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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (07/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de setiembre de 2022 El Peruano / y servicios derivados de los sistemas detallados en el artículo 2 de la Ley Marco. Que, el numeral 7 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo N.° 016-2021-VIVIENDA, de fi ne el Área de Prestación de Servicios como el ámbito de responsabilidad en el que el prestador de los servicios de saneamiento brinda estos e incluye el área potencial en el que podría brindarlos de manera e fi ciente. Además, establece que el área potencial se de fi ne de acuerdo con la escala e fi ciente, la política de integración y otros criterios que determine la Sunass. Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N.º 013-2020-SUNASS-CD se aprobó la “Metodología para determinar el área de prestación de servicios” (en adelante la Metodología), cuyo fi n, bajo un proceso estructurado, es alcanzar la e fi ciencia y sostenibilidad de la prestación de los servicios de saneamiento. Que, el literal b) del artículo 65 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Resolución de Presidencia N.° 040-2019-SUNASS-PCD, señala que es función de las o fi cinas desconcentradas de servicios proponer a la Dirección de Ámbito de la Prestación la determinación de las áreas de prestación de los servicios de saneamiento y productos y servicios derivados de los sistemas previstos en la Ley Marco. Que, el literal b) del artículo 37 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N.° 145-2019-PCM, dispone que es función de la Dirección de Ámbito de la Prestación determinar las áreas de prestación de los servicios de saneamiento y productos y servicios derivados de los sistemas establecidos en la Ley Marco. Que, mediante Memorándum N.° 0147-2022-SUNASS- ODS-CHI, las ODS Huaraz y Chimbote presentaron el documento “Propuesta de Determinación de Área de la Prestación de Servicios del departamento de Ancash”, el cual ha sido revisado por la Dirección de Ámbito de la Prestación y está acorde con la Metodología en sus distintas fases, por lo que corresponde su aprobación. De acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 37 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N.º 145-2019-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1°.– DETERMINAR el Área de Prestación de Servicios del departamento de Ancash conforme al documento denominado “Determinación del Área de Prestación de Servicios del departamento de Ancash” que se acompaña como anexo y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Chavín Sociedad Anónima - EPS CHAVÍN S.A. y Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima – EPS SEDACHIMBOTE S.A. Artículo 3°.- NOTÍFIQUESE la presente resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Nacional de Saneamiento Rural, Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) y Gobierno Regional de Ancash. Artículo 4°.- La presente resolución deberá publicarse en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). El documento “Determinación del Área de Prestación de Servicios del departamento de Ancash” se difundirá en el portal institucional de la SUNASS. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIELA PACHECO AUSEJO Directora de la Dirección de Ámbito de la Prestación 2102626-1ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan Jefa de la Unidad Abastecimiento RESOLUCIÓN Nº 000139-2022-GEG/INDECOPI San Borja, 2 de septiembre del 2022VISTOS:El Memorándum Nº 000386-2022-GEG/INDECOPI, el Informe Nº 000338-2022- ORH/INDECOPI y el Informe Nº 000496-2022-OAJ/INDECOPI; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el personal de con fi anza se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias, establece que es función de la Gerencia General el designar y remover al personal de la Entidad; Que, con Memorándum Nº 000386-2022-GEG/ INDECOPI, la Gerencia General solicita a la Oficina de Recursos Humanos evaluar a la señora ÁNGELLA BETTY DÁVILA TICONA para una posible designación en el cargo de Jefe(a) de la Unidad de Abastecimiento; Que, con Informe Nº 000338-2022-ORH/INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos concluye que la señora ÁNGELLA BETTY DÁVILA TICONA cumple con las competencias y méritos, así como con los requisitos y/o atributos propios para ocupar el puesto de con fi anza de Jefe(a) de la Unidad de Abastecimiento, pudiendo ser designada en el mismo; Que, mediante Informe Nº 000496-2022-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que la Gerencia General se encuentra facultada para designar a la señora ÁNGELLA BETTY DÁVILA TICONA en el puesto de Jefe(a) de la Unidad de Abastecimiento; Con los vistos buenos de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, con el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias, con el artículo 6 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y con el numeral 5 del artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora ÁNGELLA BETTY DÁVILA TICONA como Jefa de la Unidad Abastecimiento, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”.