSAI 2022, e intercambiar experiencias para identi fi car lecciones aprendidas y desafíos en el diseño e implementación de políticas de innovación para la prevención y el control de la corrupción desde el sector público; así como, para enriquecer el debate técnico con las Entidades Fiscalizadoras Superiores a nivel mundial, organizaciones públicas, organismos internacionales y de la sociedad civil, participantes del evento, en materia de políticas de transparencia e integridad; Que, asimismo, en la citada hoja informativa se precisa que la participación del Contralor General de la República en las reuniones de trabajo en el Tribunal Superior de Cuentas de la República de Honduras permitirá continuar fortaleciendo los lazos de cooperación y relaciones bilaterales, a través del intercambio de buenas prácticas y experiencias que contribuyan al logro de sus respectivos objetivos institucionales y regionales; y además, en el marco del convenio interinstitucional suscrito por ambas Entidades Fiscalizadoras Superiores, brindar asistencia técnica con el fortalecimiento institucional del Tribunal Superior de Cuentas de la República de Honduras, relacionado con su plan estratégico institucional y estructura organizativa; Que, en consecuencia, de acuerdo a lo expresado en la Hoja Informativa Nº 000074-2022-CG/CREI, resulta conveniente para los fi nes institucionales la participación del Contralor General de la República en el evento materia de invitación y la reunión de trabajo programada; siendo necesario encargar las funciones inherentes del Despacho del Contralor General de la República al Vicecontralor de Integridad y Control, a efectos de asegurar la función rectora que compete a esta Entidad Fiscalizadora Superior; Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modi fi catorias, así como demás normativa aplicable, los gastos que irrogue la mencionada comisión de servicios serán fi nanciados parcialmente con los recursos del Pliego 019: Contraloría General, respecto de los gastos de instalación y viáticos por los días 29 y 30 de noviembre de 2022, de acuerdo a lo señalado por la Gerencia de Administración mediante Memorando Nº 003206-2022-CG/GAD, sobre la base del cálculo de gastos efectuado por la Unidad de Contabilidad, conforme a la Hoja Informativa Nº 001392-2022-CG/CONT; en tanto que respecto de los gastos de pasajes aéreos, así como alojamiento, alimentación y traslado por los días 1 y 2 de diciembre de 2022, serán fi nanciados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID); En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 32 y 33 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y de acuerdo con la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; así como la precitada Ley Nº 27619 y su Reglamento; SE RESUELVE:Artículo 1.- Encargar al Vicecontralor de Integridad y Control de la Contraloría General de la República, las funciones del cargo de Contralor General de la República, a partir del 28 de noviembre de 2022, y en tanto dure la ausencia del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados parcialmente con recursos del Pliego 019: Contraloría General, según detalle siguiente: viáticos por un importe de US$ 630.00 (2 días) y gastos de instalación por un importe de US$ 315.00 (1 día). Artículo 3.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.