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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (07/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 228

TEXTO PAGINA: 217

217 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / sus funciones asignadas por Ley o labores propias de su actividad, que se detallan a continuación: a) El Cuerpo General de Bomberos del Perú. b) Las Fuerzas Armadas.c) La Policía Nacional del Perú.d) Ambulancias en general.e) Vehículos o fi ciales del gobierno central, gobiernos regionales y gobiernos locales. Asimismo, se encuentran exceptuadas de las disposiciones establecidas en la presente norma, los espacios de estacionamientos reservados para vehículos conducidos por personas con capacidad reducida o que las transporten y que cuenten con la acreditación respectiva de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento y la Ley Nº 28084, Ley que regula al parqueo especial para vehículos ocupados por las personas con discapacidad. TÍTULO IV DE LA MULTA Artículo 8º.- RÉGIMEN DE INCENTIVOS Los incentivos se regulan de acuerdo con la siguiente regla: - Bene fi cio de descuento del 85% del valor de multa: Impuesta la noti fi cación de cargo que impute infracciones leves y/o moderadas que tengan como medida complementaria el internamiento temporal de vehículos, si el infractor reconoce de manera expresa y por escrito la infracción accederá al bene fi cio del pago de multa con el 85% de descuento. Este acogimiento solo podrá realizarse dentro de los cinco (5) días hábiles de impuesta la noti fi cación de cargo. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalización, Control Municipal y Transporte de la Gerencia de Servicios Públicos y demás unidades orgánicas que resulten competentes, realizar la sensibilización de los alcances de la presente ordenanza por un plazo de treinta (30) días calendarios a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente Ordenanza tiene por fi nalidad determinar los aspectos procedimentales para la aplicación de la misma; las ubicaciones, señalización y demás disposiciones complementarias a la presente Ordenanza referida a los horarios y espacios para el uso de estacionamiento en vías públicas existentes o a incorporar que serán determinadas en la aprobación de su reglamento de la presente ordenanza. Segunda.- INCORPORAR al cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Luis aprobada por la Ordenanza Nº 291-MDSL/C, la infracción detalla en el siguiente cuadro: LINEA DE ACCIÓN 07: MEDIO AMBIENTE CÓDI- GOINFRACCIÓNPROCEDI- MIENTO PREVIOESCALAMONTO DE MULTA (% UIT)MEDIDA COMPLE- MENTARIA 07-096Por estacionar el vehículo incumpliendo las posiciones en materia de uso y horario autorizado.DESCARGO Moderada 30%Internamiento de vehículo.DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Servicios Públicos a través de la Sub Gerencia de Fiscalización, Control Municipal y Transporte; y demás unidades orgánicas que resulten competentes. Segunda.- ENCARGAR a la Secretaría General publicar en el Diario El Peruano, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal su difusión y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, la publicación del presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de San Luis. Tercera.- Lo establecido en la presente Ordenanza no se contrapone a las disposiciones establecidas para el cobro de la tasa de parqueo vehicular en el distrito de San Luis POR TANTORegístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ZEE CARLOS CORRALES ROMERO Alcalde 2113376-1 Aprueban saneamiento físico legal para la inscripción de independización de predio afectado en uso a favor de la Municipalidad, destinado a uso del parque Andrés Avelino Cáceres ACUERDO DE CONCEJO Nº 0036-2022-MDSL/C San Luis, 15 de setiembre de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN LUISPOR CUANTO:El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordinaria de la fecha, y; VISTOS:En Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorando Nº 140-2022-GDU-MDSL de la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191,194 y 203 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); Que, el numeral 3) del artículo 195 de la Constitución Política del Perú dispone que las Municipalidades Locales son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que según el artículo 55 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el patrimonio Municipal está constituido por los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad, el que debe ser concordado con el inciso 2 del artículo 56º de la misma norma que señala: “son bienes de las Municipalidades los adquiridos, construidos, y/o sostenidos por la Municipalidad”, así como también, lo señalado en el artículo 58 de la misma norma, que señala que los bienes inmuebles de las municipalidades, se inscriben en los Registros Públicos a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente; Que, con fecha 19 de junio de 2001, mediante Decreto de Urgencia Nº 071-2001, se declaró de interés nacional