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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (06/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 6 de octubre de 2022 El Peruano / 4.2 Los miembros titulares y alternos de la Comisión Multisectorial ejercen sus funciones ad honorem. Artículo 5.- Designación de representantes La designación de los/las representantes alternos/ as de las entidades públicas señaladas en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del numeral 4.1 del artículo 4 de la presente Resolución Suprema se efectúa mediante Resolución del Titular de la entidad correspondiente, la cual es comunicada a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial en el plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema. Los/las miembros alternos/as que representan a las instituciones indicadas en los literales h) e i) del numeral 4.1 del artículo 4, son designados mediante documento emitido por el Titular correspondiente, el cual es comunicado a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial en el plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema. Los miembros titulares y alternos que representan a las organizaciones indicadas en los literales j) y k) del numeral 4.1 del artículo 4, son designados mediante documento emitido por el Titular correspondiente, el cual es comunicado a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial en el plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema. Para la designación de los miembros titulares y alternos que representan a las entidades indicadas en los literales l) y m) del numeral 4.1 del artículo 4, el Ministerio de Salud invita a todas las facultades y asociaciones de facultades de ciencias de la salud de las universidades públicas y privadas debidamente licenciadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) para que se reúnan y, de común acuerdo, elijan y registren en un acta en dicha sesión a sus respectivos representantes. La designación será comunicada, presentando el acta a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema. De no efectuarse la presentación del acta dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, el Ministerio de Salud de manera coordinada y contando con la aceptación de las respectivas facultades de ciencias de la salud de las universidades públicas y privadas podrá designar entre ellas a sus representantes en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles contado a partir del vencimiento del plazo para la presentación del acta que registra la elección de los indicados representantes. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Comisión Multisectorial cuenta con una Secretaría Técnica encargada de brindarle el apoyo técnico y administrativo, la misma que está a cargo del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud. Artículo 7.- Colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y/o aporte técnico La Comisión Multisectorial puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de las unidades de organización, proyectos, programas del Ministerio de Salud, así como el de otras entidades públicas o privadas y personas expertas y especializadas en la materia, del ámbito nacional y/o internacional, y representantes acreditados/as de organizaciones sociales que considere pertinentes para la consecución de su objeto, en calidad de invitados/as. Artículo 8.- Instalación La Comisión Multisectorial se instala dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema. Artículo 9.- Financiamiento9.1 El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 9.2 La participación de los integrantes que la conforman se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la entidad, organización o institución a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Vigencia e Informe Final El plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial es de ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de su instalación. Al término de su vigencia, la Comisión Multisectorial, presenta el informe técnico fi nal al/a la titular del Ministerio de Salud. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Suprema en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y del Seguro Social de Salud (http://portal.essalud.gob.pe/), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 12.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros DANIEL HUGO BARRAGÁN COLOMA Ministro de Defensa KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior FÉLIX I. CHERO MEDINA Ministro de Justicia y Derechos Humanos JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2112983-5 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa TELECOMUNICACIONES DAMAED S.A.C. Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 838-2022-MTC/01.03 Lima, 29 de setiembre de 2022