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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (01/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Sábado 1 de octubre de 2022 El Peruano / gestión institucional, que correspondan al ámbito de su competencia; Que, mediante Memorando Nº 2424-GCSPE- ESSALUD-2022 e Informe Nº 37-GAAA-GCSPE-ESSALUD-2022 la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas expresa la necesidad de contar con las Plataformas de Atención, que fueron transferidas a la Gerencia Central de Atención al Asegurado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-PE-ESSALUD-2017; con la fi nalidad de optimizar sus procesos relacionados con la atención de los trámites de seguros y prestaciones económicas; supervisión y fi scalización posterior de los mismos; Que, con la nota e informe de Vistos, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto señala que la implementación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-PE-ESALUD-2017, que dispuso la transferencia de la Plataforma de Atención de las OSPE hacia la Gerencia Central de Atención al Asegurado, hace más complejos los procedimientos para la atención de los trámites de seguros y de prestaciones económicas, al haber involucrado a dos órganos centrales en la gestión de los mismos, situación que ocasiona duplicidad de funciones, demora en la atención de los trámites, problemas para el abastecimiento oportuno de recursos, así como para la supervisión y control de los procesos; y que de acuerdo al análisis señalado, es pertinente dejar sin efecto dicha trasferencia; a fi n de mantener el principio de jerarquía y especialidad integrando competencias y funciones afi nes, así como aplicar las reglas establecidas en los Lineamientos de Organización del Estado referidas la distribución de competencias y funciones; determinación de funciones; no duplicidad y; simplicidad; Que, con Memorando de vistos la Gerencia General dispone proseguir con las acciones que correspondan para efectivizar la transferencia de las Plataformas de Atención a las O fi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas para mejorar la atención de los procedimientos administrativos; Que, a través del Memorando e Informe de Vistos, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, considera viable la tramitación de la propuesta de aprobación de la transferencia del personal, presupuesto, bienes patrimoniales, acervo documentario, archivos digitales, entre otros, pertenecientes a las Plataformas de Atención al Asegurado, comprendidas en el numeral 3 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-PE-ESSALUD-2017, de la Gerencia Central de Atención al Asegurado, hacia las Ofi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, sustentado por la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por los Decretos Supremos 131-2018-PCM y 064-2021-PCM, que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”; así como, al encontrarse en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 27056, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-TR, y modi fi catorias respectivas; propuesta que corresponde ser formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva; Que, conforme a lo señalado en los literales c) y d) del artículo 8 de la Ley Nº 27056, es competencia de la Presidencia Ejecutiva aprobar la estructura orgánica y funcional de ESSALUD, así como aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD y los demás reglamentos internos; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia Central de Gestión de las Personas y la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE:1. PRECISAR que la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, a través de las O fi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas -OSPE, asuma la atención integral de los tramites de seguros y prestaciones económicas, en el marco de lo establecido en el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 765-PE-ESSALUD-2015 y sus modi fi catorias. 2. DISPONER la transferencia de las Plataformas de Atención, comprendidas en el numeral 3 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-PE-ESSALUD-2017, de la Gerencia Central de Atención al Asegurado, hacia las Ofi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas; actividad que deberá culminarse en un plazo no mayor a 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. 3. ENCARGAR a la Gerencia General la conformación del equipo de trabajo responsable del proceso de transferencia, mediante la cual se de fi nirá el personal, presupuesto, bienes patrimoniales, acervo documentario, archivos digitales, entre otros, que forman parte del proceso de transferencia indicado en el numeral precedente. 4. DISPONER que la Gerencia Central de Atención al Asegurado continúe atendiendo los trámites de seguros y prestaciones económicas que le fueron encargados, hasta la culminación del proceso de transferencia señalado en el segundo numeral de la presente Resolución. 5. DISPONER que la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia Central de Gestión de las Personas, Gerencia Central de Logística, Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones y, la Gerencia Central de Gestión Financiera ejecuten las acciones que correspondan, en el ámbito de sus funciones, a efectos de implementar lo dispuesto en la presente Resolución en el marco de la normatividad vigente, sin irrogar mayor gasto institucional. 6. MANTENER subsistente el numeral 3 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-PE-ESALUD-2017 en el extremo referido a la transferencia del personal, presupuesto, bienes patrimoniales y acervo documentario de la ex Subgerencia de Plataforma de Comunicación al Asegurado de la Gerencia Central de Operaciones y de la Unidad de Atención al Asegurado del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren hacia la Gerencia Central de Atención al Asegurado. 7. DEJAR SIN EFECTO el numeral 8 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142 -PE-ESSALUD-2017, una vez culminado el proceso de transferencia dispuesto en el segundo numeral. 8. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial el Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud - ESSALUD (www.essalud.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial el Peruano. Regístrese y comuníquese y publíquese. GINO J.C. DAVILA HERRERA Presidente Ejecutivo ESSALUD 2111281-1 Designan funcionarios responsables de entregar información pública del Seguro Social de Salud – ESSALUD en la Sede Central, Órganos Desconcentrados, Órganos Prestadores Nacionales y Áreas Operativas Desconcentradas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 1028-PE-ESSALUD-2022 Lima, 27 de setiembre del 2022VISTOS: El Memorando N° 0936-OFIN-PE-ESSALUD-2022 de la O fi cina de Integridad; la Nota N° 0062-GCPP- ESSALUD-2022, el Memorando N° 4760-GCPP-ESSALUD-2022 y el Informe N° 140-GOP-GCPP-ESSALUD-2022 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 2884-GCAJ-ESSALUD-2022 y el informe N° 178-GNAA-GCAJ-