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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (07/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 228

TEXTO PAGINA: 222

222 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / b) SI PAGA AL CONTADO TODA LA DEUDA EN COBRANZA COACTIVA: - 100% de descuento en intereses moratorios de la deuda en estado coactivo c) SI SU DEUDA SE ENCUENTRA FRACCIONADA:- 100% de descuento en intereses moratorios generadas por las cuotas impagas vencidas. Si su deuda se encuentra en estado fraccionado, el contribuyente podrá solicitar la anulación del convenio de fraccionamiento para que pueda cancelar la totalidad de sus deudas en la vía ordinaria, pudiendo volver a fraccionarla por única vez conforme a lo indicado en el numeral d) del presente bene fi cio de amnistía. d) SI FRACCIONA LA DEUDA:- 100% de descuento en intereses moratorios de la deuda en cualquier estado (ordinario o coactivo). - Cuota Inicial de hasta el 30% de la deuda total.- Cuotas mensuales no menores de 1% de la UIT Vigente. - Hasta 6 cuotas para la cancelación del adeudo. Requisitos:- Copia simple del Documento Nacional de identidad (DNI) del titular de la deuda (persona natural) o copia simple de vigencia de poder con su DNI (persona jurídica). - En caso de no ser el titular, deberá de presentar carta poder simple (original), adjuntando la copia simple de su DNI. - Copia simple de los recibos de pago, por el pago de la cuota inicial para el convenio de fraccionamiento. Si su deuda se encuentra con un procedimiento de impugnación o reclamo, primero tendrá que desistir de dicha reclamación, solicitándolo con un derecho de trámite, para luego acogerse al bene fi cio de amnistía. 2) ARBITRIOS MUNICIPALESBene fi ciarios: Todos los contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Cañete (Distrito de San Vicente de Cañete), quienes adeudan las tasas correspondientes a los servicios de Limpieza Pública, Parques, Jardines y Serenazgo, desde los Ejercicios Fiscales 2018, 2019, 2020 y 2021 que por coyunturas del momento no han regularizado sus deudas pendientes de pago. Bene fi cios: a) SI PAGA AL CONTADO:- 10% de descuento del insoluto de Arbitrios Municipales correspondiente a la deuda pendiente del año fi scal 2018 hasta el año 2021. - 15% de descuento del insoluto de Arbitrios Municipales correspondiente a la deuda pendiente del año fi scal 2017 y años anteriores. - 100% de descuento en intereses moratorios de la deuda hasta el año 2021. b) SI FRACCIONA LA DEUDA:- 100 % de descuento en intereses moratorios de la deuda en cualquier estado (ordinario o coactivo). - Cuota Inicial hasta el 30% de la deuda total.- Cuotas mensuales no menores de 1% de la UIT Vigente. - Hasta 06 cuotas para la cancelación del adeudo. Requisitos:- Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del titular de la deuda (persona natural) o copia simple de vigencia de poder del representante legal con su DNI (persona jurídica). - En caso de no ser el titular, deberá de presentar carta poder simple (original), adjuntando la copia simple de su DNI. - Copia simple de los recibos de pago, por el pago de la cuota inicial para el convenio de fraccionamiento. c) SI SU DEUDA SE ENCUENTRA FRACCIONADA:- 100% de descuento en intereses moratorios de la deuda fraccionada. Si su deuda se encuentra en estado fraccionado, el contribuyente podrá solicitar la anulación del convenio de fraccionamiento para que pueda cancelar la totalidad de sus deudas en la vía ordinaria, pudiendo volver a fraccionarla por única vez conforme a lo indicado en el numeral b) del presente bene fi cio de amnistía. Si su deuda se encuentra con un procedimiento de impugnación o reclamo, primero tendrá que desistir de dicha reclamación, solicitándolo con un derecho de trámite, para luego acogerse al bene fi cio de amnistía. 3) IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR:Bene fi ciarios: - Ciudadanos que adeuden el Impuesto Patrimonio Vehicular, desde el Ejercicio Fiscal 2018 al 2021, y/o que sus deudas de años anteriores 1998 al 2017 se encuentren vigentes a la cobranza. - Ciudadanos OMISOS, que no hayan declarado o descargado sus vehículos, y se le hayan generado deudas desde el año 2018 al 2021. - Ciudadanos EVASORES, quienes hayan presentado declaraciones juradas no acordes con la realidad y que producto de una fi scalización o recti fi cación de la unidad vehicular se le haya recalculado saldos pendientes de pago. Bene fi cios: a) SI PAGA AL CONTADO LA DEUDA PENDIENTE: - 100% de descuento en intereses moratorios de la deuda en estado ordinario hasta el año 2021. b) SI PAGA AL CONTADO TODA LA DEUDA EN COBRANZA COACTIVA: - 100% de descuento en intereses moratorios de la deuda en estado coactivo. c) SI SU DEUDA SE ENCUENTRA FRACCIONADA: - 100% de descuento en intereses moratorios generadas por las cuotas impagas vencidas. Si su deuda se encuentra en estado fraccionado, el contribuyente podrá solicitar la anulación del convenio de fraccionamiento para que pueda cancelar la totalidad de sus deudas en la vía ordinaria, pudiendo volver a fraccionarla por única vez conforme a indicado en el numeral d) del presente bene fi cio de amnistía. d) SI FRACCIONA LA DEUDA:- 100 % de descuento en intereses moratorios de la deuda en cualquier estado (ordinario o coactivo). - Cuota Inicial hasta el 30% de la deuda total.- Cuotas mensuales no menores de 1% de la UIT Vigente. - Hasta 06 cuotas para la cancelación del adeudo. Requisitos:- Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del titular de la deuda (persona natural) o copia simple de vigencia de poder del representante legal con su DNI (persona jurídica). - En caso de no ser el titular, deberá de presentar carta poder simple (original), adjuntando la copia simple de su DNI.