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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de noviembre de 2022 El Peruano / de Sanidad Agraria, respecto del procedimiento administrativo Nº 9 “Reporte de Inspección y Veri fi cación (RIV) para la importación y tránsito internacional de alimentos de procesamiento primario y piensos”, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- DISPONER la inclusión de dos (2) notas con los numerales 3 y 4 en la sección Notas del procedimiento administrativo Nº 9 “Reporte de Inspección y Veri fi cación (RIV) para la importación y tránsito internacional de alimentos de procesamiento primario y piensos” del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente acto resolutivo. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural y de su Anexo en el portal del diario ofi cial El Peruano (www.elperuano.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), en la misma fecha de publicación del presente acto resolutivo en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL QUEVEDO VALLE Jefe NacionalServicio Nacional de Sanidad Agraria * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2127726-1 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencias de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia, de un pliego del Gobierno Nacional y de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO Nº 264-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 1 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2022, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, lo que comprende los recursos que se autoricen mediante modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional o en el nivel funcional programático mediante una norma con rango de ley y los recursos que se asignen o trans fi eran para el fi nanciamiento de los fi nes de los Fondos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor de la Reserva de Contingencia a la que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; para dicho fi n, se exceptúa a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales de lo establecido en el artículo 49 del mencionado Decreto Legislativo Nº 1440; Que, asimismo, el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, autoriza, durante el Año Fiscal 2022, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el numeral 1 de la citada Disposición Complementaria Final, transferidos a favor de la Reserva de Contingencia, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar, entre otros, los gastos asociados a la reactivación económica; Que, conforme a lo previsto en los numerales 1 y 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante los O fi cios Nº 2053-2022-MIDAGRI/ SG y Nº 2206-2022-MIDAGRI/SG el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en el marco del numeral 1 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365; así como una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y de ocho (08) gobiernos locales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar la ejecución de diecisiete (17) proyectos de inversión, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en el marco de los gastos asociados a la reactivación económica, conforme a lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 444-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES y el Informe Nº 474-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe Nº 630-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI y el Informe Nº 658-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI de la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones, con los sustentos correspondientes; asimismo, mediante el Ofi cio Nº 1328-2022-MIDAGRI-SG/OGPP, se remite el Informe Nº 465-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES con información complementaria; Que, mediante los Memorandos Nº 0431-2022- EF/63.04 y Nº 0440-2022-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Informe Nº 0365-2022-EF/63.04 (complementado con el Memorando Nº 0437-2022-EF/63.04) y el Informe Nº 0378 -2022-EF/63.04, respectivamente; en los cuales señala que, como resultado de la revisión de la información registrada en el aplicativo informático Banco de Inversiones, diecisiete (17) proyectos de inversión cumplen con las disposiciones establecidas por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, por lo que no presentan comentarios, encontrándose viables y activos, no identi fi cándose duplicidad ni fraccionamiento respecto a los proyectos de inversión; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, hasta por la suma de S/ 10 330 167,00 (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL CIENTO SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de