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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / Finalmente, corresponde indicar que, durante el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional, se realizaron tres (3) reuniones18 entre la Dilic y los representantes de la Universidad, a fi n de brindar información sobre aspectos relacionados con su SMLI. Mediante el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 053-2022-SUNEDU-02-12 del 22 de noviembre de 2022, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar la solicitud de modi fi cación de licencia y reconocer (i) la creación del local SL08 para ofrecer servicio educativo superior universitario 19; y, (ii) el cambio de locación (ampliación de la oferta académica) para el uso del Laboratorio de Técnicas Dietéticas Nutrición de un (1) programa de estudios 20, en los términos solicitados por la Universidad, en el marco de lo dispuesto en los literales b) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. Según el análisis contenido en el informe técnico antes referido, la Universidad evidenció que, el traslado de oferta educativa entre los locales SL07 y SL08 para el uso del laboratorio de Técnicas Dietéticas Nutrición (SL08LA01), no supone una modi fi cación del área de in fl uencia de la Universidad, manteniendo las características de demanda y oferta laboral y educativa que fueron aprobadas en el proceso de Licenciamiento Institucional. Debido a ello, se sigue garantizando la sostenibilidad de los programas académicos y la empleabilidad de sus egresados. Respecto a la propuesta formativa, se veri fi có que la Universidad cuenta con un marco normativo que regula la admisión, el desarrollo de actividades académicas, la graduación y la titulación del programa objeto de la SMLI. Asimismo, dicho programa cuenta con un documento de plani fi cación curricular (“Diseño y Articulación Curricular”) que estructura y de fi ne el proceso formativo, y orienta a docentes y estudiantes hacia el logro de los objetivos y perfi les del programa. Sobre la plana docente, la Universidad, evidenció que la cantidad de docentes actual y proyectada, según régimen de contratación laboral, grado académico, y categoría docente cumple con lo requerido por la Ley Universitaria. Asimismo, la Universidad cuenta con plana docente para el desarrollo del programa de la SMLI. Del total de ciento setenta y siete (177) docentes requeridos, ciento setenta y dos (172) docentes cuentan con vínculo laboral, y cinco (5), se encuentran por contratar. Por otro lado, respecto a la infraestructura física, se veri fi có que, el Laboratorio de Técnicas Dietéticas Nutrición (SL08LA01) del local SL08, cuenta con condiciones adecuadas de infraestructura y equipamiento para el desarrollo de actividades académicas del programa de estudios de Nutrición y Dietética (P056). Adicionalmente, se evidenció el cumplimiento de CBC en lo que se re fi ere al derecho de uso del local SL08, seguridad de sus instalaciones, procedimientos para la gestión de residuos, disponibilidad de servicios básicos y equipamiento del laboratorio conforme al programa solicitado. Asimismo, cuenta con presupuesto asignado para el servicio de mantenimiento de infraestructura y equipos. Según lo veri fi cado durante el procedimiento, la Universidad demostró contar con los recursos humanos, fi nancieros y materiales para la creación del local SL08, como local conducente a grado académico, cuyas inversiones pre operativas fueron ejecutadas con fondos propios, mientras que los gastos proyectados serán fi nanciados con los recursos autogenerados por el programa Nutrición y Dietética (P56). En cuanto al acervo bibliográ fi co, la Universidad evidenció contar con acervo bibliográ fi co físico que consta de setenta y un (71) ejemplares relacionados al programa objeto de la SMLI. En cuanto al acervo bibliográ fi co virtual, la Universidad cuenta con el servicio de Biblioteca virtual con acceso a base de datos necesarios para el desarrollo del programa. Asimismo, se veri fi có que la Universidad dispone de los servicios complementarios necesarios para el desarrollo del programa materia de la presente solicitud. Por lo expuesto, la SMLI de la Universidad no incide negativamente en las CBC veri fi cadas en el procedimiento de licenciamiento institucional.2. Del Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Institucional El Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 053-2022-SUNEDU-02-12 contiene la evaluación integral de la documentación requerida en los literales b) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU. En tal sentido, conforme al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en tanto este Consejo Directivo se encuentra conforme con el análisis del cumplimiento de las CBC expuestas en el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 053-2022-SUNEDU-02-12 del 22 de noviembre de 2022, el referido informe motiva y fundamenta la presente resolución, por lo que forma parte integrante de misma. Asimismo, en aplicación de la Resolución del Consejo Directivo N° 026-2016-SUNEDU-CD que aprueba el Reglamento de tratamiento de la información con fi dencial en los procedimientos administrativos de la Sunedu, se ha cumplido con la reserva de información con carácter confi dencial que pudiera contener el informe antes señalado. En virtud de lo expuesto y estando conforme a lo dispuesto en el artículo 13, el numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, y su modi fi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; los artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017- SUNEDU/CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD y la Resolución N° 086-2022-SUNEDU; y según lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 044-2022. SE RESUELVE:Primero.- APROBAR la modi fi cación de licencia institucional solicitada por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., y RECONOCER, la creación del local SL08 para ofrecer servicio educativo superior universitario; y, el cambio de locación (ampliación de la oferta académica) para el uso del Laboratorio de Técnicas Dietéticas Nutrición (SL08LA01) en el local SL08, para el programa de estudios de Nutrición y Dietética, sin que ello implique una ampliación de la totalidad del programa, según se detalla en las Tablas N° 1 y N° 2 de la presente Resolución. Segundo.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 053-2022-SUNEDU-02-12 del 22 de noviembre de 2022 a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 053-2022-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe).