NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (07/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 116
TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de setiembre de 2022 El Peruano / minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, a efectos que las entidades realicen contrataciones e fi cientes; Que, en el citado informe, la Dirección de Estandarización y Sistematización, señala que evaluó la condición de bien común de los bienes contenidos en las Fichas Técnicas propuestas para ser incluidas en el LBSC, conforme al siguiente detalle: i) Se veri fi có la existencia de más de un proveedor en el mercado de los bienes objeto de evaluación; ii) Asimismo, los bienes materia de evaluación cuentan con características usuales en el mercado, sustentadas en los documentos técnicos correspondientes; y, iii) Se corroboró la existencia de oferta por parte de los organismos evaluadores de la conformidad capaces de efectuar la comprobación de la calidad de los referidos bienes; Que, asimismo, al proponer la inclusión de doce (12) Fichas Técnicas del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el LBSC, la Dirección de Estandarización y Sistematización indica que, corresponde la modi fi cación del Documento de Información Complementaria, conforme el artículo 110 del Reglamento; Que, mediante Informe N° 000264-2022-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, de conformidad con el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como lo dispuesto en la versión 3.0 de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, resulta viable la inclusión de las referidas Fichas Técnicas, así como la modi fi cación del Documento de Información Complementaria; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 8 y los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aprobar doce (12) Fichas Técnicas del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: N° DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1TRIPLAY DE MADERA LUPUNA CLASE A/A DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 2TRIPLAY DE MADERA LUPUNA CLASE A/B DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 3TRIPLAY DE MADERA LUPUNA CLASE A/C DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 4TRIPLAY DE MADERA LUPUNA CLASE B/B DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 5TRIPLAY DE MADERA LUPUNA CLASE B/C DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 6TRIPLAY DE MADERA LUPUNA CLASE C/C DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 7TRIPLAY DE MADERA CAPINURI CLASE A/A DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 8TRIPLAY DE MADERA CAPINURI CLASE A/B DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01N° DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 9TRIPLAY DE MADERA CAPINURI CLASE A/C DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 10TRIPLAY DE MADERA CAPINURI CLASE B/B DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 11TRIPLAY DE MADERA CAPINURI CLASE B/C DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 12TRIPLAY DE MADERA CAPINURI CLASE C/C DE 2,44 m x 1,22 m x 18 mm01 * Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc. Artículo Segundo.- Modi fi car el Documento de Información Complementaria del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles del Listado de Bienes y Servicios Comunes, cuya Versión 6, forma parte integrante de la presente Resolución en Anexo N° 02. Artículo Tercero .- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la O fi cina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2102375-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Determinan el Área de Prestación de Servicios del departamento de Ancash RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN DE ÁMBITO DE LA PRESTACIÓN Nº 027-2022-SUNASS-DAP Lima, 18 de agosto de 2022VISTOS:El documento “Propuesta de Determinación del Área de Prestación de Servicios del departamento de Ancash” presentado por la O fi cinas Desconcentradas de Servicios de Huaraz y Chimbote (en adelante ODS Huaraz y Chimbote) mediante Memorándum N.° 0147-2022-SUNASS-ODS-CHI. CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 79 Texto Único Ordenado de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N.° 005-2020-VIVIENDA (en adelante Ley Marco), dispone en relación con los mercados de servicios de saneamiento que corresponde a la Sunass determinar las áreas de prestación de los servicios de saneamiento y productos