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53 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / de bienes y servicios necesarios para mejorar la gestión operativa, comercial y administrativa de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal, así como realizar transferencias a estas empresas; Que, el inciso 221 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA, en adelante TUO del Reglamento de la Ley Marco, dispone que las transferencias fi nancieras que realiza el OTASS a las empresas prestadoras en función a lo regulado en el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Marco y aquellas señaladas en el citado Reglamento son aprobadas por resolución del Titular del Pliego, requiriéndose informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, debiendo publicarse la precitada resolución directoral en el diario o fi cial El Peruano; Que, en concordancia a lo expuesto, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al OTASS a realizar transferencias fi nancieras a favor de las empresas prestadoras, y precisa que, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 0023-2022-OTASS-CD se aprueba la Directiva N° 002-2021-OTASS-DME “Directiva que establece el procedimiento para la aprobación, seguimiento, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias fi nancieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal” Versión 03, cuyos artículos 4, numeral 4.18, y 6, numeral 6.1, establecen que la Dirección de Gestión y Financiamiento es el órgano de línea responsable de evaluar y gestionar las solicitudes de transferencia fi nanciera y otorgar la respectiva viabilidad técnica a la transferencia solicitada; Que, mediante O fi cio N° 367-2022-EPSSMU S.A.-GG de fecha 23 de noviembre de 2022, la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Utcubamba Sociedad Anónima – en adelante EPSSMU S.A., solicitó la transferencia de S/ 2,361,266.00 (Dos millones trescientos sesenta y un mil doscientos sesenta y seis con 00/100 soles) para fi nanciar la fi cha técnica F-01-GO: “REMODELACION DE SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE; EN EL(LA) OPTIMIZACION DE LA CAPTACION QUEBRADA GONCHA, PTAP N° 01, - ANTIGUA Y PTAP NUEVA DE LA EPSSMU S.A.- BAGUA GRANDE, EN LA LOCALIDAD BAGUA GRANDE, DISTRITO DE BAGUA GRANDE, PROVINCIA UTCUBAMBA, DEPARTAMENTO AMAZONAS CUI 2530868”; en adelante la Ficha Técnica; Que, dentro del marco normativo señalado, la Dirección de Gestión y Financiamiento, a través de los documento de Visto, evaluó y cali fi có la solicitud de transferencia fi nanciera presentada por la EPSSMU S.A., así como los documentos que la sustentan, otorgando su conformidad y viabilidad técnica a la transferencia fi nanciera solicitada por el importe de S/ 2,361,266.00 (Dos millones trescientos sesenta y un mil doscientos sesenta y seis con 00/100 soles) para fi nanciar la fi cha técnica F-01-GO: “REMODELACION DE SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE; EN EL(LA) OPTIMIZACION DE LA CAPTACION QUEBRADA GONCHA, PTAP N° 01, - ANTIGUA Y PTAP NUEVA DE LA EPSSMU S.A.- BAGUA GRANDE, EN LA LOCALIDAD BAGUA GRANDE, DISTRITO DE BAGUA GRANDE, PROVINCIA UTCUBAMBA, DEPARTAMENTO AMAZONAS CUI 2530868”, a título de fortalecimiento de capacidades; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Memorando N° 001263-2022-OTASS-OPP, que hace suyo el Informe Técnico N° 008-2022-OTASS-OPP-JOV, complementado con el Informe N° 00391-2022-OTASS-OPP, emite el informe previo favorable respecto a la solicitud de transferencia fi nanciera presentada por la EPSSMU S.A., por el monto ascendente a S/ 2,361,266.00 (Dos millones trescientos sesenta y un mil doscientos sesenta y seis con 00/100 soles); asimismo, veri fi ca la disponibilidad presupuestal para atender la citada transferencia fi nanciera, por lo que procede a emitir la respectiva certi fi cación de crédito presupuestario - CPP N° 741-2022; Que, contando con el Informe técnico sustentatorio de la Dirección de Gestión y Financiamiento, así como la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; a través del Informe Legal N° 000386-2022-OTASS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto a la transferencia fi nanciera solicitada por la EPSSMU S.A., dirigida al fi nanciamiento de la Ficha Técnica; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Gestión y Financiamiento, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, el Texto Único Ordenado Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE, y la Resolución de Consejo Directivo N° 0023-2022-OTASS-CD. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, hasta por la suma de S/ 2,361,266.00 (Dos millones trescientos sesenta y un mil doscientos sesenta y seis con 00/100 soles), a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Utcubamba Sociedad Anónima – EPSSMU S.A., destinada a fi nanciar la Ficha Técnica F-01-GO: “REMODELACION DE SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE; EN EL(LA) OPTIMIZACION DE LA CAPTACION QUEBRADA GONCHA, PTAP N° 01, - ANTIGUA Y PTAP NUEVA DE LA EPSSMU S.A.- BAGUA GRANDE, EN LA LOCALIDAD BAGUA GRANDE, DISTRITO DE BAGUA GRANDE, PROVINCIA UTCUBAMBA, DEPARTAMENTO AMAZONAS CUI 2530868”; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2022 de la Sección Primera: Gobierno Central, Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores Reciben Asistencia Técnica y Financiera para la Prestación del Servicio, Actividad 5006196: Asistencia Técnica y Financiera de los Prestadores, Meta Presupuestal 0007: Asistencia Financiera para el fortalecimiento de capacidades de las EPS, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, 6: Gastos de Capital, 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, 2.4.2.3.1.4: A otras Entidades Públicas, por el monto de S/ 2,361,266.00. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución son destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fi nes para los cuales son transferidos.