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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de noviembre de 2022 El Peruano / a involucrar a la población con la fi nalidad de conocer su percepción, intercambiar opiniones, analizar observaciones y sugerencias, acerca del proyecto o actividad pesquera o acuícola. Artículo 11. Desarrollo del Plan de Participación Ciudadana El Plan de Participación Ciudadana es desarrollado conforme a lo siguiente: a) Para los proyectos que no cuenten con clasi fi cación anticipada y se propongan como categoría I (DIA), en la solicitud de clasi fi cación, el titular desarrolla el capítulo del Plan de Participación Ciudadana de la Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP), presentando los resultados debidamente sustentados de la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana establecidos en el numeral 37.1 del artículo 37 del presente reglamento. b) Para los proyectos que no cuenten con clasi fi cación anticipada y se propongan como categoría II (EIA-sd) y III (EIA-d), el titular desarrolla el Plan de Participación Ciudadana en el capítulo correspondiente de la Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP), considerando el contenido establecido en el numeral 12.1 del artículo 12 del presente Reglamento. c) Para los proyectos que cuenten con clasi fi cación anticipada y les corresponda una Declaración de Impacto Ambiental, el titular desarrolla el Plan de Participación Ciudadana de acuerdo a los términos de referencia para proyectos con características comunes o similares. d) Para los proyectos que cuenten con clasi fi cación anticipada y les corresponda un Estudio de Impacto Ambiental, el titular desarrolla el Plan de Participación Ciudadana de acuerdo a lo establecido en el Plan de Participación Ciudadana contenido en los Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares; sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9 del presente Reglamento. Artículo 12. Contenido del Plan de Participación Ciudadana 12.1 El contenido del Plan de Participación Ciudadana, para aquellos proyectos que no cuenten con clasi fi cación anticipada, así como el contenido de la comunicación para los proyectos que cuenten con clasi fi cación anticipada es el siguiente: a) Objetivos : Breve reseña de los objetivos y actividades del proceso de participación ciudadana. b) Ubicación y área de in fl uencia preliminar del proyecto : Indicar la ubicación geopolítica del proyecto (distrito, provincia y departamento), determinando el área de in fl uencia preliminar del proyecto. c) Caracterización de la población involucrada : Identi fi cación de las poblaciones ubicadas en el área de infl uencia preliminar del proyecto, con especial interés por los pueblos indígenas u originarios y/o pueblo afroperuano, considerando la información o fi cial existente y la metodología aprobada por el Ministerio de Cultura, de corresponder. Identi fi cación de los principales grupos de interés relacionados con el proyecto, e identi fi car los accesos y medios de comunicación de la zona del proyecto. d) Mecanismos de participación ciudadana : Se deben señalar y describir los mecanismos de participación ciudadana a ser implementados antes y/o durante la elaboración del estudio ambiental y durante su evaluación, de ser el caso, de acuerdo a lo establecido en los artículos 37,38 y 39 del presente Reglamento, detallando la metodología, de ser el caso, objetivos, lugares de aplicación y el sustento que asegure la participación efectiva; así como los medios de comunicación que serán utilizados para la difusión de información y los medios de verifi cación respectivos. e) Programación : Propuesta de cronograma de ejecución de los mecanismos de participación ciudadana, especi fi cando los periodos de convocatoria.f) Medios logísticos : Señalar el equipamiento audiovisual y mobiliario a ser utilizado en el proceso de participación ciudadana. g) Responsables : Señalar los responsables del proceso de participación ciudadana, la representación del titular del proyecto, así como los mecanismos que permitirán la atención oportuna de las observaciones o sugerencias de la población involucrada. h) Identi fi cación de potenciales con fl ictos socioambientales : Caracterización de los con fl ictos existentes en la zona donde se va a desarrollar el proyecto o escenario de posible con fl icto que podrían surgir a consecuencia de la puesta en marcha de la actividad pesquera o acuícola. 12.2 Para los proyectos que cuentan con clasi fi cación anticipada, los términos de referencia para proyectos con características comunes o similares establecen el contenido y alcances del Plan de Participación Ciudadana. Capítulo III Mecanismos de Participación Ciudadana Artículo 13. De fi nición de mecanismos de participación ciudadana 13.1 Los mecanismos de participación ciudadana constituyen instrumentos para la difusión de información y generación de espacios de diálogo para la formulación de opiniones, observaciones, sugerencias, comentarios y otros aportes orientados a mejorar los procesos de toma de decisiones con respecto a los Estudios Ambientales e Instrumentos de Gestión Ambiental Complementarios. 13.2 Tienen por fi nalidad poner a disposición de la población involucrada información oportuna y adecuada respecto de las actividades proyectadas o en ejecución; promover el diálogo y la construcción de los consensos; conocer y canalizar las opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones, aportes respecto a las actividades, los impactos ambientales y las medidas de prevención, minimización, rehabilitación y eventual compensación ambiental a implementar. Artículo 14. Lineamientos aplicables a los mecanismos de participación ciudadana Constituyen lineamientos aplicables a los mecanismos de participación ciudadana los siguientes: a) Se deben de fi nir los mecanismos más adecuados que propicien la participación de la población involucrada, para lo cual, el empleo de determinados mecanismos debe responder a las diferentes necesidades surgidas de acuerdo a la naturaleza del proyecto y según las características propias de la población involucrada en ellos. b) Cuando las actividades pesqueras y acuícolas se realicen en ámbitos con presencia de pueblos indígenas u originarios y/o el pueblo afroperuano, se debe garantizar su participación, asegurando la presencia de intérpretes y traductores inscritos en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas del Ministerio de Cultura, o personas de la zona para el adecuado desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana. Considerar, de ser posible, además de los medios escritos y formales, los medios orales. c) La metodología para las reuniones informativas, talleres participativos o audiencias públicas debe considerar el idioma de mayor dominio de la población involucrada y debe ser formulada con enfoque de capacitación para adultos (andragogía). d) Se debe promover y garantizar el enfoque intercultural y de género, en equidad, igualdad y oportunidad entre hombres y mujeres, así como los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios y/o el pueblo afroperuano, tanto en la distribución de materiales informativos como en las reuniones informativas, talleres participativos o audiencias públicas, según corresponda. e) Los mecanismos de difusión señalados en el numeral 34.2 del artículo 34 del presente Reglamento