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64 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / El 10 de noviembre de 2022, a través de la Resolución de Trámite N° 5, se resolvió incorporar al expediente administrativo, la documentación remitida por la Universidad el día 29 de septiembre del 2022. Adicionalmente, corresponde indicar que durante el procedimiento de modi fi cación de licencia se llevaron a cabo tres (3) reuniones 19 entre la Dilic y representantes de la Universidad, en las que se le informaron aspectos relacionados a su SMLI. Mediante el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 052-2022-SUNEDU-02-12 del 22 de noviembre de 2022, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar la modi fi cación de licencia referida a la creación de dos (2) programas de estudios conducentes a grados y títulos 20, de conformidad con el literal c) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. Según el análisis contenido en el informe técnico antes referido, se tiene que; la Universidad cuenta con normativa que regula la obtención de grados y títulos y el proceso de admisión acorde con lo establecido en la norma de la materia; asimismo, los diseños curriculares de los programas de la presente SMLI cumplen con las disposiciones de la Ley Universitaria respecto de la organización académica y curricular de los programas de pregrado. Asimismo, dicha casa de estudios presentó información que sustenta la creación de los programas de estudios de Contabilidad (P10) y Derecho (P11), basándose en la problemática nacional y regional, así como, en la necesidad de contar con especialistas en dichas áreas. Adicionalmente, presentó la población objetivo delimitada y los actores estratégicos. En lo que respecta, a la infraestructura para la nueva oferta, la Universidad demostró disponer de infraestructura, equipamiento y mobiliario en el local SL01, así como también de disponibilidad horaria en laboratorios para brindar los cuatro (4) primeros ciclos del servicio académico de sus programas de estudios. Contando, además con un Plan de Implementación para la nueva infraestructura, equipamiento y mobiliario en los locales SL01 y F01L01, para cubrir la oferta de programas de estudio hasta el décimo y décimo segundo ciclo de los programas de estudios de Contabilidad (P10) y Derecho (P11) respectivamente. La Universidad evidenció contar con acervo bibliográ fi co físico que consta de setenta y cuatro (74) títulos y doscientos ochenta y tres (283) ejemplares declarados en el local SL01 y diez (10) títulos y veintiocho (28) ejemplares declarados en el local F01L01, para el programa de estudios de Contabilidad (P10). Así como, treinta y siete (37) títulos y ciento sesenta y cinco (165) ejemplares declarados en el local SL01 y ocho (8) títulos y sesenta y ocho (68) ejemplares declarados en el local F01L01 para el programa de estudios de Derecho (P11). En cuanto al acervo bibliográ fi co virtual para dichos programas, la Universidad cuenta con una (1) plataforma digital de información. A su vez, demostró contar con nuevas líneas de investigación y presupuesto para los nuevos programas de la presente SMLI; que proyectan la elaboración de proyectos de investigación vinculados a los programas P10 y P11. Además, evidenció el desarrollo de la investigación a través del incremento de las publicaciones cientí fi cas en bases de datos de alto impacto (WoS y Scopus); y la ejecución del presupuesto asignado lo que evidencia la capacidad de gestión de los recursos para el cumplimiento de las actividades de investigación. Por otro lado, cuenta con once (11) docentes designados de la plana institucional y proyecta la incorporación de ciento veinte (120) nuevos docentes para el desarrollo de los programas de Contabilidad (P10), y Derecho (P11). Al semestre 2022-II la Universidad evidenció contar con 34,80% de docentes a tiempo completo; y 65,20% de docentes a tiempo parcial. Por tanto, demostró superar el porcentaje mínimo de docentes a tiempo completo establecido en la Ley Universitaria. Finalmente, en lo que respecta a la sostenibilidad fi nanciera, la información presentada sobre el Plan de Financiamiento de los nuevos programas presenta consistencia entre la disponibilidad y previsión de recursos económicos, los cuales serán fi nanciados, principalmente, con Recursos Ordinarios y Recursos Determinados. Por lo expuesto, la SMLI de la Universidad no incide negativamente en las CBC veri fi cadas en el procedimiento de licenciamiento institucional. 2. Del Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Institucional El Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 052-2022-SUNEDU-02-12 contiene la evaluación integral de la documentación requerida en el literal c) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento; aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU. En tal sentido, conforme al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en tanto este Consejo Directivo se encuentra conforme con el análisis del cumplimiento de las CBC expuestas en el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 052-2022-SUNEDU-02-12 del 22 de noviembre de 2022, el referido informe motiva y fundamenta la presente resolución, por lo que forma parte integrante de la misma. Cabe precisar que, dado que proviene de una universidad pública, la información desarrollada en el informe mencionado tiene carácter de pública, a la cual se puede acceder a través de diferentes plataformas. Por lo tanto, no existe restricción alguna sobre la información contenida en el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 052-2022-SUNEDU-02-12 del 22 de noviembre de 2022 En virtud de lo expuesto y estando conforme a lo dispuesto en el artículo 13, el numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, y su modi fi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; los artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017- SUNEDU/CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD y N° 086-2022-SUNEDU; y según lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 044-2022. SE RESUELVE: Primero.- APROBAR la modi fi cación de licencia institucional solicitada por la Universidad Nacional de Moquegua y RECONOCER la creación de dos (2) programas de estudios conducentes a grados y títulos, según se detalla en la siguiente tabla: TABLA N° 1. CREACIÓN DE DOS (2) PROGRAMAS DE ESTUDIOS CONDUCENTES A GRADOS Y TÍTULOS N°Código Denominación del programaModali- dad de estudiosGrado acadé- micoDenominación del grado académico que otorgaDenominación del título que otorgaLocal 1 P10 Contabilidad Presencial BachillerBachiller en ContabilidadContador PúblicoSL01 y F01L01 2 P11 Derecho Presencial BachillerBachiller en DerechoAbogadoSL01 y F01L01 Segundo.- REQUERIR a la Universidad Nacional de Moquegua: (i) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, previo al inicio de los semestres académicos 2025-I, 2026-I, 2027-I, 2028-I, las evidencias de la adecuación de los diez (10) talleres de los locales SL01 y F01L01, que se encuentran en el marco del Plan de Implementación, según el detalle señalado en la Tabla 15 del Informe Técnico de