Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento El órgano competente del OTASS supervisa la correcta ejecución de los recursos transferidos y veri fi ca el cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. Artículo 5.- Copia informativa Remitir copia informativa de la presente Resolución a la Ofi cina de Administración, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación, y a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Utcubamba Sociedad Anónima – EPSSMU S.A., para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del OTASS (www.gob.pe/otass). Regístrese y comuníquese.HÉCTOR VLADIMIR BARREDA DOMÍNGUEZ Director Ejecutivo ANEXO EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MUNICIPAL UTCUBAMBA SOCIEDAD ANÓNIMA – EPSSMU S.A. N° CÓDIGO DE FICHANOMBRE DE LA ACCIONPRESUPUESTO (S/) 1 F-01-GOREMODELACION DE SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE; EN EL(LA) OPTIMIZACION DE LA CAPTACION QUEBRADA GONCHA, PTAP N° 01, - ANTIGUA Y PTAP NUEVA DE LA EPSSMU S.A.- BAGUA GRANDE, EN LA LOCALIDAD BAGUA GRANDE, DISTRITO DE BAGUA GRANDE, PROVINCIA UTCUBAMBA, DEPARTAMENTO AMAZONAS CUI 25308682,361,266.00 MONTO A TRANSFERIR (S/) 2,361,266.00 2130282-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Ilo Sociedad Anónima - EPS ILO S.A RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000058-2022-OTASS-DE Lima, 29 de noviembre de 2022VISTO: Los Memorandos N° 000647-2022-OTASS- DGF, N° 000652-2022-OTASS-DGF, los Informes Técnicos N° 000001-2022-OTASS-DGF-NCI y N° 000002-2022-OTASS-DGF-NCI de la Dirección de Gestión y Financiamiento; los Memorandos N° 001255-2022-OTASS-OPP, N° 001265-2022-OTASS-OPP y el Informe Técnico N° 000003-2022-OTASS-OPP-JOV, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 000388-2022-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, en adelante el TUO de la Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, el TUO de la Ley Marco, establece que el OTASS, en el marco de sus competencias, cuenta, entre otras, con la función de fortalecer las capacidades de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal no incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio y de los demás prestadores del ámbito urbano, con la fi nalidad de contribuir a la mejora de la gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento; encontrándose, asimismo, facultado para contratar servicios de terceros especializados, de acuerdo a los mecanismos previstos en la normativa vigente, así como para fi nanciar con cargo a su presupuesto, la adquisición de bienes y servicios necesarios para mejorar la gestión operativa, comercial y administrativa de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal, así como realizar transferencias a estas empresas; Que, el inciso 221 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA, en adelante TUO del Reglamento de la Ley Marco, dispone que las transferencias fi nancieras que realiza el OTASS a las empresas prestadoras en función a lo regulado en el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Marco y aquellas señaladas en el citado Reglamento son aprobadas por resolución del Titular del Pliego, requiriéndose informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, debiendo publicarse la precitada resolución directoral en el diario o fi cial El Peruano; Que, en concordancia a lo expuesto, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al OTASS a realizar transferencias fi nancieras a favor de las empresas prestadoras, y precisa que, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos; Que, con Resolución de Consejo Directivo N° 023-2022-OTASS-CD se aprueba la Directiva N° 002-2021-OTASS-DME Versión 03 “Directiva que establece el procedimiento para la aprobación, seguimiento, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias fi nancieras que realiza el organismo técnico de la administración de los servicios de saneamiento a favor de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal”, cuyo artículo 8 dispone que el Órgano de Línea Responsable es el que evalúa la solicitud de transferencia fi nanciera y otorga la viabilidad técnica a la transferencia solicitada, entre otros; Que, mediante el O fi cio N° 0477-2022-GG-EPS ILO S.A., la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Ilo Sociedad Anónima - EPS ILO S.A., solicita al OTASS una transferencia fi nanciera por la suma de S/ 1,634,696.00 (Un millón seiscientos treinta y cuatro mil seiscientos noventa y seis con 00/100 Soles) para fi nanciar la Ficha Técnica F-01-GO: “RENOVACIÓN DE RED DE DISTRIBUCIÓN Y RED DE ALCANTARILLADO EN LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA VILLA EL PORTEÑO, DISTRITO DE ILO, PROVINCIA ILO, DEPARTAMENTO MOQUEGUA” - en adelante Ficha Técnica F-01-GO; correspondiente a una IOARR con CUI 2526147, destinada a mejorar la gestión operativa de la empresa prestadora en el marco del Fortalecimiento de capacidades; Que, dentro del marco normativo señalado, la Dirección de Gestión y Financiamiento mediante los documentos de Visto, evalúa y cali fi ca la solicitud presentada por la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Ilo Sociedad Anónima – EPS ILO S.A., así como los documentos que la sustentan, otorgando su conformidad