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50 NORMAS LEGALES Jueves 6 de octubre de 2022 El Peruano / ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 3.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ, realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SEGUNDO GREGORIO DÍAZ HERNANDEZ Gerente General 2112843-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan miembro de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias RESOLUCIÓN Nº 000072-2022-PRE/INDECOPI San Borja, 3 de octubre de 2022VISTOS: El Informe Nº 000330-2022-ORH/INDECOPI, el Informe Nº 000206-2022-OAJ/INDECOPI, el Informe Nº 000485-2022-OAJ/INDECOPI, el Informe Nº 000072-2022-GEG/INDECOPI, la Constancia Nº 000026-2022-PRE/INDECOPI, y el Informe Nº 000548-2022-OAJ/INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de Competencia y de Propiedad Intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 063-2021-PRE/INDECOPI, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de Competencia y Propiedad Intelectual; Que, mediante el numeral 3 del Acuerdo Nº 067-2022 del 19 de setiembre de 2022, el Consejo Directivo aprueba la designación del señor HUMBERTO ANGEL ZUÑIGA SCHRODER como miembro de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias, encargando a la Presidencia Ejecutiva y a la Gerencia General realizar las gestiones correspondientes para su debida ejecución; Con los vistos buenos de la Gerencia General, de la Ofi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 y los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, y el literal i) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 063-2021-PRE/INDECOPI;SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor HUMBERTO ANGEL ZUÑIGA SCHRODER como miembro de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIAN FERNANDO PALACIN GUTIERREZ Presidente Ejecutivo 2112442-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a Juez Especializado Laboral titular del Distrito Judicial de Lima PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000104-2022-P-CE-PJ Lima, 4 de octubre del 2022VISTO: El O fi cio Nº 000009-O-2022-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del señor Guillermo Emilio Nué Bobbio, Juez Especializado Laboral titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; quien actualmente se desempeña como Juez Superior provisional de la referida Corte Superior. CONSIDERANDO:Primero. Que mediante Resolución Suprema N° 135-83-JUS, del 27 de abril de 1983, se nombró al señor Guillermo Emilio Nué Bobbio como Juez del Décimo Primer Juzgado de Trabajo y Comunidades Laborales de Lima. Posteriormente, por Resolución N° 219-2001-CNM de fecha 19 de setiembre de 2001, expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura, fue reincorporado como Juez Especializado Laboral titular de Lima; siendo ratifi cado en el citado cargo por Resolución N° 669-2011- PCNM, del 2 de diciembre de 2011. Segundo. Que el cargo de Juez/a termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del O fi cio Nº 000009-O-2022-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; así como la fi cha del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez nació el 5 de octubre de 1952; y que el 5 de octubre del año en curso cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. Cuarto. Que, asimismo, es menester tener en consideración que mediante Resolución Administrativa Nº 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se re fi ere el artículo 107º, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se