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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2022 de la Sección Primera: Gobierno Central, Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores reciben Asistencia Técnica y Financiera para la prestación del servicio, Actividad 5006376: Integración de Prestadores de Servicios de Saneamiento, Meta Presupuestal 0018: Asistencia Económico Financiera para la Integración de Prestadores de los Servicios de Saneamiento, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gastos de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub Genérica de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital, Detalle de la Especí fi ca de Gasto 2.4.2.3.1.4: A otras Entidades Públicas; por el monto de S/ 554,159.00 (Quinientos cincuenta y cuatro mil ciento cincuenta y nueve con 00/100 soles). Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución son destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento El órgano competente del OTASS supervisa la correcta ejecución de los recursos transferidos y veri fi ca el cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. Artículo 5.- Copia informativa Remitir copia informativa de la presente Resolución a la Ofi cina de Administración, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación, y a la Empresa Prestadora de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de Abancay Sociedad Anónima – EPS EMUSAP ABANCAY S.A., para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el diario o fi cial El Peruano; y en el Portal Institucional del OTASS (www.gob.pe/otass). Regístrese y comuníquese.HÉCTOR VLADIMIR BARREDA DOMÍNGUEZ Director Ejecutivo ANEXO EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE ABANCAY SOCIEDAD ANONIMA – EPS EMUSAP ABANCAY S.A. N° CÓDIGO DE FICHANOMBRE DE LA ACCIONPRESUPUESTO S/ 1 FI-01-GOADQUISICION DE EQUIPO PARA DESINFECCION; RENOVACION DE CERCO PERIMETRICO; EN EL (LA) SISTEMA DE AGUA POTABLE EN LOS COMPONENTES HIDRAULICOS DISTRITO DE TAMBURCO, PROVINCIA ABANCAY, DEPARTAMENTO APURIMAC318,430.00 2 FI-02-GOADQUISICION DE EQUIPO HIDRAULICO; EN EL (LA) SISTEMA DE AGUA POTABLE EN LINEA DE ADUCCION DEL RESERVORIO ANTABAMBA BAJA SECTOR ANTABAMBA BAJA DISTRITO DE TAMBURCO, PROVINCIA DE ABANCAY, DEPARTAMENTO DE APURIMAC235,729.00 MONTO A TRANSFERIR (S/) 554,159.00 2130302-1PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO Designan Director de la Dirección de Información y Registro de la Procuraduría General del Estado RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO Nº D000204-2022-JUS/PGE-PG Lima, 29 de noviembre de 2022 VISTOS:El Memorando Nº D000270-2022-JUS/PGE-GG de la Gerencia General, el Informe Nº D000107-2022-JUS/PGE-OA de la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado, y el Informe Nº D000161-2022-JUS/PGE-OA-UFRH de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7 que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de con fi anza no contemplados en el artículo 1 de la citada Ley; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; y el artículo 18 establece que el/la Procurador/a General del Estado es el/la titular del pliego y funcionario de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado; Que, mediante Resolución del Procurador General del Estado Nº D000163-2022-JUS/PGE-PG publicada en el diario o fi cial El Peruano, el 16 de noviembre de 2022, se designa temporalmente al señor José Francisco Castillo Botetano, para que ejerza el cargo de Director de la Dirección de Información y Registro de la Procuraduría General del Estado, en adición a sus funciones de Experto de Información y Registro de la Dirección de Información y Registro de la Procuraduría General del Estado; Que, se ha visto por conveniente dar termino a la designación temporal del señor Francisco Castillo Botetano, y designar temporalmente al señor Julio Antonio Julca Rojas, como Director de la Dirección de Información y Registro de la Procuraduría General del Estado, en adición a sus funciones como Asesor II de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo Nº 075-2008- PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, que regula el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, establece que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, pueden quedar sujetos, entre otras, a la siguiente acción administrativa de desplazamiento de personal: “a) La designación temporal, como representante de la entidad contratante ante comisiones y grupos de trabajo, como miembro de órganos colegiados y/o como directivo superior o empleado de con fi anza, observando las limitaciones establecidas en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público”;