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36 NORMAS LEGALES Jueves 6 de octubre de 2022 El Peruano / Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de Derecho Público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que, el artículo 10 del citado Decreto Legislativo, establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado, a cargo de los procuradores públicos, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; Que, conforme a lo dispuesto en los numerales 14.1 y 14.3 del artículo 14 del referido Decreto Legislativo, el Consejo Directivo es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado. Está integrado por tres (03) miembros que son designados mediante Resolución Suprema, refrendada por el/la Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos, siendo su composición la siguiente: el Procurador General del Estado, quien lo preside y además tiene voto dirimente, un representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y un representante de la Contraloría General de la República; Que, el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, establece que, el/la Procurador/a General del Estado es el representante legal de la Procuraduría General, y es el/la Presidente/a del Consejo Directivo; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del referido Decreto Legislativo, el Procurador General del Estado es el titular del pliego y funcionario de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado. Es designado por el/la Presidente/a de la República, a propuesta del/a Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos; Que, en dicho contexto normativo, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos ha propuesto la designación del señor abogado Javier Wilfredo León Mancisidor, como Procurador General del Estado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor abogado Javier Wilfredo León Mancisidor, como Procurador General del Estado. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República FÉLIX I. CHERO MEDINA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2112983-8 Autorizan viaje de profesionales de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0296-2022-JUS Lima, 5 de octubre de 2022VISTOS, los Memorandos N° 156-2022-JUS/PGE- PPES y N° 163-2022-JUS/PGE-PPES y el Informe N° 349-2022-JUS/PGE-PPES, de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; los O fi cios N° D000076- 2022-JUS/PGE-GG y N° D000091-2022-JUS/PGE-GG, de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado; el Informe N° 0394-2022-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 0882-2022-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante documentos de vistos, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional informa que el Estado peruano recibió las comunicaciones de la Secretaría y de la Presidencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con las cuales se convoca a una reunión previa y a una audiencia pública en relación con el caso Comunidad de La Oroya Vs. Perú. Estas actividades se realizarán los días 11, 12 y 13 de octubre de 2022, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en el marco del 153° Periodo Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Que, para tales efectos, la citada Procuraduría Pública propone como representantes de la delegación del Estado peruano al señor Carlos Miguel Reaño Balarezo, Procurador Público Especializado Supranacional en calidad de Agente Titular del Estado peruano; a la señora Judith Cateriny Córdova Alva, abogada de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, en calidad de Agente Alterna del Estado peruano; al señor José Carlos Vargas Soncco, abogado de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; y, al señor Manuel Jesús Gallo Esteves, abogado de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; Que, los casos seguidos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos revisten una gran complejidad y especialización técnica en la materia, además de existir un interés nacional. En adición a ello, la preparación previa a una audiencia pública implica la realización de diversas gestiones y coordinaciones, así como la elaboración de los alegatos orales que debe presentar el Estado peruano a fi n de sustentar su posición. Estas, entre muchas otras actividades, requieren un grado de especialización en la materia y no pueden ser realizadas por una sola persona, por lo que se requiere un trabajo colaborativo. Se debe resaltar que la audiencia pública es con la presencia de diversos declarantes, lo que conlleva una mayor responsabilidad y preparación por parte de los Agentes del Estado peruano; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las diligencias antes mencionadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los profesionales a los que se ha hecho referencia, a efectos que participen en las mismas en representación del Estado peruano. Asimismo, considerando la agenda previa de reuniones de preparación y coordinación, es pertinente autorizar el presente viaje del 09 al 14 de octubre de 2022; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores Carlos Miguel Reaño Balarezo, Procurador Público Especializado Supranacional, Agente Titular del Estado peruano, y Manuel Jesús Gallo Esteves, abogado de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional,