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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / millones de personas trabajaban en industrias mineras de gran escala. En consecuencia, muchos países líderes en producción minera en el mercado internacional, vienen prestando creciente atención a la pequeña minería y minería artesanal, por tratarse de una actividad que contribuye con una parte signi fi cativa de su producción de mineral nacional (Hruschka y Echevarría, 2011). Este es el caso peruano, donde la pequeña minería y minería artesanal en algunas zonas, como Madre de Dios, aporta cuotas a la producción de oro nacional comparables a la gran y mediana minería: los datos muestran que esta actividad ha contribuido con un 13.2% de la producción promedio de oro nacional entre los años 2009 – 2019. A pesar de su importancia social y económica y su producción valorada en mercados internacionales, la literatura especializada a fi rma que esta actividad se desenvuelve en condiciones de precariedad social, laboral y ambiental; que no tiene acceso a cadenas de valor formales locales y globales; tampoco tiene acceso a la titularidad ni obtiene permisos para el uso de la super fi cie, y es atendida muy limitadamente por el Estado. Además, se asevera que existe un dé fi cit general de conocimientos e información sobre la actividad que impide adoptar decisiones estratégicas (Hruschka y Echavarría, 2011) en bene fi cio de la actividad, por lo suele ser conocida solamente por sus elevados costos ambientales, por la carencia de condiciones de salubridad y por la falta de seguridad en la que es realizada (Hentschel, Hruschka y Priester, 2002; Güiza, 2016). En general esta problemática ha motivado la emisión de diversos marcos normativos desde el año 2002, por ejemplo, la Ley N° 27651, Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña Minería y Minería Artesanal; el Plan Nacional de Formalización de la Minería Artesanal aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2011-EM, con un horizonte de cinco (5) años; los procesos de formalización minera instaurados en los años 2012 y 2017 con los Decretos Legislativos N° 1105 y N° 1293, respectivamente. Por otro lado, documentos como la Visión a la minería al 2030 propuesta por el Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Minero Energéticas Rimay, considera como una acción transversal la formalización, la mejora del desempeño ambiental, de las condiciones de trabajo y la competitividad de la pequeña minería y minería artesanal. Todas estas iniciativas han carecido de una aproximación y programas que incentiven su cumplimiento1 pero, fundamentalmente han abordado aspectos puntuales del problema de la insostenibilidad de las actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal desde un enfoque sectorial y nacional, aunque sin vincularse a los instrumentos de planeamiento y presupuesto. Por tanto, en la actualidad, no existe una política nacional que aborde efectivamente la problemática de la insostenibilidad de las actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal, tampoco hay una plani fi cación concertada de carácter multisectorial y multinivel que determine las responsabilidades de las instituciones que participan directa o indirectamente en la gestión de la Pequeña Minería y Minería Artesanal. En ese sentido, en línea con el Acuerdo Nacional, la Visión del Perú al 2050, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la Visión a la Minería al 2030, y el Plan Estratégico Nacional al 2050, fue necesario diseñar y formular una política nacional para coordinar las diferentes intervenciones del Estado en torno a la Pequeña Minería y Minería Artesanal hacia un objetivo común, una visión de un Estado que haya conseguido la sostenibilidad social, ambiental y económica de la mayor parte de Pequeños Mineros y Mineros Artesanales. Así, el Ministerio de Energía y Minas y el Grupo de Trabajo Multisectorial conformado por Resolución Ministerial N° 075-2021-MINEM/DM, presenta la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030 que aborda como problema público: “Pequeña Minería y Minería Artesanal desarrollando actividades de manera social, económica y ambientalmente insostenible en los conglomerados mineros y otras zonas permitidas del territorio nacional”. Este problema público es desarrollado a través de cuatro (4) objetivos prioritarios y sus respectivos lineamientos, los cuales se vinculan a la reducción de las condiciones de precariedad social, laboral y ambiental de la pequeña minería y minería artesanal; el incremento del acceso a las cadenas de valor formales para las actividades de la pequeña minería y minería artesanal; el incremento del acceso de los pequeños mineros y mineros artesanales a la titularidad del derecho minero y a la autorización de uso de terreno super fi cial; y la mejorar de la articulación interinstitucional y las capacidades de las entidades vinculadas a la pequeña minería y minería artesanal. La Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal se diseñó y formuló de acuerdo a la Guía de Políticas Nacionales del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN, 2018), recogiendo las demandas, expectativas y desafíos que enfrenta la población dedicada a las actividades de la pequeña minería y minería artesanal. Así, se procuró generar, identi fi car y sistematizar evidencias relevantes en espacios regionales sobre actores sociales relacionados a las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, destacando sus particularidades de carácter territorial, en población por grupos de edad, cultura, sexo, nivel socioeconómico, situación vital, condiciones laborales, expectativas, y otros ya que la evidencia recopilada debía permitir comprender las necesidades de las personas en el territorio y su nivel de bienestar, así como realizar el diagnóstico de las variables que de fi nen su situación actual. El documento se divide en nueve secciones. La primera y segunda sección contienen la presentación y la base legal de la Política Nacional para la Pequeña Minería y Minería Artesanal, respectivamente. La tercera sección explica los conceptos clave, enfoques transversales, enunciado, modelo y situación actual del problema público, así como la situación futura deseada y alternativas de solución para abordar el problema. En la cuarta sección se presentan los objetivos prioritarios, sus indicadores y lineamientos; en la quinta, se indican los servicios y sus estándares de cumplimiento; y en la sexta, se identi fi can los responsables de las acciones del seguimiento y evaluación de la Política Nacional para la Pequeña Minería y Minería Artesanal. La séptima sección contiene el glosario y los acrónimos usados; la octava, los anexos que complementan la información presentada; y, fi nalmente, en la novena, se presenta la bibliografía que sustenta el diseño y formulación de la política. Finalmente, debemos resaltar que la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal no sólo es la primera política pública para estas actividades, sino es la Primera Política Nacional del Estado Peruano para el Subsector Minero, constituyendo un hito fundamental para el adecuado desarrollo de las actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal, que busca implementar soluciones articuladas a largo plazo de un sector económico que está presente en las 25 departamentos del Perú y, que además de fi ne las responsabilidades y compromisos de las diversas instituciones involucradas. Así, se espera que la Política Nacional sea un instrumento de política público que mejore continuamente en base a los resultados de los procesos de seguimiento y evaluación que se realicen, principalmente en base a las sugerencias, aportes y la cooperación de los todos los actores interesados en reducir la insostenibilidad en la Pequeña Minería y Minería Artesanal. 2. BASE NORMATIVAIncluye las referencias normativas nacionales, así como la de los principales instrumentos internacionales que el Estado peruano ha rati fi cado, según corresponda, que regulan o tienen efectos sobre la materia o materias respecto de las cuales versa la política nacional. - Constitución Política del Perú - Ley N° 30705 , Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas 2.